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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2003 (07/07/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 76

PÆg. 247802 NORMAS LEGALES Lima, lunes 7 de julio de 2003 “Para establecer los cargos por defecto, y en su caso, de acuerdo a la ley, establecer mandatos o resolver una controversia, se aplicará el Reglamento de Interconexión, para lo cual se obtendrá la información sobre la base de: a. La información de costos, proporcionados por las empresas. b. En tanto y en la medida que no sea posible lo prime- ro, para el establecimiento de los cargos, se utilizarán me- canismos de comparación internacional, tomando en cuenta las mejores prácticas de la región, adaptada a la realidad de Perú. c. Como complemento podrá considerarse también la simulación de una empresa eficiente, que recoja los pará- metros de la realidad peruana.” Teniendo en cuenta tal lineamiento y considerando que TELEFÓNICA no ha brindado toda la información solicita-da desde julio de 2002 ni ha presentado su Modelo de Cos-tos de Facturación y Recaudación dentro del plazo que lefuera otorgado, OSIPTEL, haciendo uso de sus facultades,ha decidido determinar el cargo de Facturación y Recau-dación aplicable al presente Mandato de Interconexión,basándose en la comparación internacional, el mismo queserá aplicado a las llamadas de larga distancia que reali-cen los usuarios de TELEFÓNICA, haciendo uso de losservicios de larga distancia que brinda AT&T en la modali-dad de llamada por llamada. 4.4. COMPARACIÓN INTERNACIONAL DE CARGOS POR FACTURACIÓN Y RECAUDACIÓN En su carta de comentarios TELEFÓNICA presentó al- gunas observaciones. Los comentarios relevantes se re-producen a continuación: (i) “(…) es necesario tener presente que las realidades de estos países no concuerdan con la realidad peruana; en Chile y Colombia que son los países más cercanos al nuestro y quizás con una realidad sólo algo parecida a la nuestra, tienen mercados de telecomunicaciones más ma- duros y que tiene más de 10 años de apertura en los servi- cios de telecomunicaciones. Sobre este punto, considera- mos que se debería haber realizado un análisis de ambos mercados, sus tecnologías, cantidad de operadores, com- petencia, etc.” . (ii) “Alemania es un país con una cultura de responsabi- lidad por pago de deuda muy alta, que usa otros mecanis- mos para facturar y recaudar los montos facturados, con tecnologías más detalladas que la nuestra (que en muchos casos es manual) y sin embargo es el costo más alto de todos los mostrados en el cuadro elaborado por OSIPTEL.”. (iii) “Una consideración importante es que en muchos países, inclusive la Comunidad Europea, estos cargos no son regulados, en realidad son costos elaborados de acuer- do a la demanda y a la competencia”. (iv) “OSIPTEL al efectuar un análisis comparativo inter- nacional no se ha utilizado una metodología consistente, existen vacíos en la comparación económica, el número de países que intervienen en la muestra determina que el re- sultado del cargo sea totalmente sesgado, ya que no se muestra en el Proyecto de Mandato, un análisis comparati- vo entre los mercados de telecomunicaciones de dichos países con respecto al nuestro (…)”. (v) “De otro lado, no se detalla qué tipo de servicio son los cobrados en los distintos países, es decir, si los cargos por recibo mencionados son por el servicio de facturación, por el de recaudación o por ambos. (…)”. (vi) “No se ha analizado el nivel de tráfico de empresas que usarían este servicio, es decir, empresas que no tengan niveles de recibos facturados que cumplan con restituir al menos los costos fijos invertidos para este servicio. (…)”. (vii) "Un punto a evaluar (…) es el número de llamadas de larga distancia por abonado y el porcentaje de abona- dos que usan el sistema de llamada por llamada, este dato servirá para determinar el grado de inversión necesaria para ofrecer el servicio de facturación y recaudación. (…)”. (viii) “Otro aspecto a tener en cuenta es que a mayor tamaño del mercado o de usuarios del servicio de factura- ción y recaudación, origina un incremento de los centros de cobro, la gestión de estos centros, como parte de los costos, también intervienen sensiblemente. (…)”. (ix) “Otro criterio a evaluar, es el número mínimo de competidores que requieren el servicio de facturación y recaudación de tal manera que se pueda determinar en qué momento a mayor cantidad de operadores baja la de- manda del servicio de facturación y recaudación.