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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (22/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G31/G35/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 22 de agosto de 2003 res de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, inclusive bajo la modalidad de trámite anticipa-do; Que, adicionalmente se delegó en el Directorio la fa- cultad de determinar el plazo de duración, monto de cadauna de las emisiones, número de emisiones, número de series de cada una de ellas, valor nominal del instrumento, denominación, moneda, tasa de interés, precio de colo-cación, fechas de emisión, plazos de pago de intereses y de amortización de capital, opción de rescate de ser el caso, garantías, designación del representante de los obli-gacionistas, contratación de las sociedades clasificadoras de riesgo, destino de los fondos, modalidad de coloca- ción, mecanismo de negociación y demás condicionesde las emisiones, incluyendo expresamente la facultad de someter a la institución a las regulaciones y disposi- ciones de la Bolsa de Valores de Lima, CAVALI ICLV S.A.y cualquier otra entidad según el Directorio estime nece- sario; Que, la delegación se extiende a que pueda adoptar en su seno o en su Comité Ejecutivo todas las decisio- nes necesarias al efecto, así como para ejecutar o ejer- cer las atribuciones que le han sido delegadas incluyen-do, pero sin limitarse a, realizar, negociar, estipular sus términos y autorizar la suscripción de todos y cada uno de los actos, contratos y demás documentos públicos yprivados que resulten necesarios para llevar a cabo la emisión, registro, oferta, negociación, colocación o venta de los instrumentos a emitirse dentro de los Programasde Emisión que se autoriza, incluyendo las modificacio- nes a los documentos o contratos respectivos que el Directorio estime necesarias; Que, en virtud de los acuerdos antes señalados, el Directorio del BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ, reunido en sesión de fecha 29 de mayo de 2003, aprobó elSegundo Programa de Instrumentos Representativos de Deuda hasta por un monto total de cien millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América(US$ 100 000 000,00) o su equivalente en moneda na- cional y las características de dicho Programa, autori- zándose, además, a los señores Raimundo Morales Das-so, Benedicto Cigueñas Guevara, Mario Ferrari Quiñe, Walter Bayly Llona y/o Javier Maggiolo Dibós, para que indistintamente, dos de ellos, en representación del BAN-CO DE CRÉDITO DEL PERÚ suscriban todos y cada uno de los actos, contratos y demás documentos públicos y privados que resulten necesarios para llevar a cabo laemisión, registro, oferta, negociación, colocación o venta de los Instrumentos Representativos de Deuda a emitir- se en el Programa de Emisión, incluyendo las modifica-ciones y/o precisiones que estimen convenientes; Que, con fecha 11 de julio de 2003, los señores Be- nedicto Cigueñas Guevara y Mario Ferrari Quiñe en re-presentación del BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ, han solicitado a CONASEV la aprobación del trámite antici- pado, la inscripción del segundo programa de emisión deinstrumentos representativos de deuda denominado "Se- gundo Programa de Instrumentos Representativos de Deuda BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ" hasta por unmonto máximo de emisión de cien millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 100 000 000,00) o su equivalente en Nuevos Soles, y el registrodel Prospecto Marco correspondiente en el Registro Pú- blico del Mercado de Valores, subsanando las observa- ciones que se formularon en su oportunidad; Que, en el presente caso se ha cumplido con presen- tar la información requerida por el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, apro-bado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, así como las disposiciones aprobadas mediante Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11 y Resolución CO-NASEV Nº 016-2000-EF/94.10; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguien- tes del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado deValores, el artículo 14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, así como lo establecido en sesión del Directorio de CONASEV de fe-cha 24 de enero de 2000, de acuerdo a lo cual el Gerente de Emisores y Empresas de CONASEV, hoy Gerente de Mercados y Emisores, se encuentra facultado para apro-bar el trámite anticipado de inscripción de valores y/o re- gistro de prospectos de bonos de arrendamiento finan- ciero, bonos subordinados y otros que se emitan por ofertapública y tengan opinión favorable de la Superintenden- cia de Banca y Seguros, disponer el registro de los pros-pectos informativos, así como la inscripción de progra- mas de emisión; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, disponer la inscripción del segundo programa de emisión de valo- res representativos de deuda denominado "Segundo Pro- grama de Instrumentos Representativos de Deuda BAN-CO DE CRÉDITO DEL PERÚ" hasta por un monto máxi- mo de emisión de cien millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 100 000 000,00) o suequivalente en Nuevos Soles y el registro del Prospecto Marco correspondiente en el Registro Público del Merca- do de Valores. Artículo 2º.- En tanto el BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ mantenga su condición de Entidad Calificada y en tanto los valores a emitirse sean Valores Típicos,la inscripción de los instrumentos representativos de deuda y el registro de los prospectos a utilizar en las ofertas públicas correspondientes se entenderán efec-tuados en la fecha de entrada en vigencia de la pre- sente Resolución. En su defecto, la inscripción de los instrumentos representativos de deuda y el registrode dichos prospectos se sujetarán a lo dispuesto en el artículo 14º, inciso b), numeral 2 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mo-biliarios, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Artículo 3º.- La inscripción y registro a que se re- fiere el artículo 1º de la presente Resolución deberá aplicarse para el supuesto de emisión de valores que corresponda en su oportunidad, al encontrarse a la fe-cha el BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ en situación de Entidad Calificada y cumplir los mismos con la con- dición de Valores Típicos de acuerdo a lo establecidoen el Manual para el Cumplimiento de los Requisitos Aplicables a las Ofertas Públicas Primarias de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución Gerencia Gene-ral Nº 211-98-EF/94.11. Artículo 4º.- La oferta pública de los instrumentos re- presentativos de deuda a que se refiere el artículo 1º dela presente Resolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25º y, de ser el caso, en el artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública Primaria yde Venta de Valores Mobiliarios y el emisor deberá cum- plir con presentar a CONASEV la documentación e infor- mación a que se refieren los artículos 23º y 24º de dichoReglamento. La colocación de los instrumentos representativos de deuda deberá efectuarse en un plazo que no excederáde nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valo- res, y siempre y cuando el plazo del programa y del trá-mite anticipado no hayan culminado. El plazo de coloca- ción es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga, enningún caso, podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 5º.- La aprobación, la inscripción y el regis- tro a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolu- ción no implican que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspec-tivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado deValores. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución al BAN- CO DE CRÉDITO DEL PERÚ en su calidad de emisor yentidad estructuradora; al Banco Sudamericano en su calidad de Representante de los Obligacionistas; a Cre- dibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A. en su calidad deagente colocador; a la Bolsa de Valores de Lima y CAVA- LI ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO CRUZADO COCA Gerente de Mercados y Emisores 15653