Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2003 (28/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 28 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje a EE.UU. de asesor ad honorem de la Representacion Permanente del Peru ante la OEA para realizar diversas acciones ante la Comision Interamericana de Derechos Humanos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0568-2003-RE MORDAZA, 26 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que el Estado Peruano protege los derechos humanos, conforme a las disposiciones constitucionales y los tratados internacionales suscritos por el Peru sobre esta materia, particularmente la Convencion Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Politicos; Que el Peru coopera eficazmente en los mecanismos del Sistema Interamericano de Proteccion de los Derechos Humanos; Que en ese contexto es necesario sostener encuentros con la Comision Interamericana de Derechos Humanos, en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 14 al 18 de MORDAZA de 2003; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GPX) Nº 2255, del Gabinete de Coordinacion del Secretario de Politica Exterior, de 19 de junio de 2003; De conformidad con el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; la Ley Nº 27619, de 21 de diciembre de 2001 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de 6 de junio de 2002, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y el articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 126-2003-RE, de 28 de MORDAZA de 2003; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del doctor MORDAZA Borea MORDAZA, asesor ad honorem de la Representacion Permanente del Peru ante la Organizacion de los Estados Americanos, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 14 al 18 de MORDAZA de 2003, para que efectue las acciones que resulten necesarias ante la Comision Interamericana de Derechos Humanos, en el MORDAZA de las responsabilidades que le han sido asignadas por Resolucion Suprema Nº 126-2003-RE. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, por concepto de pasajes US$ 846.00, viaticos US$ 1 320.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 28.00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje. Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la citada comision, el mencionado funcionario debera presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 12192

Visto el Oficio Nº 467-2003/DIGESA/DG, de la Direccion General de Salud Ambiental; CONSIDERANDO: Que, es responsabilidad del Estado la proteccion de la salud publica, ejerciendo para ello la regulacion, vigilancia y control sanitario de los alimentos y bebidas de consumo humano en las diferentes etapas de la cadena alimentaria; Que, en tal sentido corresponde a la Autoridad de Salud de nivel nacional dictar las normas sanitarias pertinentes para asegurar la calidad sanitaria e inocuidad de los alimentos y bebidas destinados al consumo humano; Que, es necesario establecer criterios microbiologicos con los que deben cumplir los alimentos y bebidas de consumo humano para su puesta en el MORDAZA nacional y asi asegurar que no supongan riesgo para la salud de los consumidores; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud Ambiental y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica; Con la opinion favorable del Viceministro de Salud; y De conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Salud - Ley Nº 26842, y el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-98-SA; SE RESUELVE: Aprobar el documento denominado "Criterios Microbiologicos de Calidad Sanitaria e Inocuidad para los Alimentos y Bebidas de Consumo Humano" que forma parte de la presente resolucion, constando de cuatro (4) Capitulos, diecisiete (17) Articulos, tres (3) Disposiciones Transitorias y Finales, y dos (2) Anexos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud

CRITERIOS MICROBIOLOGICOS DE CALIDAD SANITARIA E INOCUIDAD PARA LOS ALIMENTOS Y BEBIDAS DE CONSUMO HUMANO CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- Generalidades La presente disposicion establece los criterios microbiologicos que deben cumplir los alimentos y bebidas en estado natural, elaborados o procesados, para ser considerados aptos para el consumo humano. La verificacion de su cumplimiento estara a cargo de los organismos competentes en vigilancia sanitaria de alimentos y bebidas a nivel nacional. Articulo 2º .- Objetivos Con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas aprobado por Decreto Supremo Nº007-98-SA y los Principios para el Establecimiento y la Aplicacion de Criterios Microbiologicos para los Alimentos (CAC/GL-21(1997)) del Codex Alimentarius, la presente disposicion establece: a) El programa de muestreo que ha de aplicarse al lote o lotes de alimentos para determinar la aptitud para el consumo humano. b) Los microorganismos que constituyen peligros y generan riesgos para la salud y la MORDAZA de los consumidores en cada grupo de alimentos. c) Los limites microbiologicos que se consideren apropiados para los grupos de alimentos. d) Los grupos de alimentos a los que deben aplicarse los criterios microbiologicos. Articulo 3º.- Para el otorgamiento del Registro Sanitario de Alimentos y Bebidas, asi como para el Certificado Sanitario Oficial de Exportacion, los resultados de los analisis microbiologicos deberan considerar los micro-

SALUD
Aprueban el documento "Criterios Microbiologicos de Calidad Sanitaria e Inocuidad para los Alimentos y Bebidas de Consumo Humano"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 615-2003-SA/DM MORDAZA, 30 de MORDAZA del 2003

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