Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2003 (14/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, MORDAZA 14 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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rector del Sistema Nacional de Control; habiendose determinado de la evaluacion realizada que el Plan Anual de Control 2002, al 31 de diciembre de 2002, no fue cumplido en su integridad, y que, respecto del Plan Anual de Control 2003, al 30 de junio de 2003, solo se ha alcanzado un grado de cumplimiento equivalente al veinte por ciento del total de acciones programadas; evidenciandose ademas la existencia de deficiencias en la elaboracion y sustentacion de diversos informes de auditoria emitidos durante los ejercicios 2002-2003, conjuntamente con un retraso en el desarrollo de varias acciones de control en MORDAZA, asi como la cancelacion de una de ellas, sin que se hayan logrado los objetivos propuestos para la misma; situaciones que se aunan a una inadecuada verificacion y seguimiento de la implementacion de las recomendaciones de los informes de auditoria emitidos, y al haber dispuesto la participacion en acciones de control de personal que no cumplia con los requisitos minimos establecidos en la normativa de control, conforme es de verse del Informe de Supervision de vistos; Que, derivado del resultado de la evaluacion contenida en la Hoja de Recomendacion de vistos, en base a los hechos y situaciones mencionados en el considerando precedente, corresponde a este Organismo Superior de Control, separar definitivamente del cargo de Jefe del Organo de Control Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, al senor CPC MORDAZA MORDAZA Anchante Anyarin, conforme a lo dispuesto en el literal a) del numeral 2.1 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional; Que, la separacion definitiva a que alude el considerando precedente, esta referida exclusivamente a la separacion del ejercicio del cargo, siendo de competencia exclusiva de la Entidad aquellas acciones de caracter laboral que pudieran derivarse de dicha separacion; Que, mediante Oficio Nº 2308-2003-CG/DC se ha comunicado a la Titular del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, el resultado de la evaluacion efectuada por este Organismo Superior de Control al Jefe del Organo de Control Institucional, senor CPC MORDAZA MORDAZA Anchante Anyarin; Que, de acuerdo a lo senalado en el numeral 3.1 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional, el encargo de la Jefatura del Organo de Control Institucional procede ser efectuado por el Titular de la Entidad -entre otros- en los casos de vacancia, quien tiene la responsabilidad de cautelar que el funcionario encargado para ocupar temporalmente la Jefatura del citado Organo, reuna cuando menos los requisitos establecidos en los literales a), b), d) y e) del Articulo 20º del citado Reglamento; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y los numerales 2.1 y 3.1 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado mediante Resolucion de Contraloria Nº 1142003-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Separar definitivamente del cargo de Jefe del Organo de Control Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, al senor CPC MORDAZA MORDAZA Anchante Anyarin, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- En tanto se designe al MORDAZA Jefe del Organo de Control Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, el Titular de dicha entidad debera garantizar el normal desarrollo de las actividades del Organo de Control Institucional, disponiendo el encargo de las funciones de la Jefatura de dicho Organo, a un profesional que reuna cuando menos los requisitos establecidos en los literales a), b), d) y e) del Articulo 20º del Reglamento de los Organos de Control

Institucional, dando cuenta de ello a este Organismo Superior de Control. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 23259

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA
Aprueban modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio fiscal 2003
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA Nº 234-2003-CNI Chorrillos, 4 de diciembre de 2003 VISTO: El Memorando Nº 1118-2003-OGPPA-CNI, de fecha 4 de diciembre del 2003 de la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Administracion, sobre la inclusion y exclusion en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Consejo Nacional de Inteligencia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de la Presidencia del Consejo Nacional de Inteligencia Nº 004-2003-CNI, de fecha 13 de enero del 2003, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Nacional de Inteligencia, para el periodo 2003; Que, mediante la Resolucion de la Presidencia del Consejo Nacional de Inteligencia Nº 117-2003-CNI, de fecha 30 de junio del 2003, y la Resolucion de la Presidencia del Consejo Nacional de Inteligencia Nº 195-2003-CNI, de fecha 8 de octubre del 2003, se aprobaron la inclusion de diversos procesos de seleccion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Nacional de Inteligencia, del ejercicio presupuestal 2003; Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispone que las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual deben ser aprobadas por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa, para su inclusion en el mismo, lo cual debe informarse al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a dicha aprobacion; Que, la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Administracion a traves del memorando del visto, solicita la modificacion del Plan Anual, con la exclusion e inclusion de procesos de seleccion para la adquisicion de bienes a fin de cumplir con los objetivos institucionales del presente ano, conforme se detalla en el Anexo Nº 01; Estando al visto de la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Administracion y de la Direccion de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27479, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional (SINA) y su modificatoria Ley Nº 27589, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Ley

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