Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2003 (25/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 25 de enero de 2003

Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 317/ INC de fecha 19 de MORDAZA del 2002 se declaro Patrimonio Cultural de la Nacion a los Sitios Arqueologicos de: Quebrada Honda 1, Quebrada Honda 2, Quebrada Honda 3, Quebrada Honda 4, Cerro Pajonal, Cerro Negro, Cerro Apacheta, ubicados en el distrito de Yarabamba, provincia y departamento de Arequipa. Que, mediante Acuerdo Nº 531, de fecha 1 de octubre de 2002, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura la aprobacion de los siguientes Planos: - Plano Topografico, Perimetrico y de Ubicacion del Complejo Arqueologico Quebrada Honda I, de fecha MORDAZA del 2002, a escala 1/1000, con un area de 3.06 hectareas y un perimetro de 673.83 metros lineales, ubicado en el distrito de Yarabamba, provincia y departamento de MORDAZA, con su respectiva Memoria Descriptiva. - Plano Topografico, Perimetrico y de Ubicacion del Complejo Arqueologico Quebrada Honda II, de fecha MORDAZA del 2002, a escala 1/1000, con un area de 5.43 hectareas y un perimetro de 947.92 metros lineales, ubicado en el distrito de Yarabamba, provincia y departamento de MORDAZA, con su respectiva Memoria Descriptiva. - Plano Topografico, Perimetrico y de Ubicacion del Complejo Arqueologico Quebrada Honda III, de fecha MORDAZA de 2002, a escala 1/750, con un area de 1.84 hectareas y un perimetro de 562.96 metros lineales, ubicado en el distrito de Yarabamba, provincia y departamento de MORDAZA, con su respectiva memoria Descriptiva. - Plano Topografico, Perimetrico y de Ubicacion del Complejo Arqueologico Quebrada Honda IV, de fecha MORDAZA del 2002, a escala 1/1000, con un area de 2.87 hectareas y un perimetro de 649.61 metros lineales, ubicado en el distrito de Yarabamba, provincia y departamento de MORDAZA, con su respectiva Memoria Descriptiva. Con las visaciones de la Direccion Ejecutiva, Direccion General de Patrimonio Arqueologico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion, Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y la Resolucion Suprema Nº 004-2000ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los siguientes planos: - Plano Topografico, Perimetrico y de Ubicacion del Complejo Arqueologico Quebrada Honda I, de fecha MORDAZA del 2002, a escala 1/1000, con un area de 3.06 hectareas y un perimetro de 673.83 metros lineales, ubicado en el distrito de Yarabamba, provincia y departamento de MORDAZA, con su respectiva Memoria Descriptiva. - Plano Topografico, Perimetrico y de Ubicacion del Complejo Arqueologico Quebrada Honda II, de fecha MORDAZA del 2002, a escala 1/1000, con un area de 5.43 hectareas y un perimetro de 947.92 metros lineales, ubicado en el distrito de Yarabamba, provincia y departamento de MORDAZA, con su respectiva Memoria Descriptiva. - Plano Topografico, Perimetrico y de Ubicacion del Complejo Arqueologico Quebrada Honda III, de fecha MORDAZA de 2002, a escala 1/750, con un area de 1.84 hectareas y un perimetro de 562.96 metros lineales, ubicado en el

distrito de Yarabamba, provincia y departamento de MORDAZA, con su respectiva memoria Descriptiva. - Plano Topografico, Perimetrico y de Ubicacion del Complejo Arqueologico Quebrada Honda IV, de fecha MORDAZA del 2002, a escala 1/1000, con un area de 2.87 hectareas y un perimetro de 649.61 metros lineales, ubicado en el distrito de Yarabamba, provincia y departamento de MORDAZA, con su respectiva Memoria Descriptiva. Articulo 2º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de los Complejos Arqueologicos mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Complejos Arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 01453 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 017/INC MORDAZA, 14 de enero de 2003 VISTO, el Acuerdo Nº 563, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia en su Sesion Nº 27 de fecha 29 de octubre del 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar el Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante Acuerdo Nº 563, de fecha 29 de octubre de 2002, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura aprobar el Plano de Delimitacion del Sitio Arqueologico El Mirador, de fecha setiembre del 2002, a escala 1/500, con un area de 18,226.74 metros cuadrados y un perimetro de 858.79 metros lineales, ubicado en el distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; Con las visaciones de la Direccion Ejecutiva, Direccion General de Patrimonio Arqueologico y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 004-2000ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plano de Delimitacion del Sitio Arqueologico El Mirador, de fecha setiembre del 2002, a escala 1/500, con un area de 18,226.74 metros cuadrados y un perimetro de 858.79 metros lineales, ubicado en el distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica.

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