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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G37/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de diciembre de 2003 - Gran Cancha o Q'aschuanapata - Geoglifo 3 Cerro Colorado - Las Pircas - Campo de Rayas 1 - Cerro Colorado- Plazoleta C. Colorado Campo de Raya 1 - Pueblo II - Geoglifo 4 Cerro Colorado- Campo de Raya Cerro Colorado II - Pueblo III - Plazoleta Babilonia- Estaquería Babilonia - Trapecio Babilonia - Templete Chancadora 2- Plazoleta Chancadora 2 - Plaza Santa María - Plazoleta Santa María y Chullpa- Adoratorio Señal Santa María - Cuello - Huachipa - El Templete - Estanquería- Cerro Diente de León Artículo 2º.- Aprobar el Plano de Delimitación de la Reserva Arqueológica Canto Grande, con un área de 53.93 kilómetros cuadrados y un perímetro de 57.92 kilómetros y el Sitio Arqueológico Cerro Mentira, con un área de 0.13kilómetros cuadrados y un perímetro de 1.47 kilómetros de fecha julio del 2002, a escala 1/20,000, ubicado en el distri- to de San de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Registro y Catastro del Instituto Nacional de Cultura la elaboración de los planos de delimitación de los Sitios Arqueológicos queforman parte de la presente Resolución. Artículo 4º.- Disponer la inscripción en Registros Pú- blicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bie-nes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patri- monio Cultural de la Nación de los Sitios Arqueológicos mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 5º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar oalterar el paisaje de los Sitios Arqueológicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 6º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 23571 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 871/INC Lima, 4 de diciembre de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 497, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 31 de fecha 22 de setiembre de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifes-taciones culturales del país y de la conservación del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de- clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artís-tico, así como las manifestaciones culturales, orales y tra- dicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 497, de fecha 22 de setiem- bre de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al si-guiente Sitio Arqueológico Yarush, ubicado en el distrito de San Francisco de Asís de Yarusyacán, provincia de Cerro de Pasco, departamento de Pasco;Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc- ción de Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídi- cos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del Instituto Na- cional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Yarush, ubicado en el distrito de San Francisco de Asís de Yarusyacán, provincia de Cerro de Pasco, departamento de Pasco. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Ar- queológico Yarush, Cod. PP-0026-INC-DREPH/DRC-2003- UG de fecha 7 de agosto de 2003, a escala 1/300, con unárea de 67.26 hectáreas y un perímetro de 3686.23 metros lineales, ubicado en el distrito de San Francisco de Asís de Yarusyacán, provincia de Cerro de Pasco, departamentode Pasco, con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Des- criptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Pú- blicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bie- nes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patri- monio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico mencio-nado en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patri- monio Cultural de la Nación", deberá contar con la aproba-ción del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridadespolíticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 23572 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 872/INC Lima, 4 de diciembre de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 496, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 31 de fecha 22 de setiembre de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno,responsable de la promoción y desarrollo de las manifes- taciones culturales del país y de la conservación del Patri- monio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de-clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artís- tico, así como las manifestaciones culturales, orales y tra- dicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 496, de fecha 22 de setiem- bre de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacionalde Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Si- tio Arqueológico Gachgar, ubicado en el distrito de Santa Ana de Tusi, provincia de Daniel Alcides Carrión, departa-mento de Pasco; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc-ción de Registro y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídi- cos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Na-