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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (14/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G31/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de diciembre de 2003 el detalle de los ingresos que correspondan a la Transfe- rencia de Partidas dispuesta en el artículo precedente,a nivel de Categoría del Ingreso, Genérica del Ingreso, Subgerencia del Ingreso y Específica del Ingreso. Los citados anexos son presentados a la Dirección Nacional del Presupuesto Público dentro de los cinco (5) días siguientes de la aprobación del presente dis- positivo. Artículo 4º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Transfe-rencia de Partidas, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codificaciones que se re- quieran como consecuencia de la incorporación de nue-vas Partidas de Ingresos, así como Componentes, Fi- nalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 5º.- Notas de Modificación Presupuesta- ria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos instruye a las Unidades Ejecutoras bajosu ámbito para que elaboren las correspondientes "No- tas para Modificación Presupuestaria" que se requie- ran, como consecuencia de lo dispuesto en la presentenorma. Artículo 6º.- Creación de Consejo Directivo en el Proyecto Especial Pasto Grande Constitúyase un Consejo Directivo en el Proyecto Es- pecial Pasto Grande, como máximo órgano de la entidad, encargado de establecer las políticas, planes, actividades,metas y estrategias de la Institución. Asimismo, estará en- cargado de supervisar la administración general y la mar- cha del Proyecto Especial. El Consejo Directivo estará in-tegrado por: - Tres (3) Representantes del Gobierno Regional, uno de los cuales lo presidirá; - Un (1) Representante del Ministerio de Agricultura; y, - Un (1) Representante del Instituto Nacional de Desa- rrollo - INADE; - Un (1) Representante de la(s) Junta(s) de Usuarios de Riego; El cargo de miembro del Consejo Directivo es per- sonal e indelegable y su designación es por un plazo de dos años, pudiendo ser renovado. La designación de los representantes del Gobierno Regional, será efec-tuada por el Presidente del Gobierno Regional median- te Resolución Ejecutiva Regional. El representante de la(s) Junta(s) de Usuarios de Riego será nombrado porResolución Ejecutiva Regional a propuesta de la(s) organización(es) que representa. Los representantes del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE y delMinisterio de Agricultura serán designados por los Ti- tulares de los Sectores correspondientes mediante Resolución Ministerial. El Proyecto Especial Pasto Grande contará con un Gerente General, que será designado por el PresidenteRegional de una terna que propondrá conjuntamente el Gobierno Regional Moquegua y el Sector del Gobierno Nacional al cual se encuentre adscrito el Instituto Nacionalde Desarrollo - INADE. El Gerente General será designa- do por Resolución Ejecutiva Regional, por el plazo de dos años, renovables. El Consejo Directivo, en un plazo que no excederá de treinta (30) días calendario, que se computarán a partir dela recepción del Proyecto Especial, regulará su funciona- miento interno y adecuará sus instrumentos de gestión, con arreglo a ley y a los alcances del presente DecretoSupremo. Artículo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Vivien- da, Construcción y Saneamiento y el Ministro de Econo-mía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil tres.ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 23307 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL /G53/G65/G70/G61/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G61/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/GD3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65 /G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G4D/G75/G6A/G65/G72/G20/G79/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G53/G6F/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 421-2003-CG Lima, 12 de diciembre de 2003 Vistos, la Hoja de Recomendación Nº 073-2003-CG/ OCI, emitida por la Gerencia de Órganos de Control Institucional de la Contraloría General de la República y el Informe de Supervisión Nº 017-2003-CG/OCI so-bre la gestión del Titular del Órgano de Control Institu- cional – OCI del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, período enero 2002 - octubre 2003; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el Artículo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, la designación y la separación definitiva de los Jefes de los Órganos deControl Institucional, se efectúa por este Organismo Supe- rior de Control, de acuerdo a los requisitos, procedimien- tos, incompatibilidades y excepciones que establezca paratal efecto; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 114- 2003-CG se aprobó el Reglamento de los Órganos deControl Institucional, estableciéndose en el numeral 2.1 de su Primera Disposición Transitoria, que la separa- ción definitiva del Jefe del Órgano de Control Institu-cional, se efectúa por la Contraloría General, mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Ofi- cial El Peruano; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del Artículo 32º de la Ley Nº 27785 y los Artículos 32º, 33º y 34º del Reglamento de los Órganos de Con-trol Institucional, se procedió a efectuar la evaluación del Órgano de Control Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y el desempeño funcional de su Jefatura, habiéndose comunicado por Oficio Nº 040-2003-CG/OCI-COM-VER del 19 de no- viembre de 2003, a su titular CPC Daniel Gregorio An-chante Anyarín, los resultados de la evaluación reali- zada a su desempeño funcional con el propósito que presente sus aclaraciones y/o comentarios ; Que, evaluados los descargos alcanzados por el CPC Daniel Gregorio Anchante Anyarín con Oficio Nº 697-2003-MIMDES-OGAI, del 22 de noviembre de 2003,ha quedado establecido que su desempeño funcional como Jefe del Órgano de Control Institucional del MI- MDES no resulta satisfactorio, en tanto no se ha suje-tado a los lineamientos y disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República en materia de con- trol gubernamental, en su condición de ente técnico