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PÆg. 247807 NORMAS LEGALES Lima, lunes 7 de julio de 2003 Que por tanto, resulta conveniente y necesario aprobar un “Reglamento de Circulación y Uso del Corredor Vial Av.Abancay” destinado a regular la circulación vial por dichaavenida; De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 27972 y demás normas ampliatorias y complemen-tarias; SE RESUELVE:Artículo 1º: Aprobar el “Reglamento de Circulación y Uso del Corredor Vial Av. Abancay”, que forma parte inte-grante de la presente resolución. Artículo 2º.- La presente resolución y el Reglamento aprobado por el artículo 1º, entrarán en vigencia a partirdel día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección General de Trans- porte el cumplimiento de la presente resolución y la super-visión general del cumplimiento del “Reglamento de Circu-lación y Uso del Corredor Vial Av. Abancay”. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAVIER BARAYBAR G. DE LA FUENTE Director MunicipalDirección Municipal de Transporte Urbano REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN Y USO DEL CORREDOR VIAL AV. ABANCAY TÍTULO I: BASE LEGAL 1. Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. 2. Ley Nº 27181 – Ley de Transporte y Tránsito Terres- tre. 3. Ordenanza Metropolitana Nº 131 – Ordenanza Mar- co del Transporte Terrestre. 4. Ordenanza Metropolitana Nº 132 – Ordenanza Mar- co del Tránsito. 5. Ordenanza Nº 196 – Reglamento del Servicio de Taxi Metropolitano. 6. Resolución Directoral Municipal Nº 1899-96-MML/ DMTU – Regula el Transporte Pesado y de Carga. 7. Resolución Directoral General Nº 097-02-MML/ DMTU-DGTO – Restringe camionetas rurales en Av. Aban-cay. TÍTULO II: OBJETIVOS Artículo 1º.- Son objetivos del presente Reglamento: 1. Preservar la correcta y segura operación y circula- ción de todos los vehículos que se desplazan por la Av.Abancay mediante directrices para el correcto uso del mo-biliario vial y la prestación de un servicio de transporte efi-ciente y eficaz. 2. Contribuir a la reducción y control de los niveles de contaminación ambiental producido por el tránsito vehicu-lar de la Av. Abancay. 3. Preservar la tranquilidad y la integridad física de los peatones, conductores y moradores, mediante correctospatrones de conducta en el subsistema de transporte pú-blico de la Av. Abancay. TÍTULO III: ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 2º.- Las disposiciones de la presente Directiva se aplican exclusivamente a la circulación de todo tipo devehículo automotor o no motorizado en la Av. Abancay. TÍTULO IV: DEFINICIONES Artículo 3º.- Para efectos de la aplicación de la presen- te Directiva, rigen las siguientes definiciones: 1. AV. ABANCAY: Vía urbana colectora de doble sentido de circulación vehicular ubicada en el Cercado de Lima, dela provincia de Lima. Se inicia en el Puente Ricardo Palmay termina en la intersección con la Av. Grau. Por su secciónvial se divide en dos tramos: 1.1. 1er. TRAMO: Con una sección vial de cuatro carri- les de circulación por cada sentido, va desde el Puente Ri-cardo Palma hasta la Av. Nicolás de Piérola.1.2. 2do. TRAMO: Con una sección vial de tres carriles por sentido desde la Av. Nicolás de Piérola hasta la Av.Grau. 2. EMPRESA: Persona jurídica constituida conforme a ley, cuyo objeto es prestar servicio de transporte de pasa-jeros. 3. CARRIL EXCLUSIVO: Es la faja de circulación vehi- cular identificada y definida para canalizar el tránsito espe-cífico de una modalidad de transporte, que puede ser elservicio público de transporte regular de pasajeros, el ser-vicio de transporte especial o modal de pasajeros, el trans-porte particular, el transporte de carga o el servicio de trans-porte interprovincial. 4. PARADERO AUTORIZADO POR TIPOLOGÍA VE- HICULAR: Es el espacio en la calzada de la vía públicaidentificado y autorizado por la Municipalidad Metropoli-tana de Lima para la detención únicamente de vehículosdel servicio público de transporte regular de pasajerosdebidamente autorizados del tipo: ÓMNIBUS o MICRO-BÚS, exclusivamente para el embarque y desembarquede pasajeros. 5. PUNTO DE PARADA DE TAXI: Es el espacio en la calzada de la vía pública identificado y autorizado por laMunicipalidad Metropolitana de Lima para la detención devehículos del servicio público de transporte de pasajerosbajo la modalidad de servicio de taxi metropolitano. Su usoes exclusivamente para el embarque y desembarque depasajeros. 6. SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE REGULAR DE PASAJEROS: Es aquél que se presta en ÓMNIBUS y/oMICROBÚS, con autorización de la Municipalidad Metro-politana de Lima en rutas definidas, con horarios y frecuen-cias establecidas. 7. SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE ESPECIAL O MODAL DE PASAJEROS: Es aquél que no está sujeto arutas, horarios y frecuencias. Se presta previa autorizaciónde la Municipalidad Metropolitana de Lima, bajo las moda-lidades de Servicio de Taxi Metropolitano, Transporte Turís-tico, de Personal y Escolar. 8. SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE INTERPRO- VINCIAL DE PASAJEROS: Es el transporte de pasajerosprestado solamente en Ómnibus que supera la jurisdicciónde la Municipalidad Metropolitana de Lima, bajo autoriza-ción del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, paravincular las diferentes poblaciones del país en el ámbitosuprarregional. 9. SERVICIO DE TRANSPORTE DE CARGA Y OTROS SIMILARES: Es el transporte de mercancías, en vehículosadecuados para tal fin. Para la circulación de los vehículospesados y de carga por vías diferentes a los corredoresautorizados, es necesaria la autorización de la Municipali-dad Metropolitana de Lima. 10. TRANSPORTE PARTICULAR: Es el transporte en vehículos livianos, que no está sujeto a rutas, horarios nifrecuencias y no presta el servicio de transporte públicoregular ni especial o modal de pasajeros ni de carga. Suuso es estrictamente particular. TÍTULO V: DETERMINACIÓN DE CARRILES EXCLUSIVOS Artículo 4º.- La Av. Abancay contará con las siguientes clases de Carriles Exclusivos: 1. CARRILES EXCLUSIVOS PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR DE PASAJEROS 1.1. Comprende los dos carriles extremos derechos de la Av. Abancay para cada sentido de circulación, a todo lolargo de la avenida. 1.2. Se subclasifican en: 1.2.1. CARRIL EXCLUSIVO Nº 1: Es el carril extremo derecho, próximo a la acera peatonal. 1.2.2. CARRIL EXCLUSIVO Nº 2: Es el siguiente al ca- rril extremo derecho. 1.3. En ambos carriles, podrán circular exclusivamente vehículos destinados al servicio de transporte público re-gular de pasajeros. No podrán circular por otros carrilesque no sean éstos. 2. CARRILES EXCLUSIVOS PARA EL TRANSPORTE PARTICULAR, EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPOR-TE ESPECIAL O MODAL DE PASAJEROS, DE CARGA YEL TRANSPORTE INTERPROVINCIAL