Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2003 (06/07/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2003

ca existente, los montos factibles de estos financiamientos a ser autorizados a SEDAPAL por ano equivalen a aproximadamente 40 millones de dolares. Asi, las inversiones de 2003, 2004 y 2005 serian del orden de 330, 362 y 328 millones de soles respectivamente, los que representan en promedio un incremento de aproximadamente 30% sobre la inversion realizada en el 2002. Asimismo, el aporte con recursos propios al programa de inversiones estaria resultando equivalente a aproximadamente el 30% del total de ingresos por la venta de agua y alcantarillado previstos. Durante el ano 2002 se han ejecutado inversiones financiadas con recursos propios por el equivalente al 15% de estos ingresos. MONTO ANUAL DE INVERSION ESTIMADO EN FUNCION A LA CAPACIDAD FINANCIERA DE SEDAPAL (En millones de nuevos soles) 2003 Inversion con recursos propios 187.6 Endeudamiento externo 142.4 TOTAL 330.0 2004 2005 218.0 184.0 144.0 144.0 362.0 328.0

El Grupo de Trabajo concluye que, dada la situacion economica de SEDAPAL, la aplicacion del incremento de 5,6% de las tarifas no sera suficiente para que realice las inversiones programadas y cumpla las metas a las que se ha comprometido. Por ello, el Grupo de Trabajo recomienda que el Consejo Directivo de la SUNASS exija a SEDAPAL la adopcion de determinadas condiciones (mencionadas en el numeral 2.3 de la presente resolucion) destinadas a asegurar el cumplimiento de las metas, de lo contrario, el incremento no tendria efecto alguno. 2.3 RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 0062003-SUNASS-CD. Luego de la revision y evaluacion de los informes elaborados por la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion y, en especial, el del Grupo de Trabajo; el Consejo Directivo de la SUNASS aprecio que la situacion general de SEDAPAL, mas que un incremento de sus tarifas exige la adopcion de medidas que aseguren alcanzar mayor eficiencia en la gestion de la empresa, lo que a su vez le permitira cumplir con sus metas. En este orden de ideas, el Consejo Directivo, coincidiendo con las recomendaciones del Grupo de Trabajo contenidas en el informe denominado "Evaluacion del Incremento de Tarifas previsto en la Formula Tarifaria de SEDAPAL", acordo condicionar la aplicacion del incremento de 5,6% previsto en las formulas tarifarias. Es por ello que el Consejo Directivo emitio la Resolucion de Consejo Directivo Nº 006-2003-SUNASS-CD6 mediante la cual determino que la autorizacion para aplicar el incremento tarifario de 5,6% -aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 228-2000-SUNASSestaba sujeta a que SEDAPAL realice previamente, y en el plazo MORDAZA de 60 dias calendario, las siguientes acciones: a) Suscripcion de un Convenio de Gestion en el que SEDAPAL se obligue a cumplir como minimo con las condiciones propuestas en el documento "Evaluacion del Incremento de Tarifas previsto en la Formula Tarifaria de SEDAPAL", las mismas que se detallan en el cuadro Nº 1.

Para contar con el programa de inversiones reajustado a los montos anuales MORDAZA mencionados, el Grupo de Trabajo recomienda que SEDAPAL haga llegar informacion detallada del programa de inversiones de acuerdo con un formato previamente establecido por la Gerencia de Regulacion Tarifaria. c) El Grupo de Trabajo considera que la situacion financiera de SEDAPAL para los proximos tres anos, aun con el incremento de tarifas de 5,6%, no es solida. Si tuviera que pagar dividendos al FONAFE, la empresa cerraria el ano 2005 con saldo negativo de caja. En el mejor de los casos, es decir sin pago de dividendos, el saldo final de MORDAZA apenas cubriria un mes de operaciones en un sector donde lo adecuado es que MORDAZA por lo menos tres meses. Por esta razon, se requiere que la empresa se maneje con una relacion de trabajo que disminuya progresivamente hasta por lo menos 0,58, de suerte tal que al concluir el ano 2005 SEDAPAL tenga un saldo de MORDAZA de por lo menos 53 millones de nuevos soles.

b) MORDAZA del programa de inversiones reajustado a los montos resultantes de la evaluacion realizada por la SUNASS y bajo el MORDAZA formato definido por la Gerencia de Regulacion Tarifaria, eliminando toda inversion en aumento de produccion y tratamiento de agua, a excepcion de la perforacion de pozos. c) MORDAZA de la programacion fisica financiera de las principales licitaciones del ano 2003. d) MORDAZA del programa de instalacion de aproximadamente 11 mil medidores a usuarios comerciales, industriales y estatales para llegar a una cobertura del 100% de medicion a estas categorias de usuarios. e) MORDAZA de un flujo de MORDAZA proyectado para el ano 2003 de acuerdo con el formato preparado por la Gerencia de Regulacion Tarifaria que se alcanzara a la empresa solicitante.

2.4 VERIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LA RESOLUCION Nº 006-2003-SUNASS-CD. SEDAPAL hizo llegar a SUNASS la Carta Nº 664-2003-GG -recibida el dia 5 de junio del 2003- adjuntando una contrapropuesta de Convenio de Gestion asi como el "Programa de Inversiones 2003-2005 reajustado de acuerdo con las indicaciones de la SUNASS" (sic), programacion fisica y financiera de las principales licitaciones del ano 2003, "Programa de Instalacion de 11 000 medidores a usuarios comerciales, industriales y estatales" (sic), flujo de MORDAZA proyectado para el ano 2003. Mediante Oficio Nº 447-2003/SUNASS-030 -recibido por SEDAPAL el 9 de junio-, la SUNASS solicito a esta que presente el Programa de Inversiones 2003-2005 en
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Resolucion notificada a SEDAPAL el 16 de MORDAZA de 2003.

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