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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (17/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 61

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G35/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de diciembre de 2003 Interconexión; debiendo sujetarse a lo dispuesto en los siguientes numerales: (i) Si los cargos o condiciones económicas que se apliquen a la tercera empresa operadora se han estable-cido bajo la misma modalidad y la misma unidad de me- dida que los respectivos cargos o condiciones económi- cas establecidas en el presente Mandato, la adecuaciónse producirá de manera automática, sin que se requierauna solicitud previa en ese sentido por parte de la em-presa operadora favorecida, y surtirá sus efectos a partirde la fecha de entrada en vigencia de dichos cargos o condiciones económicas más favorables. También están sujetos a esta disposición los casos en que se apliquena la tercera empresa operadora descuentos por volumende tráfico o por horarios en que éste se cursa. (ii) Si los cargos o condiciones económicas que se apli- quen a la tercera empresa operadora se han establecido bajo una modalidad o una unidad de medida diferente que los res- pectivos cargos o condiciones económicas establecidas en elpresente Mandato, la adecuación requerirá solicitud previa enese sentido por parte de la empresa que se considere favore-cida, y surtirá sus efectos a partir del día siguiente de la fechade recepción de dicha solicitud. Para efectos de la aplicación de lo dispuesto en los párrafos precedentes, debe entenderse que las modali-dades de cargos de interconexión son las señaladas enel Artículo 23º del Texto Único Ordenado de las Normasde Interconexión. Artículo 10º.- Rural Telecom S.A.C. y Telefónica del Perú S.A.A. aplicarán el procedimiento de liquidación,facturación y pago establecido en el Subcapítulo II- Delas Reglas Aplicables al Procedimiento de Liquidación,Facturación y Pago- del Texto Único Ordenado de lasNormas de Interconexión aprobado mediante la Resolu- ción de Consejo Directivo Nº 043-2003-CD/OSIPTEL del 2 de junio de 2003. Artículo 11º.- El Mandato de Interconexión que se dicta mediante la presente Resolución entrará en vigen-cia a partir del día siguiente de su fecha de notificación aRural Telecom S.A.C. y Telefónica del Perú S.A.A., y será publicado en el Diario Oficial El Peruano Regístrese, comuníquese y publíquese.EDWIN SAN ROMÁN ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo ANEXO 1 CONDICIONES ECONÓMICAS Los cargos de interconexión para las diferentes pres- taciones y el descuento por morosidad a aplicarse en la presente relación de interconexión serán los siguientes: a. Cargo por originación y/o terminación de llamada en la red del servicio de telefo-nía fija local (por minuto de tráfico eficaz) US$ 0.01208 b. Cargo por transporte conmutado local (por minuto de tráfico eficaz) US$ 0.00554 c. Cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional (por minuto) US$ 0.71510 d. Cargo por facturación y recaudación (por llamada) US$ 0.00350 e. Cargo por acceso a los teléfonos públicos (por minuto) S/. 0.21700 f. Descuento por morosidad (en porcentaje) 5% Los cargos señalados anteriormente no incluyen el Impuesto General a las Ventas. Asimismo, dichos car- gos y el descuento por morosidad se modificarán cuan- do (i) entre en vigencia una resolución de OSIPTEL queestablezca o modifique dichos valores, (ii) TELEFÓNI-CA y RURAL TELECOM suscriban un acuerdo modifi-cando dichos valores, o (iii) por aplicación del Principiode No Discriminación de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º del presente Mandato.La liquidación del tráfico para la aplicación del cargo por originación y/o terminación de llamada en la red delservicio de telefonía fija y cargo por transporte conmuta-do local debe hacerse: a) sumando el total de tráfico efi-caz de cada una de las llamadas expresadas en segun-dos, ocurridas durante el período de liquidación; b) el total de tiempo eficaz así calculado expresado en se- gundos se redondea al minuto superior; c) el total depagos resulta de la multiplicación del tiempo eficaz ex-presado en minutos por el cargo vigente correspondien-te. La liquidación del tráfico para la aplicación del cargo por transporte conmutado de larga distancia nacional y cargo por acceso a los teléfonos públicos debe hacerse:a) sumando el total de tráfico de cada una de las llama-das expresadas en minutos, ocurridas durante el perío-do de facturación; b) el total de pagos resulta de la multi-plicación del tiempo expresado en minutos por el cargo vigente correspondiente. NUMERAL 1.- COMUNICACIONES LOCALES, EN LUGARES DONDE RURAL TELECOM TIENE PRE-SENCIA, DESDE LA RED DE TELEFÓNICA HACIA LARED DE RURAL TELECOM 1.1 Para las comunicaciones locales originadas en la red del servicio de telefonía fija local en la modalidad deteléfonos públicos de TELEFÓNICA ubicada en una zonaurbana, con destino a la red del servicio de telefonía fijalocal en la modalidad de teléfonos públicos de RURAL TELECOM ubicada en una zona rural, y en donde RU- RAL TELECOM tiene presencia física en el área local deorigen de la comunicación: a. RURAL TELECOM establecerá la tarifa de la pre- sente comunicación. b. TELEFÓNICA cobrará la tarifa al usuario por la pre- sente comunicación. c. TELEFÓNICA tendrá derecho a: (i) retener una (1) vez el cargo de acceso a los teléfonos públicos por mi-nuto, y (ii) retener una (1) vez el cargo tope promedioponderado vigente por terminación de llamada en la red del servicio de telefonía fija local de TELEFÓNICA por minuto de tráfico eficaz (por la originación de la llama-da). d. RURAL TELECOM tendrá derecho al saldo resul- tante de la diferencia entre (i) la tarifa para la presentecomunicación según lo establecido en el literal a. y (ii) las retenciones establecidas en el literal c. e. RURAL TELECOM deberá comunicar, por escrito, a TELEFÓNICA, con una anticipación no menor de diez(10) días hábiles, las tarifas correspondientes a ser apli-cadas a la presente comunicación. 1.2 Para las comunicaciones locales originadas en la red del servicio de telefonía fija local en la modalidad deteléfonos públicos de TELEFÓNICA ubicada en una zonaurbana, con destino a la red del servicio de telefonía fijalocal en la modalidad de abonados de RURAL TELE-COM ubicada en una zona rural, y en donde RURAL TE- LECOM tiene presencia física en el área local de origen de la comunicación: a. RURAL TELECOM establecerá la tarifa de la pre- sente comunicación. b. TELEFÓNICA cobrará la tarifa al usuario por la pre- sente comunicación. c. TELEFÓNICA tendrá derecho a: (i) retener una (1) vez el cargo de acceso a los teléfonos públicos por mi-nuto, y (ii) retener una (1) vez el cargo tope promedioponderado vigente por terminación de llamada en la reddel servicio de telefonía fija local de TELEFÓNICA por minuto de tráfico eficaz (por la originación de la llama- da). d. RURAL TELECOM tendrá derecho al saldo resultante de la diferencia entre (i) la tarifa para la presente comunicaciónsegún lo establecido en el literal a. del presente numeral y (ii)las retenciones establecidas en el literal c. e. RURAL TELECOM deberá comunicar, por escrito, a TELEFÓNICA, con una anticipación no menor de diez