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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (14/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 53

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G31/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de diciembre de 2003 rector del Sistema Nacional de Control; habiéndose determinado de la evaluación realizada que el PlanAnual de Control 2002, al 31 de diciembre de 2002, no fue cumplido en su integridad, y que, respecto del Plan Anual de Control 2003, al 30 de junio de 2003, sólo seha alcanzado un grado de cumplimiento equivalente al veinte por ciento del total de acciones programadas; evidenciándose además la existencia de deficienciasen la elaboración y sustentación de diversos informes de auditoría emitidos durante los ejercicios 2002-2003, conjuntamente con un retraso en el desarrollo de va-rias acciones de control en proceso, así como la can- celación de una de ellas, sin que se hayan logrado los objetivos propuestos para la misma; situaciones que seaúnan a una inadecuada verificación y seguimiento de la implementación de las recomendaciones de los in- formes de auditoría emitidos, y al haber dispuesto laparticipación en acciones de control de personal que no cumplía con los requisitos mínimos establecidos en la normativa de control, conforme es de verse del Infor- me de Supervisión de vistos; Que, derivado del resultado de la evaluación conte- nida en la Hoja de Recomendación de vistos, en base alos hechos y situaciones mencionados en el conside- rando precedente, corresponde a este Organismo Su- perior de Control, separar definitivamente del cargo deJefe del Órgano de Control Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, al señor CPC Daniel Gregorio Anchante Anyarín, conforme a lo dis-puesto en el literal a) del numeral 2.1 de la Primera Dis- posición Transitoria del Reglamento de los Órganos de Control Institucional; Que, la separación definitiva a que alude el consi- derando precedente, está referida exclusivamente a la separación del ejercicio del cargo, siendo de compe-tencia exclusiva de la Entidad aquellas acciones de carácter laboral que pudieran derivarse de dicha sepa- ración; Que, mediante Oficio Nº 2308-2003-CG/DC se ha co- municado a la Titular del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, el resultado de la evaluación efectuadapor este Organismo Superior de Control al Jefe del Órgano de Control Institucional, señor CPC Daniel Gregorio An- chante Anyarín; Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 3.1 de la Primera Disposición Transitoria del Reglamento de los Ór- ganos de Control Institucional, el encargo de la Jefaturadel Órgano de Control Institucional procede ser efectuado por el Titular de la Entidad -entre otros- en los casos de vacancia, quien tiene la responsabilidad de cautelar que elfuncionario encargado para ocupar temporalmente la Jefa- tura del citado Órgano, reúna cuando menos los requisitos establecidos en los literales a), b), d) y e) del Artículo 20ºdel citado Reglamento; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control yde la Contraloría General de la República y los numera- les 2.1 y 3.1 de la Primera Disposición Transitoria del Reglamento de los Órganos de Control Institucional,aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 114- 2003-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Separar definitivamente del car- go de Jefe del Órgano de Control Institucional del Minis- terio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, al señor CPC Daniel Gregorio Anchante Anyarín, por las razo-nes expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- En tanto se designe al nuevo Jefe del Órgano de Control Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, el Titular de dicha entidad deberá garantizar el normal desarrollo de las ac-tividades del Órgano de Control Institucional, disponien- do el encargo de las funciones de la Jefatura de dicho Órgano, a un profesional que reúna cuando menos losrequisitos establecidos en los literales a), b), d) y e) del Artículo 20º del Reglamento de los Órganos de ControlInstitucional, dando cuenta de ello a este Organismo Su- perior de Control. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 23259 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C /G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA Nº 234-2003-CNI Chorrillos, 4 de diciembre de 2003 VISTO: El Memorando Nº 1118-2003-OGPPA-CNI, de fecha 4 de diciembre del 2003 de la Oficina General de Planifi- cación, Presupuesto y Administración, sobre la inclu- sión y exclusión en el Plan Anual de Contrataciones yAdquisiciones del Consejo Nacional de Inteligencia; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Con- sejo Nacional de Inteligencia Nº 004-2003-CNI, de fecha13 de enero del 2003, se aprobó el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones del Consejo Nacional de Inteligen- cia, para el período 2003; Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Con- sejo Nacional de Inteligencia Nº 117-2003-CNI, de fecha 30 de junio del 2003, y la Resolución de la Presidencia del Consejo Nacional de Inteligencia Nº 195-2003-CNI, de fe-cha 8 de octubre del 2003, se aprobaron la inclusión de diversos procesos de selección en el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones del Consejo Nacional de Inteligen-cia, del ejercicio presupuestal 2003; Que, el artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispo-ne que las licitaciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual deben ser aprobadas por el Titular del Pliego o la máxi-ma autoridad administrativa, para su inclusión en el mismo, lo cual debe informarse al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro delos diez (10) días hábiles siguientes a dicha aproba- ción; Que, la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Administración a través del memorando del visto, solicitala modificación del Plan Anual, con la exclusión e inclusión de procesos de selección para la adquisición de bienes a fin de cumplir con los objetivos institucionales del presenteaño, conforme se detalla en el Anexo Nº 01; Estando al visto de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Administración y de la Dirección de Aseso- ría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27479, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional (SINA) y su mo- dificatoria Ley Nº 27589, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aproba-do mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Ley