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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (06/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 47

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G36/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de diciembre de 2003 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 174-2003/SBN-GO-JAR La Molina, 26 de noviembre de 2003 Visto el Expediente Nº 133-2003/SBN-JAR, corres- pondiente el trámite de inscripción en Primera de Do-minio a favor del Estado del terreno de 9 858,34 m²,ubicado entre la curva generada por la Av. El Silencio(bajada hacia la playa El Silencio) y el Océano Pacífi- co, en el distrito de Punta Hermosa, provincia y depar- tamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social,promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidady estableciendo mecanismos para su registro, inscripcióny fiscalización; Que, mediante el Certificado de Búsqueda Catastral expedido con fecha 1 de setiembre de 2003, en base al Informe Técnico Nº 7545-2003-SUNARP-RPU/OC-LIMA defecha 15 de agosto de 2003, el Registrador Público delRegistro Predial Urbano certifica que el terreno submateriade 9 858,34 m² no se encuentra inscrito; Que, mediante el Certificado Catastral de fecha 22 de setiembre de 2003, expedido de conformidad con el Infor- me Técnico Nº 4106-2003-SUNARP-Z.R.IX/OC de fecha17 de setiembre de 2003, el Registrador Público de la ZonaRegistral Nº IX - Sede Lima certifica que el mencionadoterreno se encuentra en área donde no se visualiza ins-cripción; Que, realizada la inspección técnica con fecha 23 de octubre de 2003, sobre el terreno de 9 858,34 m²,ubicado entre la curva generada por la Av. El Silencio(bajada hacia la playa El Silencio) y el Océano Pacífi-co, en el distrito de Punta Hermosa, provincia y departa-mento de Lima, se ha verificado que un 49% de esa área se encuentra en la parte alta del acantilado y pre- senta naturaleza arenosa, con topografía ondulada; yun 51% del área, corresponde a pendiente pronuncia-da, por ser parte del acantilado ribereño al mar; asi-mismo, en el interior del perimétrico definido, se ha iden-tificado la existencia de una losa de forma circular de aproximadamente 80.00 m² abandonada, y un ambien- te de aproximadamente 12.00 m², de material noble, sintecho y también abandonado; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supre- mo Nº 131-2001-EF, que aprueba el "Estatuto de laSuperintendencia de Bienes Nacionales" señala que los terrenos eriazos o ribereños se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar laprimera inscripción de dominio a favor del Estado delterreno antes descrito, de conformidad con el Artículo3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001-EF, Artículo33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprue- ba el "Reglamento General de Procedimientos Admi- nistrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y la Di-rectiva Nº 001-2002/SBN que regula el trámite de laprimera inscripción de dominio de predios a favor delEstado, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN; Que, los incisos h) y s) del Artículo 39º de la Resolu- ción Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organización yFunciones de la Superintendencia de Bienes Naciona-les", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recupe-raciones a identificar los terrenos eriazos y/o en aban-dono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las re- soluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Dis- posición Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556,modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395,Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Su- perintendencia de Bienes Nacionales", Decreto Supre- mo Nº 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supre-mo Nº 107-2003-EF, Resolución Nº 011-2002/SBN, Resolución Nº 315-2001/SBN; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 270-2003/SBN-GO-JAR, de fecha 4 de noviembre de 2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 9 858,34 m², ubicadoentre la curva generada por la Av. El Silencio (bajada haciala playa El Silencio) y el Océano Pacífico, en el distrito dePunta Hermosa, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva sustentatorios de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, porel mérito de la presente Resolución, efectuará la primerainscripción de dominio a favor del Estado del terreno des- crito en el artículo precedente en el Registro de la Propie- dad Inmueble de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA ALCIRA CERRÓN BALDEON Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 22632 SUNAT /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G78/G70/G6F/G72/G2D /G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G44/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G2C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G53/G69/G6D/G70/G6C/G69/G66/G69/G63/G61/G2D /G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G78/G70/G6F/G72/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G52/G65/G74/G6F/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G65/G72/G2D/G63/G61/G6E/G63/GED/G61/G73 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 000539-2003/SUNAT/A Callao, 2 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 001408 de fecha 1.9.1998, se aprobó la rela-ción de Procedimientos del Sistema de la Calidad de ADUA-NAS -hoy SUNAT- y la Guía para la Documentación de Pro-cedimientos; Que el Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM publicado el 12.7.2002, dispuso la fusión por absorción de la Super-intendencia Nacional de Administración Tributaria con laSuperintendencia Nacional de Aduanas; Que mediante la Resolución de Intendencia Nacional Nº 000 ADT/2000-001829 publicada el 3.7.2000 y sus mo- dificatorias, se aprobó y modificó, respectivamente, el pro- cedimiento de Exportación Definitiva INTA-PG.02 (versión3); Que mediante la Resolución de Intendencia Nacio- nal Nº 000984 publicada el 12.9.1999 y sus modificato-rias, se aprobó y modificó respectivamente, los procedimientos de Despacho Simplificado de Exporta- ción (versión 1) y Retorno de Mercancías INTA-PE.02.02 (versión 1); Que de la revisión formal de los procesos así como de las observaciones efectuadas por las aduanas operativas,se ha estimado conveniente proceder a la actualización de los procedimientos mencionados en los párrafos preceden- tes; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuestoen el inciso g) del artículo 23º del Reglamento de Organi-zación y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM;