Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2003 (11/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de diciembre de 2003

ditado por la Comision como Organismo de Evaluacion y Registro de Sistemas de Calidad es el cumplimiento, entre otras, de la Guia Peruana GP-ISO/IEC 62, "Requisitos generales para Organismos de Evaluacion y Certificacion/ Registro de Sistemas de Calidad"; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA del Reglamento de Acreditacion de Organismos de Certificacion, Organismos de Inspeccion y Laboratorios de Ensayo y Calibracion, la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales define los lineamientos y directrices bajo los cuales opera el sistema de acreditacion; Que, tratandose de Organismos de Certificacion de Sistemas de Calidad, es necesario establecer criterios obligatorios sobre la aplicacion de la citada Guia Peruana GPISO/IEC 62; Que, la International Accreditation Forum (IAF) es una cooperacion internacional compuesta por Organismos Nacionales de Acreditacion con la finalidad de establecer, entre otros, directrices orientadas a la armonizacion de los sistemas de acreditacion para facilitar el comercio internacional; Que, en concordancia con lo anterior, la Secretaria Tecnica recomienda incorporar al Sistema Peruano de Acreditacion la Directriz CRT-acr-03-D, que a su vez adopta los lineamientos contenidos en la Directriz formulada por el International Accreditation Forum (IAF) para la aplicacion de la Guia ISO/IEC 62: 1996. Que, el Reglamento de Certificacion de Sistemas de Gestion de Calidad y Ambiental, aprobado mediante Resolucion Nº 0017-98/INDECOPI-CRT y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 7 de MORDAZA de 1998, establecia, hasta la fecha, las disposiciones que debian cumplir los Organismos de Certificacion de Sistemas de Gestion de Calidad y de Sistemas de Gestion Ambiental; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Reglamento de Acreditacion de Organismos de Certificacion, Organismos de Inspeccion y Laboratorios de Ensayo y Calibracion, y con el acuerdo unanime de los miembros de la Comision reunidos en sesion del 20 de noviembre de 2003; RESUELVE: Primero.- APROBAR la Directriz CRT-acr-03-D, "Criterios para la Acreditacion de Organismos de Certificacion de Sistemas de Calidad", a la cual deberan someterse las personas juridicas que deseen ser acreditadas como tales organismos; la misma que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segundo.- PRECISAR que las disposiciones de dicha Directriz sustituyen a la del Reglamento de Certificacion de Sistemas de Gestion de Calidad y Ambiental, aprobado mediante Resolucion Nº 0017-98/INDECOPI-CRT, en lo que concierne a la Certificacion de Sistemas de Gestion de Calidad, mas no en lo que respecta a la Certificacion de Sistemas de Gestion Ambiental. Tercero.- ESTABLECER que los Organismos de Certificacion de Sistemas de Gestion de Calidad ya acreditados, tienen como plazo hasta el 30 de junio de 2004 para adecuarse a la presente Directriz, de conformidad con el articulo 52º del Reglamento de Acreditacion de Organismos de Certificacion, Organismos de Inspeccion y Laboratorios de Ensayo y Calibracion. Con la intervencion de los senores miembros: MORDAZA Novak, MORDAZA Ruiloba, MORDAZA Danos, MORDAZA Paz Soldan y MORDAZA Dajes. MORDAZA NOVAK TALAVERA Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales CRT-acr-03-D Ver 00, CRITERIOS PARA LA ACREDITACION DE ORGANISMOS DE CERTIFICACION DE SISTEMAS DE CALIDAD 1. INTRODUCCION Este documento describe los criterios que deben cumplir los organismos de certificacion que realizan la certifi-

cacion de sistemas de gestion de la calidad, que deseen ser acreditadas por la CRT. Los criterios establecidos por la CRT son una adopcion de la IAF Guidance on the Application of ISO/IEC Guide 62:1996 General Requirements for Bodies Operating Assessment and Certification/Registration of Quality Systems, Issue 2 (IAF-PL-01-014, 04-12-2001), elaborado por IAF (International Accreditation Forum) y tiene como objeto proporcionar explicaciones sobre la aplicacion de la Guia ISO/IEC 62 con vista a armonizar los procesos de acreditacion de los organismos de certificacion de sistemas de la calidad. La Guia ISO/IEC 62 se mantiene como el documento normativo y, en caso de conflictos relativos a la aplicacion de este documento, la CRT decidira sobre los casos no resueltos. Este documento presenta en la primera parte las disposiciones de la CRT y en la MORDAZA parte las directrices de IAF en la cual, respecto al original, se ha reemplazado donde indica "organismo de acreditacion" por "CRT", asimismo, se han adicionado Notas aclaratorias especificas de la CRT. 2. OBJETIVO Este documento establece los criterios para la acreditacion de organismos de certificacion de sistemas de gestion de la calidad que se aplican en conjunto con la Guia ISO/IEC 62. 3. ALCANCE Esta directriz se aplica a los organismos de certificacion que operan como tercera parte y que realizan la certificacion de sistemas de la calidad, acreditados o en MORDAZA de acreditacion. 4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA 4.1 GP-ISOIEC 62 Requisitos generales para Organismos que operan la evaluacion y certificacion/registro de sistemas de calidad 4.2 IAF Guidance on the Application of ISO/IEC Guide 62:1996 General Requirements for Bodies Operating Assessment and Certification/Registration of Quality Systems, Issue 2, 2001-12-04 (IAF-PL-01-014) DIRECTRICES IAF SOBRE LA APLICACION DE LA GUIA ISO/IEC 62:1996 INTRODUCCION A LAS DIRECTRICES DEL IAF La ISO/IEC Guia 62 (1996) es una Guia Internacional que establece los criterios que deben cumplir los organismos que realizan la certificacion de Sistemas de Gestion de la Calidad de las organizaciones. Para poder acreditar a estos organismos utilizando un sistema armonizado en todo el MORDAZA, se necesita un conjunto de directrices que complementen dicha guia y que son las que se facilitan en este documento. Con ello se pretende que los organismos de acreditacion puedan armonizar la aplicacion de las normas frente a las cuales deben auditar a los organismos de certificacion. Siendo este un importante paso hacia el reconocimiento mutuo de la acreditacion. Es de esperar que estas directrices MORDAZA tambien utiles para los propios organismos de certificacion y para todos aquellos cuyas decisiones se basan en sus certificados. Para mayor comodidad, aparece primero el numeral y titulo de la ISO/IEC Guia 62 escrito en letra negrita; las directrices, cuando se ofrecen, y para una referencia mas facil, se identifican con la letra "D". Los requisitos con respecto a los cuales se declara conformidad se encuentran en la ISO/IEC Guia 62. La Guia de IAF no crea requisitos adicionales. Estas directrices constituiran la base de los acuerdos de reconocimiento mutuo entre los organismos de acreditacion y se consideran necesarias para armonizar la aplicacion de la ISO/IEC Guia 62. Los miembros del Acuerdo Multilateral del IAF (MLA) y los organismos que soliciten su adhesion al mismo evaluaran entre si la aplicacion de la Guia ISO/IEC 62 y se espera que los organismos de acreditacion adopten todas estas directrices como parte de sus normas generales de funcionamiento. En las directrices, la palabra "debe" se utiliza para indicar las disposiciones que, al reflejar los requisitos de la

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