Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (19/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 117

TEXTO PAGINA: 76

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G37/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de diciembre de 2003 ripampa, provincia de Jauja, departamento de Junín, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional delos Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condi- ción de Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Ar- queológico mencionado en el Artículo 1º de la presenteResolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patri- monio Cultural de la Nación", deberá contar con la aproba-ción del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridadespolíticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 23575 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 876/INC Lima, 4 de diciembre de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 543, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 34 de fecha 13 de octubre de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno,responsable de la promoción y desarrollo de las manifes- taciones culturales del país y de la conservación del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de-clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artís- tico, así como las manifestaciones culturales, orales y tra- dicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 543, de fecha 13 de octubre de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología re- comienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional deCultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Yumina III, ubicado en el distrito de Saban- día, provincia y departamento de Arequipa; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc- ción de Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídi-cos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Na- cional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Yumina III, ubicado en el distrito de Sabandía, provincia y departamento de Arequipa. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Topográfico Perimétrico y de Ubicación del Sitio Arqueológico Yumina III, de fecha marzo de 2003, a escala 1/2000, con un área de 44.38 hec-táreas y un perímetro de 3662.75 metros lineales, ubicado en el distrito de Sabandía, provincia y departamento de Arequipa. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo-nio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico menciona- do en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patri-monio Cultural de la Nación", deberá contar con la apro- bación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 23577 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 881/INC Lima, 4 de diciembre de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 498, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 31 de fecha 22 de setiembre del 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de lasmanifestaciones culturales del país y de la conservación del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico yartístico, así como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 498, de fecha 22 de setiem- bre de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueolo- gía recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Na- cional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Na-ción al Sitio Arqueológico Pukara, ubicado en el distrito de Santiago de Lucanamarca, provincia de Huancasan- cos, departamento de Ayacucho; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc- ción de Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídi-cos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Na- cional de Cultura y la Resolución Directoral Nacional Nº350/INC de fecha 26 de mayo de 2003 que establece las funciones de la Dirección de Registro y Estudio del Patri- monio Histórico; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción al Sitio Arqueológico Pukará, ubicado en el distrito de Santiago de Lucanamarca, provincia de Huancasan-cos, departamento de Ayacucho. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Ar- queológico Pukara, Cod. PP-0030-INC-DREPH/DRC-2003-UG de fecha 26 de agosto de 2003, a escala 1/2500, con un área de 56.61 hectáreas y un perímetro de 3464.93 metros lineales, ubicado en el distrito de Santiago de Lu-canamarca, provincia de Huancasancos, departamento de Ayacucho, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condi-ción de Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Ar- queológico mencionado en el Artículo 1º de la presen- te Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar oalterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patri- monio Cultural de la Nación", deberá contar con la apro- bación del Instituto Nacional de Cultura.