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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (15/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 24

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G32/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 15 de diciembre de 2003 Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efec- to de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emitael acto administrativo correspondiente, si el contrato deconcesión no es suscrito por el solicitante en el plazomáximo de sesenta (60) días hábiles computados a par-tir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión, así como el pago de la publica-ción de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la ProducciónEncargado de la Cartera deTransportes y Comunicaciones 23255 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72 /G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G2D /G63/G69/G6F/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G66/G6C/G75/G76/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G2D/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G6D/G69/G78/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G74/G72/GE1/G66/G69/G63/G6F/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6F/G20/G63/G61/G2D/G62/G6F/G74/G61/G6A/G65 DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 265-2003-MTC/13 Lima, 15 de agosto de 2003Vista la solicitud, expediente Nº 015920-2003, pre- sentada por don JORGE CHAPIAMA HIDALGO, median- te la cual solicita Permiso de Operación para prestar ser- vicio regular de transporte fluvial comercial mixto (cargay pasajeros) en tráfico nacional o cabotaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comer-cial, en el cual se establecen las normas técnicas y lega-les a las cuales deberán sujetarse las personas natura-les y jurídicas que prestan este servicio, a fin de alcan-zar el ordenamiento empresarial, administrativo, opera- tivo y de seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, correspon- de a la Dirección General de Transporte Acuático expe-dir los Permisos de Operación a las personas naturaleso empresas navieras nacionales, que lo soliciten; Que, don JORGE CHAPIAMA HIDALGO ha cumpli- do con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente, para prestarservicio regular de transporte fluvial comercial mixto (car-ga y pasajeros) en tráfico nacional o cabotaje; Que, la Persona Natural de don JORGE CHAPIA- MA HIDALGO se encuentra debidamente inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con el Nº 10000101392; Que, mediante informe Nº 206-2003-MTC/13.02 de la Dirección de Marina Mercante y Transporte Multimo-dal, así como del Informe Nº 252-2003-MTC/13.al delAsesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operación presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legis- lativo Nº 560, Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº041-2002-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a fa- vor de don JORGE CHAPIAMA HIDALGO para prestarservicio regular de transporte fluvial comercial mixto (car-ga y pasajeros) en tráfico nacional o cabotaje, en la for- ma siguiente:TRÁFICO : Nacional o cabotaje. SERVICIO : Regular; ruta: Pucallpa-Iquitos y viceversa. TRANSPORTE : Mixto (carga y pasajeros). Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refie- re el artículo precedente será atendido con la embarca- ción de su propiedad denominada: M,/F “Andrea” conmatrícula PA-13412-MF. Artículo 3º.- El permiso de operación que se otor- ga por el artículo 1º, tendrá una vigencia de cinco (5)años, computados a partir de la fecha de la publica- ción en el Diario Oficial El Peruano. La renovación deberá ser solicitada por la empresa recurrente a laDirección General de Transporte Acuático del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones con anticipa-ción de sesenta (60) días calendario antes de su ven-cimiento. Artículo 4º.- El permiso de operación otorgado, im- plica la obligación por parte del Titular de someterse alDecreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demás disposi-ciones legales y reglamentarias que regulan el transpor-te fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificato-rias y complementarias que se expidan sobre la materia, así como a las disposiciones y directivas que dicte la Dirección General de Transporte Acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Jurídicas queprestan servicio de transporte fluvial, en la forma esta-blecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comer- cial, lo dispuesto por la presente Resolución Directoral. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guar-dacostas, a la Capitanía de Puerto de Pucallpa y a laDirección Regional de Transportes y Comunicaciones delGobierno Regional de Ucayali, para su conocimiento y fines. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EFRAÍN COLL CALDERÓN Director General 16288 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/GF3/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G2D /G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G76/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C /G61/G20/G53/G74/G61/G72/G20/G55/G50/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 265-2003-MTC/12 Lima, 4 de diciembre del 2003 Vista la solicitud de STAR UP S.A., sobre Modifica- ción de Permiso de Operación de Aviación Comercial:Transporte Aéreo No Regular Nacional de Pasajeros,Carga y Correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 148-99-MTC/ 15.16 del 13 de agosto de 1999 se otorgó a STAR UPS.A., Permiso de Operación de Servicio de TransporteAéreo No Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Co-rreo (ahora denominado Permiso de Operación de Avia-ción Comercial - Servicio de Transporte Aéreo Nacional No Regular de Pasajeros, Carga y Correo) por el plazo de cinco (5) años contados a partir del 28 de agosto de1999, siendo modificado aquel Permiso a través de laResolución Directoral Nº 172-2002-MTC/15.16 del 18 dejulio del 2002, incrementando zonas de operación asícomo el material aeronáutico al ya autorizado; Que, en el presente trámite de Modificación de Per- miso de Operación STAR UP S.A. solicita incrementaruna zona de operación a las ya autorizadas;