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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2003 (25/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 57

PÆg. 237947 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º del Texto Único de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre-to Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que toda entidaddel Estado debe elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupues-tal, así como el monto del presupuesto requerido; Que, el Artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones será aprobado por el titular del pliego o la máxima autoridad administrativa, se-gún corresponda, dentro de los treinta (30) días naturalessiguientes de aprobado el Presupuesto Institucional; En uso de las facultades conferidas por el inciso j) del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, "Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públi- cos" y con la visación de la Gerencia de Administración yFinanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Superintendencia Nacional de losRegistros Públicos - SUNARP, para el Ejercicio Presu-puestal del año 2003, que como anexo adjunto forma partede la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones aprobado por el artículo anterior sea publicado en el Diario Oficial El Peruano dentro de losdiez (10) días hábiles siguientes y puesto a disposición delos interesados en el Área de Logística de la Gerencia deAdministración y Finanzas. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERMANN RICARDO MONTALVÁN PÉRRIGGO Gerente General 01397 SUNAT Autorizan contratación de estudio de abogados mediante proceso de adju-dicación de menor cuantía RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 021-2003/SUNAT Lima, 24 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que lascontrataciones de servicios personalísimos se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación, Concurso Públi- co o Adjudicaciones Directas, procediendo su contrata-ción mediante una adjudicación de menor cuantía y de-biendo aprobarse tales exoneraciones según lo estable-cido en el artículo 20º de dicho Texto; Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111º del Reglamento del citado Texto Único Ordenado (apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM) procededicha exoneración en el caso de los contratos de loca-ción de servicios para cuya celebración se tenga en cuen-ta, como requisito esencial, a la persona del locador, yasea por sus características inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesión, cien- cia, arte u oficio; Que en los artículo 105º y 116º del referido Reglamen- to se establecen los procedimientos a que deben someter-se tales contrataciones, precisándose que deberá indicar-se en la resolución exoneratoria el órgano que se encar-gará de llevar a cabo la contratación y que, una vez apro- bada la exoneración, la contratación deberá realizarse me-diante acciones inmediatas sobre la base de la obtenciónde una cotización que cumpla con los requisitos estable-cidos en las Bases; Que esta Superintendencia requiere contratar los ser- vicios profesionales de un Estudio de Abogados que la patrocine, en primera y segunda instancia judicial, en seisprocesos civiles y constitucionales en razón a los montosdemandados, así como el impacto fiscal de las normas cuyainaplicabilidad se pretende; Que asimismo se requiere suscribir un nuevo contrato para contar con el patrocinio en segunda instancia judicial en once procesos judiciales cuya defensa fue asumida enprimera instancia por el Estudio Ferrero Abogados S.C.R.L.,en virtud de la Resolución de Superintendencia Nº 004-2002/SUNAT; Que a través del Informe Técnico Nº 009-2003-SUNAT- 2B0000, la Intendencia Nacional Jurídica de esta Superin- tendencia opina que los servicios a contratar serán presta-dos por el Estudio Ferrero Abogados S.C.R.L., profesiona-les de reconocida trayectoria con especialidad, entre otras,en Derecho Civil, Constitucional y Derecho Procesal Civil,detallándose en los Anexos Nº 1 y Nº 2 de dicho Informe los procesos materia de contratación; Que a través del Informe Legal Nº 002-2003-2B2300, la División Jurídica Administrativa de esta Superintendenciaopina que los servicios a contratar califican como servi-cios personalísimos; Que lo expuesto en los citados Informes, justifica técni- ca y legalmente la contratación del servicio especializado mediante la exoneración de los procesos de selección an-tes señalados, cumpliéndose así con lo estipulado en elartículo 113º del mencionado Reglamento; En uso de las facultades conferidas en el inciso u) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección correspondiente para la contratación del servi-cio personalísimo del Estudio Ferrero Abogados S.C.R.L.;y, consecuentemente, autorizar a la Intendencia Nacionalde Administración a contratar mediante Adjudicación de Menor Cuantía dicho servicio. Artículo 2º.- El valor referencial del servicio a contratar asciende a US$ 139,287.20 (Ciento treinta y nueve mil dos-cientos ochenta y siete y 20/100 Dólares Americanos) in-cluido el IGV y los gastos a que hubiere lugar. Artículo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administración remita copia de la presente Resolución y de los informes que sustentan esta exoneración a la Con-traloría General de la República, dentro de los 10 días ca-lendario siguientes a la fecha de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 01487 GOBIERNOS REGIONALES Aprueban el Reglamento Interno del Consejo Regional de HuÆnuco GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2003-GRH/CR Huánuco, 15 de enero de 2003 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO DE LA REGIÓN HUÁNUCO POR CUANTO: El Consejo Regional de Huánuco, en Sesión Extraor- dinaria de fecha nueve de enero del 2003, con los apor-