Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2003 (28/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 28 de junio de 2003

Operativo Informatico de las entidades de la Administracion Publica; Que, el Plan Operativo Informatico constituye un instrumento de gestion de corto plazo, que permite definir las actividades informaticas, en concordancia con la Politica Nacional Informatica y el Plan de Desarrollo Informatico 2003-2006, asi como la evaluacion del cumplimiento de las actividades en el periodo 2003; Que, mediante documento de vistos, la Oficina de Estadistica e Informatica ha elaborado el Plan Operativo Informatico del Sector para el ano 2003, segun esquema del Anexo Nº 01 de la Directiva Nº 007-2003-INEI/DTNP, y acuerdo a la organizacion interna de la Oficina de Informatica y al Plan Operativo Institucional 2003; Que, en consecuencia es necesario expedir el acto administrativo correspondiente; Con las visaciones de los Directores Generales de las Oficinas de Asesoria Juridica y Estadistica e Informatica; y, En uso de las facultades conferidas por Resolucion Ministerial Nº 353-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el PLAN OPERATIVO INFORMATICO 2003, del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, la misma que en anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- La Oficina de Informatica dirigira sus esfuerzos para el logro de las metas especificas previstas en el Plan Operativo Informatico del Sector. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 12040

1 del mismo, en lo referente al area de concesion, al haberse consignado que parte de la misma comprende el distrito de Chivay, el cual debe reemplazarse por el distrito de Majes, provincia de Caylloma, del departamento de Arequipa; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, fija competencia funcional en la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones en materia de servicios publicos, por lo que debe autorizarse al funcionario que ocupa dicho cargo para que suscriba la addenda destinada a rectificar el error material contenido en la Resolucion Ministerial Nº 499-2000-MTC/15.03; De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; y Decreto Supremo Nº 0412002-MTC; Con la opinion favorable del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar el error material contenido en la Resolucion Ministerial Nº 499-2000-MTC/15.03 asi como en el numeral 3.02 de la clausula tercera y Anexo 1 del contrato de concesion; a efectos que se considere como area de concesion al distrito de Majes, provincia de Caylloma y al distrito de La Joya, provincia de MORDAZA, ambos en el departamento de Arequipa. Articulo 2º.- Aprobar la Addenda al Contrato de Concesion y autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, proceda a su suscripcion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 12137

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Rectifican resolucion que otorgo concesion a persona natural para prestar servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 489-2003-MTC/03 MORDAZA, 25 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 499-2000MTC/15.03, del 28 de diciembre de 2000, se otorgo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en el distrito de Chivay, provincia de Caylloma y el distrito de La Joya, provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, habiendose suscrito el contrato de concesion en su oportunidad; Que, el articulo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision. La rectificacion adopta las formas y modalidades de comunicaciones o publicacion que corresponda para el acto original; Que, la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 043-2003-MTC/17, opina que es procedente la rectificacion de oficio del error material contenido en el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 499-2000-MTC/15.03, el numeral 3.2. de la clausula tercera del contrato de concesion suscrito y Anexo

Autorizan viaje de inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 490-2003-MTC/02 MORDAZA, 26 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, debiendo publicarse dichas resoluciones en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, como parte del Plan de Vigilancia de las operaciones aereas internacionales, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, a traves de las Ordenes de Inspeccion Nºs. 837 y 8382003-MTC/12.04-SDA, ha dispuesto que los Inspectores Serguei Vladimirovich Soukharev y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA realicen inspecciones tecnicas a las estaciones de las empresas Lan Peru S.A. y Taca Peru S.A., en la

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