Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2003 (14/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, MORDAZA 14 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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midores. La actuacion de los proveedores en el MORDAZA no es descuidada ni se encuentra MORDAZA al azar sino, mas bien, es una actuacion planificada y desarrollada de acuerdo con las estrategias basicas de la mercadotecnia. En otras palabras, es una actuacion profesional. En cambio, la actuacion de los consumidores en el MORDAZA se encuentra basada en la informacion disponible -generalmente parcial y brindada interesadamente por los proveedores a traves del posicionamiento 8 - y en el MORDAZA saber y entender de cada consumidor especifico. Es decir, la actuacion de los consumidores no responde a un estandar profesional sino simplemente es aquella que se esperaria de cualquier persona diligente. La Proteccion al Consumidor constituye un instrumento de superacion de la desigualdad existente entre los proveedores y los consumidores. En este orden de ideas, es logico que la Ley de Proteccion al Consumidor se encuentre dirigida a proteger a aquellos individuos afectados por la desigualdad en la relacion de consumo, es decir, a los consumidores, entendidos como destinatarios finales de bienes o servicios. La referencia a los "destinatarios finales" limita la nocion de consumidor unicamente a aquellas personas naturales o juridicas que puedan ser consideradas como "consumidores finales". La determinacion de la categoria de "consumidores finales" para efectos de la aplicacion de la ley requerira atender a los principios establecidos en el sistema economico de economia social de MORDAZA reconocido por la Constitucion Politica del Peru. Al respecto, cabe recordar que el articulo 65º de la Constitucion Politica del Peru se encuentra ubicado dentro del Capitulo I del Titulo III dedicado al Regimen Economico. Dentro de ese mismo capitulo, se encuentra el articulo 58º, el cual consagra el modelo de economia social de MORDAZA, garantizando a la vez, la libre iniciativa privada y el rol del Estado como orientador del desarrollo del MORDAZA 9 . El articulo 59º contempla el rol promotor del Estado de los sectores que sufren cualquier desigualdad. En cumplimiento de dicho rol, el Estado promueve las pequenas empresas en todas sus modalidades. El texto del referido articulo es el siguiente:

consumidor implica que utilizar un producto11 como "consumidor final" no significa necesariamente que dicho producto se encuentre reservado al uso personal del adquirente sino que puede haber sido adquirido para un uso colectivo, ya sea la familia o un grupo social inmediato.12 Del mismo modo, la nocion de consumidor -interpretada tomando en cuenta la funcion moderadora de la desigualdad de la Proteccion al Consumidor - tambien permite considerar como "consumidor final" al pequeno empresario13 cuando adquiere o utiliza bienes o servicios por las necesidades de su actividad empresarial, en ciertos casos especificos. Ello debido a la situacion de desigualdad en que se encuentra el pequeno empresario frente al proveedor, situacion equiparable a aquella en la que se encuentra cualquier particular. En otras palabras:

La situacion del pequeno comerciante, inducido a realizar adquisiciones o a suscribir contratos de empresa por las necesidades de su actividad profesional, es parecida a la del consumidor que contrata con fines privados. Dicha situacion forma parte, segun la teoria economica, de la esfera del consumo: el profesional en cuestion constituye el ultimo eslabon del ciclo de la MORDAZA economica del bien y del servicio y se encuentra, dada su falta de especializacion y la ausencia de poder real de negociacion derivada de la reducida dimension de su empresa, en las mismas condiciones de desequilibrio y de sumision en los modos de produccion.14
El pequeno empresario, al sufrir los efectos de la desigualdad en la relacion de consumo, califica, en ciertos casos especificos, como consumidor para efectos de la aplicacion de la Ley de Proteccion al Consumidor. Dichos casos especificos seran aquellos en los que la adquisicion o el uso, por necesidades de su actividad profesional, se refieran a productos en los que no pueda esperarse un grado de conocimiento o especializacion que haga desaparecer la desigualdad entre el pequeno empresario y el proveedor del bien o servicio de que se trate. Al respecto, la distincion que la mercadotecnia realiza entre productos para el consumidor y productos industriales es util para determinar aquellos tipos de productos que pueden ser objeto de adquisicion o uso por parte de un verdadero consumidor para efectos de la Ley de Protec-

Articulo 59º.- El Estado estimula la creacion de riqueza y garantiza la MORDAZA de trabajo y la MORDAZA de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad publicas. El Estado brinda oportunidades de superacion a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequenas empresas en todas sus modalidades. (Subrayado anadido)
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El mandato constitucional del articulo 59º no se limita a reconocer la desigualdad existente en la sociedad sino que adopta una posicion favorable a los sectores que sufren los efectos de dicha desigualdad, mencionando expresamente el rol promotor de las pequenas empresas asumido por el Estado, precisamente, como instrumento de superacion de dicha desigualdad. Al respecto, puede afirmarse que:

El posicionamiento puede ser definido como "la imagen de la MORDAZA en la mente del consumidor". Constitucion Politica del Peru. Articulo 58º.La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economia social de mercado. Bajo este regimen, el Estado orienta el desarrollo del MORDAZA, y actua principalmente en las areas de promocion de empleo, salud, educacion, seguridad, servicios publicos e infraestructura. RUBIO MORDAZA, Marcial. Op.cit., t.3. p.231. Por "producto" entiendase un bien o un servicio. Cfr. BOURGOIGNIE, Thierry. Elementos para una teoria del Derecho de Consumo. Vitoria: Gobierno Vasco, 1994. p.37. Por "pequeno empresario" entiendase unica y exclusivamente a los pequenos comerciantes, pequenos industriales, pequenos prestadores de servicios y profesionales, incluidos bajo los alcances de la Ley Nº 28015, Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa. Los sujetos que no califiquen como MYPE para los efectos de la aplicacion de la Ley Nº 28015 no seran considerados como "pequeno empresario", por mandato expreso de la ley. BOURGOIGNIE, Thierry. Op.cit., p.39.

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(...) es tarea del Estado velar que todos tengan las mismas oportunidades en una sociedad de competencia. La primera tarea es brindar una educacion de calidad y suficiente para preparar a las personas para el trabajo. Pero ademas, debe colaborar a la capitalizacion de las pequenas empresas, que son entidades economicas de bajo costo de inversion por puesto de trabajo y que, ademas, permiten canalizar muchos de los esfuerzos y la creatividad de cada persona en el contexto social.10
Cabe reiterar que la Proteccion al Consumidor es un instrumento de superacion de la desigualdad, en este caso, del desequilibrio existente entre los proveedores y los consumidores. En este orden de ideas, la nocion de

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