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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (22/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 36

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G31/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 22 de agosto de 2003 Mercado de Valores como en la Bolsa de Valores de Lima, y facultando al Gerente General a suscribir los actos, con-tratos y documentos que resulten necesarios y delegar dicha facultad en las personas que designe; Que, con fecha 18 de julio de 2003, SOLUCIÓN debi- damente representada por el señor Guillermo Zarak en su condición de Gerente General, solicitó a CONASEV la aprobación del trámite anticipado de inscripción de valo-res, la inscripción del prospecto marco del programa de bonos corporativos denominado "Primer Programa de Bonos Corporativos SOLUCIÓN" hasta por un montomáximo de emisión de cien millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 100 000 000,00) o su equivalente en Dólares Americanos así como la inscripción del complemento delprospecto marco de la emisión denominada "Primera Emisión del Primer Programa de Bonos Corporativos SOLUCIÓN" hasta por cuarenta millones y 00/100 deNuevos Soles (S/. 40 000 000,00) en el Registro Público del Mercado de Valores, acompañando para tal efecto la documentación necesaria y subsanando las observa-ciones formuladas; Que, en el presente caso se ha cumplido con presen- tar la información requerida por el Reglamento de OfertaPública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, apro- bado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, así como por las disposiciones aprobadas mediante Resolu-ción Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguien- tes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado deValores, el artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, así como lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV de fe-cha 24 de enero de 2000, de acuerdo a lo cual el Gerente de Emisores y Empresas de CONASEV, hoy Gerente de Mercados y Emisores, se encuentra facultado para apro-bar el trámite anticipado de inscripción de valores y/o re- gistro de prospectos de bonos de arrendamiento finan- ciero, bonos subordinados y otros que se emitan por ofertapública y tengan opinión favorable de la Superintendencia de Banca y Seguros, disponer el registro de los prospec- tos informativos, así como la inscripción de programasde emisión; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, disponer el registro del prospecto marco correspondiente e inscri-bir el programa de emisión de bonos corporativos denomi- nado "Primer Programa de Bonos Corporativos SOLU- CIÓN" de Solución Financiera de Crédito hasta por unmonto máximo de emisión de cien millones y 00/100 Nue- vos Soles (S/. 100 000 000,00) o su equivalente en Dóla- res Americanos en el Registro Público del Mercado deValores. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de los bonos cor- porativos denominados "Primera Emisión del Primer Pro-grama de Bonos Corporativos SOLUCIÓN" hasta por un monto máximo de cuarenta millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 40 000 000,00), así como el registro del comple-mento del prospecto marco correspondiente, en el Regis- tro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- La inscripción de valores y registro de prospectos se encuentra sujeto a lo dispuesto en el artícu- lo 14º, inciso b), numeral 2 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, apro-bado mediante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/ 94.10. Artículo 4º.- La oferta pública de los bonos corporati- vos a que se refieren los artículos 1º y 2º de la presente Resolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispues- to en el artículo 25º y, de ser el caso, en el artículo 29ºdel Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, modificado por Resolución CONA-SEV Nº 059-2001-EF/94.10. Asimismo, se deberá cum- plir con presentar a CONASEV la documentación e infor- mación a que se refieren los artículos 23º y 24º del men-cionado Reglamento. La colocación de los bonos a que se refiere el presen- te artículo deberá efectuarse en un plazo que no excede-rá de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valo- res, y siempre y cuando el plazo del programa y del trá-mite anticipado no hayan culminado. El plazo de coloca- ción es prorrogable hasta por un período igual, a peticiónde parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga, en ningún caso, podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 5º.- La aprobación, las inscripciones y los registros a que se refieren los artículos 1º y 2º de la pre- sente Resolución no implican que CONASEV recomiendela inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informa- ción para una evaluación complementaria están a dispo-sición de los interesados en el Registro Público del Mer- cado de Valores. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución a Solu- ción Financiera de Crédito, al Banco de Crédito del Perú en su calidad de entidad estructuradora, al Banco Sud- americano en su calidad de representante de los obliga-cionistas; a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A. en su calidad de agente colocador, a la Bolsa de Valores de Lima y a CAVALI ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO CRUZADO COCA Gerente de Mercados y Emisores 15540 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G22/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G6F/G20/G50/G72/G6F/G2D /G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G74/G72/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G52/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G64/G65/G20/G44/G65/G75/G64/G61/G20/G42/G41/G4E/G43/G4F/G20/G44/G45/G20/G43/G52/GC9/G44/G49/G54/G4F/G20/G44/G45/G4C/G50/G45/G52/GDA/G22/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G2D /G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 061-2003-EF/94.45 Lima, 15 de agosto de 2003 VISTOS: El Expediente Nº 2003/014956 presentado por el BAN- CO DE CRÉDITO DEL PERÚ y el Informe Interno Nº 0088-2003-EF/94.45.2 de fecha 15 de agosto de 2003 de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 14 del artículo 221º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sis-tema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, las empresas bancarias pueden emitir y colocar bonos y demás instrumentos re-presentativos de obligaciones, en moneda nacional o ex- tranjera, siempre que sean de su propia emisión; Que, mediante acuerdo de Junta General de Accio- nistas de BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ de fecha 24 de marzo de 2000 se aprobó la emisión de instrumentos representativos de deuda hasta por la suma de doscien-tos millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 200 000 000,00) a emitirse en moneda ex- tranjera, moneda nacional y/o moneda nacional sujeta alíndice VAC (Valor de Actualización Constante) fijado por el Banco Central de Reserva o cualquier otro índice de reajuste que pueda establecerse, en uno o más progra-mas de emisión de valores; Que, asimismo, en dicha Junta se delegó en el Direc- torio, de manera expresa y de la forma más amplia quepermiten las leyes aplicables y el estatuto social, todas y cada una de las facultades necesarias para determinar los términos, características y condiciones -incluyendola determinación del tipo de instrumento representativo de deuda- de las emisiones a ser realizadas dentro del marco de los Programas de Emisión de Instrumentos Re-presentativos de Deuda, incluyendo también aquellos re- feridos a la modalidad de inscripción de los Programas de Emisión en el Registro Público del Mercado de Valo-