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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2003 (27/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 9

PÆg. 238019 NORMAS LEGALES Lima, lunes 27 de enero de 2003 El Secretario Comisión de los Recursos Genéticos para la Alimentación y la Agricultura Oficina del Subdirector General, Departamento de Agricultura Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación Vía delle Terme di Caracalla 00100 Roma, Italia Fax: (+39) 06 57053057 Correo electrónico: jose.esquinas@fao.org http://www.fao.org/ag/cgrfa TRATADO INTERNACIONAL SOBRE LOS RECURSOS FITOGENÉTICOS PARA LA ALIMENTACIÓN Y LA AGRICULTURA PREÁMBULO Las Partes Contratantes, Convencidas de la naturaleza especial de los recur- sos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura, suscaracterísticas distintivas y sus problemas, que requierensoluciones específicas; Alarmadas por la constante erosión de estos recur- sos; Conscientes de que los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura son motivo de preocupación común para todos los países, puesto que todos depen- den en una medida muy grande de los recursos fitogené-ticos para la alimentación y la agricultura procedentes deotras partes; Reconociendo que la conservación, prospección, re- colección, caracterización, evaluación y documentación de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura son esenciales para alcanzar los objetivos dela Declaración de Roma sobre la Seguridad AlimentariaMundial y el Plan de Acción de la Cumbre Mundial sobrela Alimentación y para un desarrollo agrícola sosteniblepara las generaciones presente y futuras, y que es nece- sario fortalecer con urgencia la capacidad de los países en desarrollo y los países con economía en transición afin de llevar a cabo tales tareas; Tomando nota de que el Plan de acción mundial para la conservación y la utilización sostenible de los recursos fito-genéticos para la alimentación y la agricultura es un marco convenido internacionalmente para tales actividades; Reconociendo asimismo que los recursos fitogenéti- cos para la alimentación y la agricultura son la materiaprima indispensable para el mejoramiento genético de loscultivos, por medio de la selección de los agricultores, elfitomejoramiento clásico o las biotecnologías modernas, y son esenciales para la adaptación a los cambios impre- visibles del medio ambiente y las necesidades humanasfuturas; Afirmando que la contribución pasada, presente y fu- tura de los agricultores de todas las regiones del mundo,en particular los de los centros de origen y diversidad, a la conservación, mejoramiento y disponibilidad de estos re- cursos constituye la base de los Derechos del agricultor; Afirmando también que los derechos reconocidos en el presente Tratado a conservar, utilizar, intercambiar y ven-der semillas y otro material de propagación conservadosen las fincas y a participar en la adopción de decisiones y en la distribución justa y equitativa de los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos fitogenéticos parala alimentación y la agricultura es fundamental para la apli-cación de los Derechos del agricultor, así como para supromoción a nivel nacional e internacional; Reconociendo que el presente Tratado y otros acuer- dos internacionales pertinentes deben respaldarse mu- tuamente con vistas a conseguir una agricultura y unaseguridad alimentaria sostenibles; Afirmando que nada del presente Tratado debe inter- pretarse en el sentido de que represente cualquier tipo decambio en los derechos y obligaciones de las Partes Con- tratantes en virtud de otros acuerdos internacionales; Entendiendo que lo expuesto más arriba no pretende crear una jerarquía entre el presente Tratado y otros acuer-dos internacionales;Conscientes de que las cuestiones relativas a la or- denación de los recursos fitogenéticos para la alimen-tación y la agricultura están en el punto de confluenciaentre la agricultura, el medio ambiente y el comercio, y convencidas de que debe haber sinergia entre estos sectores; Conscientes de su responsabilidad para que con las generaciones presente y futuras en cuanto a la conserva-ción de la diversidad mundial de los recursos fitogené-ticos para la alimentación y la agricultura; Reconociendo que, en el ejercicio de sus derechos soberanos sobre los recursos fitogenéticos para la ali-mentación y la agricultura, los Estados pueden benefi-ciarse mutuamente de la creación de un sistema multi-lateral eficaz para la facilitación del acceso a una se-lección negociada de estos recursos y para la distribu- ción justa y equitativa de los beneficios que se deriven de su utilización; y, Deseando concluir un acuerdo internacional en el marco de la Organización de las Naciones Unidas para laAgricultura y la Alimentación, denominada en adelante laFAO, en virtud del Artículo XIV de la Constitución de la FAO; Han acordado lo siguiente: PARTE I - INTRODUCCIÓN Artículo 1 - Objetivos 1.1 Los objetivos del presente Tratado son la conser- vación y la utilización sostenible de los recursos fitogené-ticos para la alimentación y la agricultura y la distribuciónjusta y equitativa de los beneficios derivados de su utiliza- ción en armonía con el Convenio sobre la Diversidad Bio- lógica, para una agricultura sostenible y la seguridad ali-mentaria. 1.2 Estos objetivos se obtendrán vinculando estrecha- mente el presente Tratado a la Organización de las Nacio-nes Unidas para la Agricultura y la Alimentación y al Con- venio sobre la Diversidad Biológica. Artículo 2 - Utilización de términos A efectos del presente Tratado, los términos que si- guen tendrán el significado que se les da a continuación. Estas definiciones no se aplican al comercio de produc- tos básicos. Por "conservación in situ" se entiende la conservación de los ecosistemas y los hábitats naturales y el manteni-miento y recuperación de poblaciones viables de espe- cies en sus entornos naturales y, en el caso de las espe- cies domesticadas y cultivadas, en los entornos en quehayan desarrollado sus propiedades específicas. Por "conservación ex situ" se entiende la conservación de los recursos fitogenéticos para la alimentación y laagricultura fuera de su hábitat natural. Por "recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura" se entiende cualquier material genético deorigen vegetal de valor real o potencial para la alimenta-ción y la agricultura. Por "material genético" se entiende cualquier material de origen vegetal, incluido el material reproductivo y de propagación vegetativa, que contiene unidades funciona- les de la herencia. Por "variedad" se entiende una agrupación de plantas dentro de un taxón botánico único del rango más bajoconocido, que se define por la expresión reproducible desus características distintivas y otras de carácter genéti- co. Por "colección ex situ" se entiende una colección de recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricul-tura que se mantiene fuera de su hábitat natural. Por "centro de origen" se entiende una zona geográfi- ca donde adquirió por primera vez sus propiedades distinti- vas una especie vegetal, domesticada o silvestre. Por "centro de diversidad de los cultivos" se entiende una zona geográfica que contiene un nivel elevado de di-versidad genética para las especies cultivadas en condi-ciones in situ. Artículo 3 - Ámbito El presente Tratado se refiere a los recursos fitogené- ticos para la alimentación y la agricultura.