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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (19/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 117

TEXTO PAGINA: 91

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G37/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de diciembre de 2003 ANEXO 01 A.- DISPOSICIONES PARA LA DETERMINACIÓN DEL GASTO DE TRANSPORTE 1. En las declaraciones únicas de importación en las que se efectúen despachos totales o parciales y donde el monto del flete correspondiente a cada mercancía no esté particularizado en el documento de transporte o factura comercial, el valor del flete debeser calculado de acuerdo a lo siguiente: a) Cuando se cuente con la información de los pesos reales individuales de cada mercancía, el flete será calculado en formaproporcional al peso manifestado o rectificado, de cada una de las series en relación al valor del flete total: Flete de la serie = Flete total (*) x Peso de c/ser ie (**) Peso total (*) (*) El Flete total y Peso total de las series que contienen un mismo documento de embarque. (**) El peso de cada serie no debe determinarse en función al valor FOB. b) Cuando no se cuente con la información señalada en el inciso a) anterior, el flete será calculado en forma proporcional en función al valor FOB total. 2. En el caso de despachos parciales, la incidencia que pudie- ra presentarse en lo previsto en el numeral anterior, no puede sersubsanada por el usuario en un posterior despacho. B.- DISPOSICIONES PARA LA DETERMINACIÓN DEL GAS- TO DE SEGURO 1. El especialista en aduanas debe verificar que se haya in- cluido en la DUA, los gastos de seguro de acuerdo a las pautasdel instructivo de trabajo INTA-IT.00.04. 2. Las declaraciones con facturas comerciales en términos de negociación CIF están exceptuadas del requerimiento de pólizade seguro individual y del sustento de la póliza de seguro flotantey/o abierta sólo para efectos del despacho de las mercancías. 3. Para el cálculo de la prima o gasto de seguro de la mercan- cía asegurada debe haberse considerado dos elementos: la suma asegurada y el porcentaje de la prima (tasa) fijada por la compa- ñía aseguradora. Generalmente, lo asegurado es equivalente: alvalor FOB facturado de la mercancía (que no coincide necesaria-mente con el valor FOB determinado por la empresa verificado-ra), al valor CFR, o también al valor CFR más un porcentaje desobreseguro. En determinados casos la tasa de seguro tiene un recargo adicional (por contingencias tales como guerras, huelgas, etc.), debiendo considerarse éstos también para el cálculo res-pectivo. 4. Los gastos consignados como derecho de emisión e im- puestos, que estén distinguidos en la factura emitida por la com-pañía aseguradora, no forma parte de la prima de seguro. 5. La póliza de seguro individual sólo puede estar referida a mercancías consignadas en un embarque y viene acompañadade la factura debidamente cancelada, emitida por la compañíaaseguradora, la misma que debe ser presentada a despacho. Elespecialista en aduanas podrá aceptar facturas emitidas con fe-cha posterior a la fecha de embarque de las mercancías, pero no con fecha posterior a la fecha de llegada de la misma. 6. La póliza de seguro flotante y/o abierta ampara distintos embarques, debiendo estar respaldada por un documento deno-minado "aplicación" (emitida por cada envío), el cual debe constarcon la recepción de la compañía de seguros respectiva; su factu-ración puede ser periódica (mensual, bimestral, etc.) o también por cada embarque. 7. La información mínima que debe figurar en la póliza de se- guro individual o en la aplicación de una póliza de seguro flotantedebe contener el nombre del asegurado, el medio de transporte(nombre de la nave, aeronave o vehículo terrestre, etc.), la fechade salida, el puerto de embarque, descripción de la mercancía asegurada, la naturaleza y valor, la tasa de seguro (básica y adi- cional, según corresponda) y el total de la suma asegurada. 8. En los casos de mercancías aseguradas con pólizas flotan- tes, debe haberse adjuntado como sustento del gasto del segurocualquiera de los documentos siguientes: - El documento denominado aplicación, que se presenta para cada despacho, con conocimiento de la compañía aseguradora, o - Declaración Jurada firmada por el importador la que debe contener, la siguiente información: Nombre o razón social de la compañía aseguradora, el nú- mero de la póliza flotante y su vigencia.  Que la mercancía presentada a despacho goza de la cober- tura del seguro.  Prima de seguro, tasa básica y recargos por riesgos adicio- nales (tasas adicionales).  Porcentaje de sobreseguro.  Prima mínima. Monto máximo que cubre el seguro. Asimismo el importador señalará que se ha comunicado opor- tunamente a la compañía aseguradora respecto de la mercancíapresentada a despacho. En los casos de mercancías aseguradas por compañías de seguros del exterior, en los que no se dispone de la póliza o apli-cación en el momento del despacho, el importador podrá presen-tar la declaración jurada a que se refiere el párrafo anterior. Elimportador presentará una vez al año una copia de la póliza de seguro a la IFGRA, indicando las declaraciones amparadas en la citada póliza. 9. Cuando los despachos comprendan mercancías asegura- das y no aseguradas, el importador además de declarar expresa-mente qué mercancías vienen aseguradas, debe haber presenta-do la documentación sustentatoria; de no presentar dicha docu- mentación o si ésta es incompleta, se notifica para que en el plazo señalado lo subsane, caso contrario el especialista en aduanasdebe aplicar la tabla de porcentajes promedio de seguro y la san-ción correspondiente. 10. Para la aplicación de la tabla de porcentajes promedio de seguros que se publica en el SIVEP, se debe tomar en cuenta lo siguiente: - Para mercancía no asegurada, el gasto de seguro se de- termina aplicando la tasa indicada en la tabla de porcentajes pro-medio de seguro, sobre el valor FOB (INCOTERMS 1990), o suequivalente según el medio de transporte utilizado y de acuerdo a la subpartida arancelaria contenida en el Arancel de Aduanas vi- gente. - Si la SUNAT, en aplicación de la normatividad vigente sobre valoración aduanera de las mercancías, determina un ajuste delvalor FOB, debe tomarse este nuevo valor como base para la apli-cación de la tasa indicada en la tabla de porcentajes promedio de seguro. - Para mercancía asegurada, el gasto de seguro (prima) a considerar es el importe realmente pagado o por pagar, para ellose presenta la documentación sustentatoria antes señalada. - En el caso de mercancías no aseguradas en su totalidad, si la póliza de seguro presentada ampara sólo una parte de la mercancía solicitada a despacho, el importador debe señalar ex- presamente qué mercancías vienen aseguradas, adoptándose elprocedimiento que corresponda a cada caso. 11. En las importaciones realizadas con declaración simplifi- cada, el especialista en aduanas verifica que el gasto de seguro haya sido declarado, teniendo en cuenta los criterios señalados en los incisos anteriores. C.- INFORMACIÓN MÍNIMA QUE DEBE CONTENER UNA LISTA DE PRECIOS DE EXPORTACIÓN - Nombre o razón social del proveedor extranjero (emisor de la lista de precios), incluyendo su dirección, teléfono, fax, e-mail, yotros. - Descripción o designación de las mercancías, incluyendo marca, modelo, tipo, códigos y otros. - Unidad de comercialización. - Precio unitario de cada producto. - Condiciones de entrega (Incoterm).- Período de vigencia.- Forma de pago.- Descuentos otorgados (de corresponder).- Comisiones (de corresponder). - Firma de persona autorizada del proveedor extranjero Estas listas de precios deben tener carácter de generalidad, aun cuando sean dirigidas a un cliente en particular. Asimismo,debe contener la totalidad de los productos de la línea de comer-cialización del importador y no solamente los productos de una determinada factura comercial correspondiente a un despacho deimportación objeto de valoración.