TEXTO PAGINA: 68
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G35/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de diciembre de 2003 las atribuciones que le confiere la Resolución Presidencial Nº 053-CND-P-2003, Reglamento del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Descentralización, y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27783 y el segundo párrafo del artículo 81º de la Ley Nº 27867; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobación de Directiva Aprobar la Directiva Nº 007-CND-P-2003 “Procedimien- to para el Saneamiento de los Bienes Muebles e Inmue- bles Transferidos por los Extinguidos y Desactivados Con- sejos Transitorios de Administración Regional - CTARS a los Gobiernos Regionales”. Artículo 2º.- Vigencia de la Resolución La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS THAIS DÍAZ Presidente DIRECTIVA Nº 007-CND-P-2003 “PROCEDIMIENTO PARA EL SANEAMIENTO DE LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES TRANSFERIDOS POR LOS EXTINGUIDOS Y DESAC- TIVADOS CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINIS- TRACIÓN REGIONAL - CTARS A LOS GOBIERNOS REGIONALES” 1. OBJETOLa presente Directiva tiene por objeto establecer el pro- cedimiento para que los Gobiernos Regionales procedan al saneamiento legal de los bienes muebles e inmuebles que les han sido transferidos por los extinguidos y desacti- vados Consejos Transitorios de Administración Regional - CTARS. 2. BASE LEGAL2.1 Ley Nº 27680, Reforma del Título XIV Capítulo IV de la Constitución Política del Perú. 2.2 Ley Nº 27783, modificada por la Ley Nº 27950, Ley de Bases de la Descentralización. 2.3 Ley Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902 y 28013, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. 2.4 Resolución Presidencial Nº 031-CND-P-2002, Aprueba la Directiva Nº 001-CND-P-2002 “Procedimiento para la Transferencia de los Activos y Pasivos de los Con- sejos Transitorios de Administración Regional - CTARS a los Gobiernos Regionales”. 2.5 Resolución Presidencial Nº 044-CND-P-2002, Aprueba la Directiva Nº 002-CND-P-2002 “Actuación de los Representantes de la Presidencia del Consejo de Mi- nistros y del Consejo Nacional de Descentralización en el proceso de transferencia de los activos y pasivos de los Consejos Transitorios de Administración Regional - CTARS a los Gobiernos Regionales”. 2.6 Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Declara de in- terés nacional el saneamiento técnico, legal y contable de los inmuebles de propiedad de las entidades públicas. 2.7 Ley Nº 27493, Declara extensiva la Ley Nº 26512, Ley de Saneamiento de los Inmuebles del Sector Educa- ción y Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, a todos los organismos e instituciones del Sector Público. 2.8 Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, Reglamento a que se refiere el artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 relativo al saneamiento técnico, legal y contable de los inmuebles de propiedad de las entidades públicas. 2.9 Decreto Supremo Nº 136-2001-EF, Amplían alcan- ces de Reglamento del Saneamiento Técnico, Legal y Con- table de los inmuebles de propiedad de las entidades públi- cas a todos los organismos e instituciones a que se refiere la Ley Nº 27493. 2.10Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Aprueban Re- glamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal. 2.11Resolución Nº 292-2001-SBN, Aprueban Directi- va para la entrega de información de bienes inmuebles de propiedad estatal.2.12 Decreto Supremo Nº 008-2002-JUS, Aprueban procedimiento que regula diagnóstico y/o saneamiento fí- sico legal de bienes inmuebles de entidades públicas. 2.13Directiva Nº 004-2002/SBN, Procedimientos para el Alta y la Baja de los Bienes Muebles de Propiedad Esta- tal y su Recepción por la Superintendencia de Bienes Na- cionales. 2.14Directiva Nº 008-2002/SBN, Saneamiento de los Bienes Muebles de la Propiedad Estatal. 2.15Directiva Nº 009-2002/SBN, Procedimiento para la donación de bienes muebles dados de baja por las enti- dades públicas y para la aceptación de la donación de bie- nes muebles a favor del Estado. 3. ALCANCES La presente Directiva es de aplicación a todas las Auto- ridades, Funcionarios y Servidores Públicos, y Personal en general, nombrados o contratados, cualquiera que seasu régimen de contratación, de los Gobiernos Regionales y de las Entidades competentes del Gobierno Nacional, involucradas en el saneamiento de los bienes muebles einmuebles a que se refiere la Décimo Cuarta Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 y sus normas modificatorias. 4. PROCEDIMIENTO PARA EL SANEAMIENTO DE BIENES 4.1 Los Gobiernos Regionales realizarán el procedimien- to de saneamiento de los bienes muebles e inmuebles queles han sido trasferidos por los extinguidos y desactivados Consejos Transitorios de Administración Regional y que cons- tan en las “Actas de Transferencia de Activos y Pasivos” y susanexos, y, de ser el caso, en los Informes Situacionales ela- borados por la Superintendencia de Bienes Nacionales. 4.2 Las Autoridades, Funcionarios y Servidores Pú- blicos, y Personal en general, competentes para realizar las tareas de saneamiento serán los señalados en el De- creto Supremo Nº 130-2001-EF, el Decreto Supremo Nº154-2001-EF, las Directivas Nºs. 004-2002/SBN, 008-2002/ SBN y 009-2002/SBN, y en las demás normas aplicables al saneamiento de bienes muebles e inmuebles de propie-dad del Estado. 4.3 Cada Gobierno Regional conformará una Comi- sión de Saneamiento de Bienes, que se encargará del pla-neamiento y supervisión de los trámites de saneamiento de bienes muebles e inmuebles. Dicha Comisión será formalizada mediante Resolución Ejecutiva Regional y estará conformada por: 4.3.1Dos (2) representantes de la Oficina General de Administración, o la que haga sus veces, de preferencia relacionados con las actividades del Comité de Gestión Patrimonial y del Comité de Altas, Bajas y Enajenacionesde la Entidad. 4.3.2 Un (1) representante de la Superintendencia de Bienes Nacionales que será acreditado mediante Oficio delTitular de dicha Entidad. 4.3.3 Un (1) representante de la Oficina de la Zona Registral correspondiente de la Superintendencia Nacio-nal de Registros Públicos que será acreditado por el Titular de dicha Oficina. 4.4 Sobre la base de las “Actas de Transferencia de Activos y Pasivos” y, según el caso, de los “Informes Situa- cionales de los Bienes Muebles de los Consejos Transito-rios de Administración Regional”, “Informes Situacionales de los Bienes Inmuebles de los Consejos Transitorios de Administración Regional”, “Informes Situacionales de losBienes Muebles de los Gobiernos Regionales” e “Informes Situacionales de los Bienes Inmuebles de los Gobiernos Regionales”, la Comisión de Saneamiento de Bienes delGobierno Regional elaborará un Plan de Trabajo para el saneamiento de los bienes muebles e inmuebles. 4.5 El Plan de Trabajo incluirá, al menos: 4.5.1 La recopilación de los antecedentes regístrales respectivos. 4.5.2Actividades de capacitación por parte de la Su- perintendencia de Bienes Nacionales y, de ser el caso, de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, a losfuncionarios y servidores de los Gobiernos Regionales in- volucrados en las tareas de saneamiento; así como su asis- tencia técnica durante todo el procedimiento.