Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2003 (25/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, sabado 25 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 237945

Articulo 2º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 01455 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 018/INC MORDAZA, 14 de enero de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 534, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 25, de fecha 10 de octubre de 2002; y, CONSIDERANDO:

"Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 01456

Rectifican ubicacion del Sitio Arqueologico Tingo, situado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 016/INC MORDAZA, 14 de enero de 2003 VISTO, el Oficio Nº 150-2002-DDCJ-PAJ/D, de fecha 30 de octubre del 2002, presentado por la Arqueologa MORDAZA MORDAZA Vizurraga, Directora Departamental de Cultura MORDAZA, y; CONSIDERANDO:

Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante Acuerdo Nº 534, de fecha 10 de octubre de 2002, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura la aprobacion del Plano de Delimitacion de la MORDAZA Arqueologica Cerro MORDAZA, lamina H-01, de fecha 20 de junio del 2002, a escala 1/500, con un area de 2,008.75 metros cuadrados y un perimetro de 15,573.30 metros lineales, ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Con las visaciones de la Direccion Ejecutiva, Direccion General de Patrimonio Arqueologico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 0042000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plano de Delimitacion de la MORDAZA Arqueologica Cerro MORDAZA, lamina H-01, de fecha 20 de junio del 2002, a escala 1/500, con un area de 2,008.75 metros cuadrados y un perimetro de 15,573.30 metros lineales, ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de la MORDAZA Arqueologica Cerro MORDAZA mencionada en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de la MORDAZA Arqueologica declarada

Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 918/ INC de fecha 26 de setiembre del 2002, se declaro Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico "Tingo", ubicado en el distrito de Ahuac, provincia de Jauja, departamento de Junin; Que, de acuerdo a las observaciones senaladas en el Oficio Nº 150-2002-DDCJ-PAJ/D de fecha 30 de octubre del 2002, mediante el cual la Arqueologa MORDAZA MORDAZA Vizurraga, Directora Departamental de Cultura MORDAZA, se rectifica dicha ubicacion, siendo la correcta distrito de Ricran, provincia de Jauja, departamento de Junin; Que, mediante Acuerdo Nº 604 de fecha 26 de noviembre de 2002, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda rectificar la ubicacion del Sitio Arqueologico Tingo, ubicado en el distrito de Ricran, provincia de Jauja, departamento de Junin; Que, el inciso 1º del Articulo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Con las visaciones de la Direccion Ejecutiva, Direccion General de Patrimonio Arqueologico, y Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar la ubicacion del Sitio Arqueologico Tingo, declarado Patrimonio Cultural de la Nacion mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 918/INC de fecha 26 de setiembre del 2002, debiendo decir: Sitio Arqueologico Tingo, ubicado en el distrito de Ricran, provincia de Jauja, departamento de Junin. Articulo 2º.- Ratificar los demas extremos de la Resolucion Directoral Nacional Nº 918/INC, de fecha 26 de setiembre de 2002. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 01454

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