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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (05/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 69

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G35/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de diciembre de 2003 4.5.3 La conformación del Comité de Gestión Patrimo- nial y el Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones en el marco de la legislación vigente; así como la elaboración de normas requeridas para su funcionamiento, en los Gobiernos Regio-nales en los que no estuviesen previamente conformados. 4.5.4 Un Cronograma para la ejecución del Plan y del saneamiento de los bienes. 4.6 La Comisión de Saneamiento de Bienes del Go- bierno Regional realizará el seguimiento de las actividades previstas en el Plan de Trabajo y verificará el cumplimientodel Cronograma establecido, para lo cual, solicitará y recibi- rá al menos un Informe Mensual de las Gerencias y/u Ofici- nas involucradas en las tareas de saneamiento. Dicho Infor-me incluirá el avance de cada uno de los trámites de sanea- miento, así como la identificación de las dificultades que se encuentran en ellos, a efectos de que Comisión de Sanea-miento de Bienes del Gobierno Regional pueda informar al Presidente Regional, sobre las necesidades de coordina- ción con las Autoridades de otros niveles de Gobierno paraencontrar las soluciones que permitan culminar los trámites de saneamiento correspondientes. La Comisión de Saneamiento de Bienes del Gobierno Regional finalizará sus labores con la entrega al Presidente Regional de un Informe Final de los trámites de saneamien- to realizados y culminados; copia fedateada del mismo seráentregada al Consejo Nacional de Descentralización. 4.7 Los procedimientos de saneamiento de bienes mue- bles e inmuebles de los Gobiernos Regionales deberán estariniciados a más tardar el 31 de diciembre de 2003. Esta dis- posición no afecta los plazos establecidos en las normas le- gales vigentes para la realización de acciones o procedimien-tos previamente establecidos. Asimismo, no incluye a los pro- cesos judiciales que se inicien o deban continuarse en el marco del proceso de saneamiento de la situación de los bienesmuebles e inmuebles de los Gobiernos Regionales. 4.8 El procedimiento de saneamiento de bienes inmue- bles se realizará conforme al procedimiento descrito en losDecretos Supremos Nºs. 130-2001-EF y 154-2001-EF, así como en las Directivas dictadas o que dicte la Superinten- dencia de Bienes Nacionales para tal efecto. 4.9 El procedimiento de saneamiento de bienes mue- bles se realizará conforme al procedimiento descrito en el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Reglamento General deProcedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, así como en las Directivas dictadas o que dicte la Superintendencia de Bienes Nacionales para tal efecto. 4.10Los procedimientos, acciones y actividades pre- vistas en la presente Directiva serán financiadas con los recursos presupuestales de los Gobiernos Regionales,quienes, de ser el caso, realizarán las modificaciones a que hubiere lugar con arreglo a la normatividad vigente que regula la materia presupuestal. 5. RESPONSABILIDADES Los actos u omisiones que impidan o entorpezcan el proceso de saneamiento de bienes muebles e inmueblesde los Gobiernos Regionales o el cumplimiento de las dis- posiciones de la presente Directiva, serán puestos en co- nocimiento de la Contraloría General de la República y delMinisterio Público para la determinación de las responsa- bilidades y sanciones a que hubiere lugar. 22698 CONASEV /G49/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G69/G6E/G63/G69/G73/G6F/G20/G6A/G29/G20/G64/G65/G6C/G20/G6E/G75/G6D/G65/G72/G61/G6C /G28/G37/G31/G31/G30/G29/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G54/G65/G72/G63/G65/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73 /G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G44/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G74/G65/G6E/G69/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G44/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G2C/G20/G72/G65/G71/G75/G65/G72/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6E/G75/G65/G76/G61/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 096-2003-EF/94.11 Lima, 27 de noviembre de 2003.VISTO: El Informe Conjunto Nº 018-2003-EF/94.60/94.20 de la Gerencia de Investigación y Desarrollo y la Gerencia deAsesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/ 94.10 se aprobó el Reglamento de Oferta Pública Primariay de Venta de Valores Mobiliarios y el Reglamento para laPreparación de Memorias Anuales y Reportes Trimestra- les; Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 211- 98-EF/94.11 se aprobó el Manual para el Cumplimiento de los Requisitos Aplicables a las Ofertas Públicas de Valores Mobiliarios, el Manual para la Preparación deMemorias Anuales, Reportes Trimestrales y Otros Do-cumentos Informativos y las Normas Comunes para laDeterminación del Contenido de los Documentos Infor-mativos; Que, las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Informativos sirven comoinstrumento común para la preparación de la información que será puesta a disposición del público durante el tiem- po en que un valor es objeto de oferta pública en los mer-cados primario y/o secundario; Que, en los últimos años, debido al interés que ha al- canzado la determinación de lo que constituye un BuenGobierno Corporativo a nivel mundial, se ha propiciado larevisión por parte de diversos países de su marco nor-mativo y la elaboración de una serie de códigos de buengobierno, de adhesión voluntaria, que buscan determinar recomendaciones o principios a seguir por parte de las empresas; Que los Principios de Buen Gobierno para las Socieda- des Peruanas fueron establecidos por un comité de alto nivel en el que participó el sector público y el sector priva-do, y presentados en septiembre del 2002; Que, dicho Comité fue presidido por la Comisión Na- cional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV) eintegrado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF),la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), la Bolsade Valores de Lima (BVL), la Asociación de Bancos (AS-BANC), la Confederación Nacional de Instituciones Em- presariales Privadas (CONFIEP), la Asociación de Empre- sas Promotoras del Mercado de Capitales (PROCAPITA-LES) y el Centro de Estudios de Mercados de Capitales yFinanciero (MC&F); Que, los Principios de Buen Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas constituyen una guía que contie-ne en forma conjunta las recomendaciones que debe tenerpresente toda sociedad peruana a fin de que cumpla conlas buenas prácticas de gobierno; Que, esta Comisión Nacional considera que si bien los Principios de Buen Gobierno para las SociedadesPeruanas son de cumplimiento voluntario, resulta impor- tante para los inversionistas el conocimiento del grado de implementación de los mismos por parte de las so-ciedades que poseen valores inscritos en el RegistroPúblico del Mercado de Valores, en el sentido que dichoconocimiento puede influir de manera directa en sus de-cisiones económicas; Estando a lo dispuesto por el inciso a) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de CONA-SEV, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 093-2002- EF; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Incorporar como inciso j) del numeral (7110) de la Sección Tercera de las Normas Comunes para la Determinación del Contenido de los Documentos Infor- mativos, aprobadas mediante Resolución Gerencia Gene-ral Nº 211-98-EF/94.11, lo siguiente: “(7110) Respecto de la entidad emisora: (...) j) Completar respecto a la composición accionaria o la participación en el patrimonio de la entidad emisora, lossiguientes cuadros: