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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2003 (06/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 52

PÆg. 247666 NORMAS LEGALES Lima, domingo 6 de julio de 2003 Reglamento de Información Confidencial: Regla- mento para la determinación, ingreso, registro y resguar-do de la información confidencial presentada ante OSIP-TEL, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº049-2001-CD/OSIPTEL y sus modificatorias. Servicio Público de Telecomunicaciones: Actividad comprendida bajo los alcances del Artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC. TÍTULO II Reglas aplicables a los Procedimientos de Fijación o Revisión de Cargos de Interconexión Tope Artículo 5º.- Tipos de procedimientos Los procedimientos de fijación o revisión de cargos de interconexión tope podrán iniciarse: (i) De oficio, por iniciativa de OSIPTEL, sujetándose al procedimiento establecido en el Artículo 7º siguiente;o (ii) A solicitud de una empresa operadora, sujetándo- se al procedimiento establecido en el Artículo 8º siguien-te. Artículo 6º.- Condiciones para el inicio del proce- dimiento de revisión de cargos de interconexión tope El procedimiento de revisión de cargos de interco- nexión tope, de oficio o a solicitud de parte, sólo podráiniciarse luego de transcurridos por lo menos dos (2) añosdesde la fecha de entrada en vigencia de los respectivoscargos. Excepcionalmente, OSIPTEL podrá evaluar y, de con- siderarlo pertinente, determinar el inicio del procedimiento de revisión de cargos de interconexión tope antes del pla-zo establecido en el párrafo anterior, mediante resolu-ción de Consejo Directivo, en los siguientes casos: 1. Cuando se trate de cargos de interconexión tope que hayan sido fijados exclusivamente a través de meca- nismos de comparación internacional; 2. En los demás casos, cuando se verifique la exis- tencia de importantes variaciones en los costos de lasempresas operadoras. Artículo 7º.- Procedimiento de oficio 1. El Consejo Directivo emitirá una resolución dando inicio al procedimiento de oficio, cuando lo considere per-tinente de acuerdo al informe técnico emitido por la Ge-rencia de Políticas Regulatorias que recomienda el inicio del procedimiento de oficio. Dicha resolución será publi- cada en la página web de OSIPTEL y notificada a la o lasempresas operadoras involucradas. La Resolución esta-blecerá el plazo en el que la o las empresas operadorasnotificadas presentarán su propuesta de cargos de inter-conexión tope conjuntamente con el estudio de costos de los distintos elementos que están comprendidos en cada instalación o servicio de interconexión de que setrate, incluyendo el sustento técnico-económico de lossupuestos, parámetros, bases de datos y cualquier otrainformación utilizada en su estudio. El plazo que se esta-blezca para dicho efecto, no será menor de cuarenta (40) ni mayor de noventa (90) días. 2. La Gerencia de Políticas Regulatorias presentará a la Gerencia General un informe técnico en el que se ana-lice la propuesta de la empresa operadora, de ser el caso,y se sustente la propuesta de fijación o revisión de car-gos de interconexión, incluyendo el proyecto normativo correspondiente. Este informe será emitido dentro del plazo de noventa (90) días, computados desde el día si-guiente de la fecha de entrega del estudio de costos dela empresa operadora o de la fecha de vencimiento delplazo otorgado a dicha empresa para su presentación, loque ocurra primero. 3. La Gerencia General contará con un plazo de quin- ce (15) días, computados a partir del día siguiente de lafecha de recepción del informe técnico y propuesta nor-mativa de la Gerencia de Políticas Regulatorias, para eva-luarlos y, de ser el caso, remitirlos al Consejo Directivo. 4. El Consejo Directivo contará con un plazo de quince (15) días, computados a partir del día siguiente de la fe-cha de recepción del informe técnico y proyecto normati- vo, para evaluarlos y, de ser el caso, emitir la Resoluciónque disponga su publicación en el Diario Oficial El Perua-no. La Resolución correspondiente establecerá el plazopara la recepción de comentarios de los interesados, dis-poniendo igualmente la convocatoria a una audiencia pú- blica, así como la publicación en la página web de OSIP- TEL de los informes, estudios y modelos económicos queconstituyan el sustento del proyecto normativo. 5. El plazo para la presentación de los comentarios no podrá ser menor a veinte (20) días, computados apartir de la fecha de publicación del proyecto normativo. 6. La audiencia pública se llevará cabo con posteriori- dad al vencimiento del plazo que se establezca para larecepción de comentarios y antes de la emisión de laResolución definitiva. En la audiencia pública se expon-drán los criterios, metodología, informes, estudios y mo-delos económicos que constituyan el sustento del pro- yecto normativo. 7. La Gerencia de Políticas Regulatorias se encarga- rá del procesamiento y análisis de los comentarios quese presenten, sobre la base de cuyos resultados presen-tará a la Gerencia General el informe técnico sustentan-do la propuesta final sobre fijación o revisión de cargos de interconexión tope y el proyecto normativo correspon- diente. Este informe será emitido dentro del plazo de trein-ta (30) días, computados a partir del día siguiente de lafecha de vencimiento del plazo para la recepción de co-mentarios. 8. La Gerencia General contará con un plazo de quin- ce (15) días, computados a partir del día siguiente de la fecha de recepción del informe técnico y propuesta nor-mativa final de la Gerencia de Políticas Regulatorias, paraevaluarlos y, de ser el caso, remitirlos al Consejo Directi-vo. 9. El Consejo Directivo contará con un plazo de quin- ce (15) días, computados a partir del día siguiente de la fecha de recepción del informe técnico y proyecto nor-mativo, para evaluarlos y, de ser el caso, emitir la resolu-ción definitiva que establezca los cargos de interconexióntope correspondientes o que decida no establecerlos. Artículo 8º.- Procedimiento a solicitud de una em- presa operadora 1. La empresa operadora que solicite a OSIPTEL la fijación o revisión de cargos de interconexión tope, pre-sentará dicha solicitud por escrito, debiendo incluir, ne- cesariamente, su propuesta de cargos de interconexión tope, conjuntamente con el estudio de costos de los dis-tintos elementos que están comprendidos en cada insta-lación o servicio de interconexión de que se trate, inclu-yendo también el sustento técnico-económico de los su-puestos, parámetros, bases de datos y cualquier otra in- formación utilizada en su estudio. 2. A partir de la fecha en que se determine- mediante carta de Gerencia General- que la solicitud cumple conlos requisitos señalados en el numeral precedente, OSIP-TEL la evaluará y emitirá un pronunciamiento respecto ala pertinencia del inicio del procedimiento de fijación o de revisión, dentro del plazo de sesenta (60) días. El Con- sejo Directivo emitirá la resolución correspondiente lue-go de recibido el respectivo informe técnico de la Geren-cia de Políticas Regulatorias con el visto de la GerenciaGeneral. Dicha resolución será publicada en la páginaweb de OSIPTEL y notificada a la o las empresas opera- doras involucradas. 3. A partir del día siguiente de la fecha de emisión de la resolución que determine la pertinencia del inicio delprocedimiento de fijación o de revisión, la Gerencia dePolíticas Regulatorias contará con un plazo de noventa(90) días para evaluar y presentar a la Gerencia General un informe técnico en el que se analice la propuesta de la empresa operadora y se sustente la propuesta de di-cha Gerencia sobre la fijación o revisión de cargos deinterconexión tope, incluyendo el proyecto normativo co-rrespondiente. 4. La Gerencia General contará con un plazo de quin- ce (15) días, computados a partir del día siguiente de la fecha de recepción del informe técnico y propuesta nor-mativa de la Gerencia de Políticas Regulatorias, para eva-luarlos y, de ser el caso, remitirlos al Consejo Directivo.