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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (12/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 104

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G37/G30/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de diciembre de 2003 tración Tributaria el cumplimiento de la presente Orde- nanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 23048 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G2D/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G2C/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G64/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G2D/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G37/G35 ORDENANZA Nº 092 Lince, 11 de noviembre de 2003EL CONCEJO DISTRITAL DE LINCE POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 022-2003-MDL de las Comisio- nes de Asuntos Legales y de Economía y Administra- ción; referente a la Modificación de los Artículos 18º y19º del Régimen de Aplicación de Sanciones Adminis- trativas (RAS) de la Municipalidad Distrital de Lince, apro- bado mediante Ordenanza Nº 075 de fecha 11 de juliode 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de setiembre de 2003; y, CONSIDERANDO Que, mediante Ordenanza Nº 075 de fecha 11 de julio de 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de setiembre de 2003, se aprobó el Régimen de Aplicación deSanciones Administrativas (RAS) de la Municipalidad Dis- trital de Lince; Que, la Jefatura de Multas mediante Informe Nº 15-03- JM-GG-MDL, señala que en el inciso b) del Artículo 18º de la precitada norma, establece que la Gerencia General, en materia de multas administrativas es competente para re-solver los Recursos de Reconsideración que se planteen contra las Resoluciones que se emitan en el procedimien- to sancionador; Que, sin embargo, el órgano encargado de dicha facul- tad, deber ser la Jefatura de Multas; teniendo en conside- ración, que tiene la potestad de aplicar las sanciones, otor-gándole de este modo, la función de emitir Resoluciones de Multa; esto en estricta concordancia con lo dispuesto por el Artículo 208º de la Ley del Procedimiento Adminis-trativo General Nº 27444, que establece que el Recurso de Reconsideración deberá ser resuelto, por el órgano que emitió el acto primigenio; Que, asimismo los Recursos de Apelación deben ser resueltos por la Gerencia General, al constituirse esta en el superior jerárquico de la Jefatura de Multa; en aplicaciónde lo señalado por el Artículo 209º de la precitada disposi- ción legal; Que, de los considerandos precedentes se desprende que es necesario modificar los Artículos 18º y 19º del Ré- gimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) de la Municipalidad Distrital de Lince, aprobada medianteOrdenanza Nº 075; estableciéndose que la Gerencia Ge- neral y la Jefatura Multas, son los órganos encargados de resolver los recursos administrativos en Apelación y Re-consideración respectivamente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo estable- cido en los Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Muni-cipalidades Nº 27972 por UNANIMIDAD y con dispensa de trámite a la lectura y Aprobación del Acta, el Concejo Apro- bó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- MODIFICAR, los Artículos 18º y 19º del Régimen de Aplicación de Sanciones Adminis-trativas (RAS) de la Municipalidad Distrital de Lince, apro- bado mediante Ordenanza Nº 075 de fecha 11 de juliode 2003, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de setiembre de 2003, quedando redactados de la si- guiente manera: Artículo 18º.- Gerencia General - Competencia La Gerencia General, en materia de multas administra- tivas, es competente para: a) Aprobar las directivas sobre aspectos sustantivos y/ o procedimentales de multas administrativas en que se re- quiere unificar criterios, en coordinación con las Geren- cias indicadas en el artículo 17º, Gerencia de Administra-ción y Gerencia de Asuntos Jurídicos. b) Resolver los Recursos de Apelación que se plan- teen contra las resoluciones que se emiten en el procedi-miento sancionador . Artículo 19º.- Unidad de Multas - Atribuciones y Obli- gaciones La Unidad de Multas, dependiente de la Gerencia Ge- neral, es la encargada de: a) Distribuir y controlar los talonarios numerados de notificaciones a las Gerencias competentes. b) Crear y mantener actualizado un registro de infracto- res para los efectos de las reincidencias y/o continuación de las infracciones. c) Evaluar los descargos presentados por los presun- tos infractores. d) Emitir Resoluciones de Multa Administrativa.e) Remitir a la Gerencia de Rentas las multas emitidas y debidamente notificadas, a fin de que la Unidad de Re- caudación y Control inicie el procedimiento de cobranzaen la vía ordinaria. f) Informar cuando se interpongan recursos administra- tivos contra las multas notificadas, así como el acto admi-nistrativo que las resuelva, a fin de que se suspenda o con- tinúe, según sea el caso, la cobranza ordinaria de las mis- mas. g) Remitir a la Gerencia de Rentas un reporte semanal en materia de recursos administrativos y sus respectivas resoluciones, sin perjuicio de la comunicación individuali-zada inmediata a la impugnación h) Solicitar la ampliación de los informes de los inspec- tores cuando sea necesario esclarecer los descargos orecursos presentados. i) Elaborar cuadros estadísticos mensuales, trimestra- les, semestrales y anuales de las notificaciones giradas yanuladas, así como las multas emitidas y notificadas. j) Remitir mensualmente el padrón de multas emitidas y notificadas a la Gerencia de Rentas y la Gerencia General. k) Elaborar las resoluciones de recursos administrati- vos de reconsideración contra las resoluciones impuestas. l) Declarar, a solicitud de parte, la prescripción de la Multa Administrativa. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Ge- neral y Jefatura de Multas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 23047 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO /G52/G65/G73/G70/G61/G6C/G64/G61/G6E/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G6C/G65/G67/G69/G73/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G70/G61/G72/G61 /G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G2D/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 088 San Juan de Lurigancho, 5 de diciembre de 2003