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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (11/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 74

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G39/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de diciembre de 2003 rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CON- SUCODE, y a la Comisión de Promoción de la PequeñaEmpresa PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábi- les siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo Tercero.- Disponer que el Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones a que se refiere el artículo pri- mero de la presente Resolución se ponga a disposición del público en la Oficina de Administración y Finanzas y en lapágina Web de OSINERG. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de losdiez (10) días hábiles siguientes de emitida. Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina de Adminis- tración y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en lapresente Resolución. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 22974 SUNARP /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G74/G61/G63/G68/G61/G20/G64/G65/G20/G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G20/G79/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E /G71/G75/G65/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G74/G65/G73/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G73/G65/G72/GE1/G6E/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G72/G65/G74/G61/G64/G61/G73/G20/G73/G69/G65/G6D/G70/G72/G65/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G6C/G61/G6E/G74/G65/G65/G6E/G64/G75/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G73/G65/G72/G20/G6F/G73/G63/G75/G72/G61/G73/G2C/G20/G61/G6D/G62/G69/G67/G75/G61/G73/G2C/G20/G69/G6E/G65/G78/G2D/G70/G72/G65/G73/G69/G76/G61/G73/G2C/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G64/G69/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G73/G20/G6F/G20/G69/G6E/G63/G6F/G6D/G70/G6C/G65/G74/G61/G73 TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCIÓN Nº 728-2003-SUNARP-TR-L Lima, 14 de noviembre de 2003 APELANTE : W ILFREDO BENAVIDES CAVERO. TÍTULO : 181351 del 18 de setiembre de 2003. HOJA DE TRÁMITE : 48224 del 3 de noviembre de 2003. REGISTRO : Propiedad Inmueble de Lima.ACTO : SUCESIÓN TESTAMENTARIA. SUMILLA:Procedencia de Interpretación de Testamento La necesidad de interpretar las disposiciones testamen- tarias se presenta siempre que las mismas planteen du-das por ser oscuras, ambiguas, inexpresivas, contradicto- rias o incompletas. I.ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DO- CUMENTACIÓN PRESENTADA Se solicita la inscripción de la traslación de dominio por sucesión testamentaria para lo cual se adjunta: a) Testimonio del testamento otorgado por Magdale- na Oyague y Noel. b) Testimonio de escritura pública de pago de legados a Leandra Blas, Cristina Noel Alvarado, Flora Noel Alvara-do, Consuelo Noya de Pflucker, Julia Oyague Pflucker, los Padres del Convento de la Buenamuerte otorgada ante el Notario Ernesto Velarde Arenas, con fecha 15.11.1963. c) Testimonio de escritura pública de pago de legado a favor de Rosa Garland Viuda de Oyague otorgada ante el Notario Manuel Reátegui Molinares, con fecha 4.6.1964. d) Testimonio de escritura pública de pago de legados a favor de la Congregación del Corazón de María otorgada ante el Notario Ernesto Velarde Arenas, con fecha14.3.1963. e) Copia certificada de las partidas de defunción de Carlos Alberto Oyague Pflucker, Elena Noel y María Cris-tina Achega. II. DECISIÓN IMPUGNADA La Registradora Pública del Registro de Propiedad In- mueble de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima Hilda LunaVictoria Vittery, observó el título en los siguientes térmi- nos:“Conforme se advierte del testamento otorgado por Magdalena Oyague y Noel, la testadora dispuso que lacuarta parte del inmueble ubicado en la calle Pileta de Trinidad Nº 726-742-748-750 sea para sus sobrinos Luis Oyague Quimper y Lida Oyague Quimper de Remy Ber-na, y la otra cuarta parte debía ser vendido por el alba- cea para pagar los gastos de la testamentaría y los le- gados que en el referido testamento se indican, y si que-dara un saldo sin aplicación, se entregará a los ya cita- dos sobrinos. En ese sentido, debemos indicar, que lo solicitado no resulta procedente, por cuanto la voluntad de la testadora fue la venta de dicha parte del inmueble a fin de cumplir las obligaciones indicadas, mas no la adjudicación a favor desus ya nombrados herederos. Asimismo, cabe indicar, que de la documentación pre- sentada, no se acredita que se haya cumplido con entre-gar el legado correspondiente a Carlos Alberto Oyague Plucker, Felícita Noel Alvarado, Elena Noel de Nosja y María Cristina Achega, así como haberse cumplido con todas lasobligaciones que genera la testamentaría. Se deja constancia que las copias simples presenta- das no dan mérito a calificación alguna y en cuanto a loseñalado en el primer párrafo, cabe indicar, que la interpre- tación efectuada por la suscrita se encuentra bajo los al- cances de la autonomía de sus funciones, la misma queconstituye una garantía del Sistema Nacional de los Re- gistros Públicos”. III.FUNDAMENTOS DE LA APELACIÓN El apelante considera que la interpretación de la Regis- tradora Pública es inexacta, pues conforme aparece del propio testamento, la voluntad de la testadora no es preci- samente la de vender, sino la de pagar los gastos de testa-mentaría. Manifiesta que los legatarios y el albacea falle- cieron. Señala que debe haber uniformidad en los criterios de los registradores, por cuanto el título ya ha sido calificado con anterioridad por otros registradores con distintas ob- servaciones. IV. ANTECEDENTE REGISTRAL El título materia de apelación se refiere al inmueble ubi- cado en Jirón Lampa Nº 726,742,748-750 del Cercado deLima y se encuentra inscrito en el tomo 298 fojas 209 que continúa en la partida electrónica Nº 07024141 del Regis- tro de Propiedad Inmueble de Lima. V. PLANTEAMIENTO DE LAS CUESTIONES Interviene como ponente la Vocal Rosario del Carmen Guerra Macedo. A criterio de esta Sala la cuestión a diluci-dar es: - ¿Cuándo es necesario interpretar un testamento? VI. ANÁLISIS 1. Mediante el título alzado el apelante solicita la ins- cripción del 25% de las acciones y derechos que corres- pondían a la testadora doña Magdalena Oyague y Noel afavor de Luis Oyague Quimper y Lida Oyague Quimper, en razón de no haberse dispuesto su venta, y en cumplimien- to de la última parte de la cláusula cuarta del testamentootorgado por la mencionada testadora, referidas al inmue- ble ubicado en el Calle Pileta de La Trinidad (Hoy Jr. Lampa Nº 726 al 750 del Cercado de Lima. 2. El tenor de dicha cláusula testamentaria es la siguien- te: “No teniendo heredero forzoso es mi voluntad distribuir mis bienes de la siguiente manera: A los hijos de mi recor- dado hermano Alfredo, ya fallecido, mis sobrinos Luis Oya-gue Quimper y Lida Oyague de Remy Berna el cincuenta por ciento de la mitad que le pertenece, o sea la cuarta parte de la finca de la calle Pileta de la Trinidad númerossetecientos veintiséis, setecientos cuarentidós, setecien- tos cuarentiocho y setecientos cincuenta. La otra cuarta parte la venderá mi Albacea para pagar los gastos de testamentaría con excepción del impuesto a