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PÆg. 237951 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de enero de 2003 dose la presencia del Presidente Electo y del quórum reglamentario se dará por iniciada la Sesión. El Presidente, Vicepresidente y los Consejeros, de- berán juramentar sus respectivos cargos para poder ejer-cerlos. Excepcionalmente, el Consejero que no haya sido pro- clamado por autoridad competente, o no haya juramentado el cargo por motivos de fuerza mayor podrá juramentar pre-via aceptación del Pleno del Consejo Regional en sesiónposterior. Artículo 34º .- La Fórmula de Juramento del Presidente Regional será la siguiente: “¿Juráis por Dios, la Patria y la Región Huánuco, desempeñar, fiel y legalmente las funciones de Presidente Regional que os ha confiado el Pueblo?:” al que debe res-ponder “Sí Juro”. Quien le toma juramento dice: “si así lohiciereis, Dios, la Patria y la Región Huánuco os premie, en caso contrario os demande” y le impondrá las insignias establecidas en el presente Reglamento. El Vicepresidente y los Consejeros Regionales cumpli- rán igual solemnidad, individualmente. En caso contrario se le tomará la promesa de cumplir con el cargo para el cual fue elegido. Seguidamente el Presidente Regional les impondrá las insignias señaladas en el presente Reglamento y luego le-vantará la Sesión. DE LA SESIÓN ORDINARIA Artículo 35º.- El Consejo Regional se reúne en sesio- nes ordinarias como mínimo una vez al mes. La Sesiónordinaria tiene las siguientes estaciones: - Lectura y aprobación del Acta de la Sesión anterior; - Despacho; - Informes y pedidos; y- Orden del día. LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA Artículo 36º.- Iniciada la Sesión se procederá confor- me a lo dispuesto en el Artículo 32º del presente Regla-mento. DESPACHO Artículo 37º.- En la Estación de Despacho se dará cuenta al Consejo de la legislación relativa al GobiernoRegional de acuerdo a la jerarquía de la documentaciónconstituida por: - Oficios. - Proyectos de Ordenanzas y Acuerdos. - Informes y Dictámenes de las Comisiones.- Informes de la parte ejecutiva y otros documentos. Artículo 38º.- Leídos los documentos puestos a des- pacho o distribuido su texto a los Consejeros, el Presi- dente o quién haga sus veces ordenará el trámite que se debe dar a cada uno de ellos, pasando a Orden del Díalos asuntos que requieran debate o pronunciamiento delConsejo. El autor o autores de informes y/o dictámenes de co- misiones fundamentarán su propuesta en un tiempo que no excederá los cinco minutos. Artículo 39º .- Leídos los proyectos de Ordenanzas Regionales, Acuerdos, se someterá a Votación la Admi-sión a Debate. Admitido el debate, pasará a informe de laComisión correspondiente. Cuando la naturaleza o urgen-cia del caso asi lo requiera el Consejo podrá dispensar el trámite de Comisión, no podrá dispensarse el trámite de Comisión de Planificación Presupuesto, Asuntos Lega-les y Economía. Artículo 40º .- Los Proyectos que cuenten con informes o dictámenes de Comisión con firmas completas o hayansido dispensados del trámite de dictamen de Comisión, pasarán a orden del Día para su discusión y votación. Artículo 41 º.- El plazo para que las Comisiones eva- cuen sus informes y/o dictámenes es de quince días há-biles contados a partir del día siguiente en que se le en-tregó el encargo por parte del Consejo Regional, bajo responsabilidad. INFORMES Y PEDIDOSArtículo 42º .- En la estación de informes y pedidos los Consejeros podrán dar cuenta de los asuntos que en rela- ción a sus funciones y atribuciones le señala la Ley Orgá-nica de los Gobiernos Regionales, consideren que debanser puestos en conocimiento del Consejo y formular lospedidos que estimen por conveniente, sobre asuntos querequieran el pronunciamiento inmediato del Consejo. El Secretario anotará el nombre de los Consejeros que soliciten el uso de la palabra para efectuar informes o for-mulen pedidos de acuerdo a la indicación del Presidente yen estricto orden. Artículo 43º .- Los informes o pedidos, deberán ser bre- ves y concretos y no excederán de 05 minutos, de acuerdo a su importancia o en el caso que se origine debate, la sesión de Consejo dispondrá que pasen a orden del día.Cuando se trate de informes o dictámenes de una Comi-sión, lo sustentará el Presidente o el Consejero designadopor él. Si hubiese dictamen en minoría lo sustentará quiénlo suscriba. Artículo 44º .- Los Consejeros podrán también presen- tar los pedidos por escrito a través de Secretaría del Con-sejo Regional. Artículo 45º .- Los asuntos que por su naturaleza re- quieran de conocimiento de antecedentes, informes técni-cos o versen sobre materia contenciosa pasarán a informe de Comisión. Esta estación no admite debate y durará 30 minutos. ORDEN DEL DÍAArtículo 46º .- En orden del Día se debatirá y votará sólo los asuntos señalados en la Agenda y los que durante la Sesión hubieran pasado a esta estación. El Presidente señalará el orden en que se debatirán de acuerdo a su naturaleza y urgencia. Artículo 47º .- Durante la Orden del Día, los Conseje- ros fundamentarán sus dictámenes o pedidos para formu- lar aclaraciones o responder preguntas sobre ellos. Si los autores fueran más de tres designarán a uno para que losustente La intervención de los Consejeros se referirá solamen- te a los asuntos en debate y no se permitirá el dialogo en-tre los Consejeros, quienes se dirigirán al Presidente o a quién haga sus veces. Artículo 48º .- Ninguna intervención excederá de cinco minutos, salvo la primera del ponente que durará diez mi-nutos, sin embargo si la naturaleza del asunto lo hicieranecesario el Presidente puede autorizar al Consejero quelo solicitara, un tiempo adicional de cinco minutos. Artículo 49º .- El Presidente evitará que el debate deri- ve en asuntos diferentes a los que se está tratando, asi-mismo podrá dar por agotado el debate si considerase queel asunto ha sido suficientemente analizado. Artículo 50º .- Se podrá presentar por escrito mocio- nes de Orden del Día exclusivamente relacionadas con los asuntos que son de competencia del Consejo Regio- nal, las mismas que requieren de fundamentación, sin lacual no se dará trámite. Las mociones de orden, son propuestas mediante las cuales el Consejero Regional ejerce su derecho de pedir alConsejo Regional que adopte acuerdos sobre asuntos im- portantes para los intereses de la Región y las relaciones con el Gobierno Regional en su conjunto. Se presenta ante la Secretaría del Consejo Regional y procede en el caso de pedido de censura a los GerentesRegionales. CUESTIONES DE ORDEN Artículo 51º.- En cualquier momento del debate, con excepción de aquel en el que se desarrolla la votación, losConsejeros pueden plantear una cuestión de orden, a efectode llamar la atención sobre la correcta interpretación y aplicación del Reglamento del Consejo. Deben citar el artículo o los artículos materia en cuestión. El Presiden-te concederá un máximo de dos minutos para plantearlay de inmediato la someterá sin debate a votación. En