(…)”(x) “Otros aspectos que pueden intervenir en un mayor costo, con relación a empresas que presten el servicio de facturación y recaudación, es el formato de la factura, el tipo de diseño de las facturas, el espacio usado para cada empresa que requiera este servicio, etc., este formato de factura puede no ser el mismo en otros países ni tampoco la forma de elaborarlas. (…)”. Respecto de tales comentarios debemos señalar lo si- guiente: Con el fin de determinar el cargo por el concepto de facturación y recaudación aplicable a las comunicacionesde larga distancia cursadas en la modalidad de llamadapor llamada, se revisó la experiencia regulatoria al respec-to en países de América Latina, Europa y Asia. Dentro dela muestra para la elaboración de la comparación interna-cional se incluyeron los países que cumplieron con los si-guientes criterios: a. El mercado de larga distancia del país se encuentra abierto a la competencia y se emplea el sistema de llama-da por llamada como medio de acceso del usuario final alportador de larga distancia; y, b. Los operadores locales (de telefonía fija) ofrecen el servicio de facturación y recaudación a los operadores delarga distancia que prestan su servicio bajo el sistema dellamada por llamada y el regulador ha intervenido en el es-tablecimiento de dichos cargos. El criterio (a) es cumplido por veintiséis (26) países, los cuales se muestran en el Cuadro Nº1. De estos países,cinco (5) países cumplen además con el criterio (b). Enestos cinco países los operadores locales ya ofrecen fac-turación y recaudación a los operadores de larga distancia. Cuadro Nº 1 Países liberalizados que aplican el Países en los que se han Sistema de Llamada por Llamada establecido cargos de facturación para llamadas de LD y recaudación para llamadas de LD bajo el sistema de llamada por llamada Alemania, Argentina, Australia, Alemania, Bolivia, Brasil, ColombiaAustria, Bélgica, Bolivia, Brasil, y Chile.Chile, Colombia, Dinamarca,España, Estados Unidos, Finlandia,Francia, Irlanda, Italia, Japón,Noruega, Nueva Zelanda (LDI),Perú, Polonia, Portugal, Reino Unido,Suecia, Suiza y Venezuela No obstante, hay que tener en cuenta que los países que deben ser considerados en la muestra deben poseermercados consolidados con un período prudencial de com-petencia. En este sentido, dado que el mercado de largadistancia en Bolivia se abrió a la competencia en noviem-bre del año 2001 y que el esquema de facturación y recau-dación se ha implementado en el último semestre del año2002, no se incluirá al mencionado país en el análisis decomparación internacional. De otro lado, se debe incluir en la comparación interna- cional a países en los cuales ya se han establecido los car-gos definitivos por los conceptos de facturación y recauda-ción. Este no es el caso de Brasil, en donde actualmentelos operadores se encuentran en revisión de la metodolo-gía para establecer los cargos por la cobranza conjunta.Por ello, Brasil tampoco puede ser considerado en el análi-sis de comparación internacional. Por lo tanto, en el análisis de comparación internacional se incluirá a los siguientes países: Alemania, Colombia yChile [1]. Para tales efectos, se considera que cada opera- dor local que opera en dichos países constituye una obser-vación válida para realizar el análisis, pues es una red in-dependiente para la cual se ha calculado, sobre la base desus propios parámetros, un determinado cargo que haceposible la recuperación de los costos incurridos al facturary cobrar las cuentas de terceros. Así, el análisis posee ca-torce (14) observaciones [2]. 1En cada uno de estos países los operadores locales ofrecen a los operadores de larga distancia, tanto la facilidad de facturación como la facilidad de recaudación. 2En el caso de Colombia se han considerado diez (10) operadores locales; en Chile, tres (3) operadores y en Alemania, un operador.