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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G36/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de diciembre de 2003 6. Pueden exceptuarse de las acciones de ingreso a terminales, las mercancías de gran peso y volumen o agranel (concentrado de minerales), los embarques por tu-berías y los animales. En el caso de animales, deben cum- plir con el requisito de ser reconocidos físicamente para suembarque. Igualmente, se exceptúan los casos en que la mercancía es puesta a disposición de la Intendencia de Aduana en los lugares señalados por ésta, para aquellasjurisdicciones que no cuenten con terminales de almace-namiento o éstos se encuentren muy alejados de la Inten-dencia. Para el caso de órdenes de embarque con Anexo 1, el despachador de aduana debe indicar en la casilla 4.14 del citado documento "mercancía con anexo 1" y en la casilla9 consigna el sello, firma e información necesaria de laempresa exportadora. Esta última acción también corres-ponde para las otras mercancías citadas en el párrafo pre-cedente. Selección del canal de control 7. Para efectos de la selección de la O/E para el reco- nocimiento físico de las mercancías, el despachador deaduana presenta la O/E numerada con los sellos y firmas(casillas 6 y 9) adjuntando guía de remisión y autorizacio-nes especiales, de corresponder, e información necesariaante el área de exportación de la respectiva Intendencia de Aduana, la misma que debe coincidir con la información registrada en el SIGAD. De resultar seleccionada la O/E areconocimiento físico, la presentación de la documentacióndebe efectuarse, bajo responsabilidad del exportador ydespachador de aduana y según el tipo y cantidad de mer-cancía, con la antelación suficiente que permita el embar- que sin contratiempos. 8. La selección del canal de control se efectúa en las Intendencias de Aduana de la República las 24 horas deldía. Cuando la presentación de los documentos para surevisión documentaria o reconocimiento físico se cumplefuera del horario normal de atención, sábados, domingos o feriados; ésta se realiza ante el área de Oficiales de Adua- nas, debiendo ésta dar cuenta de dicho acto al área deExportación el primer día útil siguiente, mediante un repor-te diario emitido a través del SIGAD adjuntando copia de laO/E correspondiente. 9. El personal designado por el jefe del área verifica el cumplimiento de lo solicitado en el numeral 7 precedente. De resultar conforme, ingresa al SIGAD el número corres-pondiente de la O/E para determinar de manera aleatoriaaquella que debe ser sometida a reconocimiento físico.Caso contrario, se devuelven los documentos al interesa-do para la subsanación correspondiente. 10. Las órdenes de embarque con más de diez (10) días útiles de numeradas no participan de la selección alea-toria, debiendo ser anuladas automáticamente por el SI-GAD. 11. La condición de reconocimiento físico (canal rojo) o revisión documentaria (canal naranja), cuando correspon- da, se indica mediante el refrendo de la O/E que se consig- na en la casilla 4.14 del ejemplar A (Observaciones). 12. Las exportaciones de mercancías referidas en el numeral 12 de la sección VI Normas Generales, las res-tringidas, las exceptuadas en el caso de prohibidas; lassujetas al régimen simplificado de restitución de derechos arancelarios determinadas por la Intendencia de Fiscaliza- ción y Gestión de Recaudación Aduanera, las que se ex-ceptúan de las acciones de ingreso a los terminales y lasque se numeren en una Intendencia de Aduana para serexportadas por otra distinta, están sujetas a reconocimien-to físico obligatorio, no considerándose lo previsto en el numeral 25 de Normas Generales, ni aquellas mercancías a ser reconocidas físicamente a solicitud del despachadorde aduana. 13. En el caso de mercancías no sujetas a recono- cimiento físico, el personal designado por el jefe del áreadevuelve la documentación al despachador de aduana, quien deja constancia de la recepción en el reverso del ejemplar de la O/E que quede en poder del Área deExportación, consignando su código de despachadorde aduana y firma. La distribución de los documentoses como sigue:Orden de Embarque: En los casos en que el trámite lo efectúe el agente de aduana: Original : Despachador de Aduana (agente de aduana) 1ra. copia (rosada) : Área de Exportación En los casos en que el trámite no lo efectúe el Agente de Aduana: Original : Ár ea de Exportación 1ra. copia (rosada) : Despachador de Aduana (Despacha- dor Oficial, dueño o exportador) En todos los casos: 2da. copia (v erde) : Ter minal Almacenamiento 3ra. copia (naranja) : Exportador 4ta. copia (celeste) : Área de Oficiales ( Puesto de Control en Aduanas de frontera) Reconocimiento Físico 14. Las labores de reconocimiento físico se efec- túan las 24 horas del día, inclusive sábados, domingoso feriados. Los oficiales de aduanas se hacen cargo deaquellas mercancías que se soliciten a reconocimientofuera del horario normal de atención. Para los despa-chos que se realicen por la Intendencia de Aduana Aé- rea del Callao, los Especialistas en Aduanas del Salón Internacional u Oficiales de Aduanas efectúan estaslabores, debiendo dar cuenta en ambos casos de dichoacto al área de Exportación el primer día útil siguiente,mediante un reporte diario emitido a través del SIGAD. 15. El reconocimiento físico se efectúa en presencia del Exportador y/o despachador de aduana y/o represen- tante del almacén, para los casos de terminales de alma-cenamiento, debiendo el despachador de aduana presen-tar la O/E acompañada de las autorizaciones especiales,de corresponder. 16. El especialista en aduanas u oficial de aduanas, según corresponda de acuerdo a lo indicado en el nu- meral 14 precedente, determina en forma aleatoria en-tre las mercancías seleccionadas aquéllas que debereconocer físicamente, inclusive en el caso de conte-nedores que transporten un mismo tipo de mercancíadeclarada en los que no es necesario la apertura o ve- rificación de llenado del total de éstos. El mismo crite- rio puede aplicarse una vez abierto cada bulto y luegode reconocer las mercancías y compararlas con lo de-clarado, cumpliéndose con una o varias de las siguien-tes actuaciones: extraer muestras para el análisis quí-mico y/o extraer etiquetas que señalen las característi- cas del producto, de ser el caso. 17. Concluido el reconocimiento físico, y de ser carga única (contenedores), el especialista en aduanas u oficialde aduanas coloca el precinto respectivo y consigna comoparte de la diligencia el número de bultos reconocidos. Elpresente numeral es de aplicación también para el recono- cimiento físico en los locales del exportador o en los desig- nados por éste. De ser necesario, el reconocimiento físico puede efec- tuarse por turnos. En este caso, la responsabilidad de dili-genciar la orden de embarque corresponde a los especia-listas en aduanas u oficial de aduanas que participen en la labor de reconocimiento. 18. Producto del reconocimiento pueden presentarse dos situaciones: a) Reconocimiento físico sin incidencia Practicado el reconocimiento, el especialista en adua- nas u oficial de aduanas registra el resultado en el recua-dro respectivo de la O/E e ingresa la información corres-pondiente al SIGAD en el día, bajo responsabilidad, de-biendo los oficiales de aduanas, cuando corresponda, en-tregar las órdenes de embarque debidamente diligencia- das al área de Exportación.