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PÆg. 241728 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de marzo de 2003 De conformidad con lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 27594 y artículo 4 del Decreto Ley Nº 26126, Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de la Comi- sión Nacional Supervisora de Empresas y Valores -CONASEV; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor César Augusto Almeyda Tasayco al cargo de miem- bro del Directorio de la Comisión Nacional Supervisorade Empresas y Valores - CONASEV, dándosele las gra- cias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Nombrar a la doctora Fabiola Barriga San Miguel como miembro del Directorio de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONA- SEV. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social encargada de la cartera de Economía y Finanzas 06078 Disponen contratar servicio de cober- tura de seguros de daæos personales ypatrimoniales mediante proceso deadjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 119-2003-EF/43 Lima, 27 de marzo de 2003 Vistos: los Informes Nºs. 069-2003-EF/43.50 y 341-2003-EF/60, de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Adminis- tración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica,respectivamente, que sustentan la configuración de la situación de urgencia prevista en el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, así como la consiguiente exoneración del Proceso de Concur-so Público para la Contratación del Servicio de Co- bertura de Seguros de Daños Personales y Patrimo- niales para el Ministerio de Economía y Finanzas, elmismo que deberá ser realizado mediante el Proce- so de Adjudicación de Menor Cuantía; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Economía y Finanzas suscribió una Póliza de Seguros para la Cobertura de Seguros de Daños Personales y Patrimoniales hasta el 31 de diciem-bre de 2002 y a efectos de seguir contando con el citado servicio realizó una contratación complementaria hasta por un monto no mayor del 30% adicional, al monto totalde la Póliza de Seguros original, cuyo plazo de vigencia vencerá el 31 de marzo de 2003; Que, de acuerdo con las disposiciones legales presupuestarias adicionalmente a las relacionadas con las contrataciones y adquisiciones por parte del Estado, fue necesario concluir con la aprobación delPresupuesto Institucional de Apertura y del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Economía y Finanzas vigentes para el presente ejer-cicio, los cuales fueron aprobados mediante Resolu- ción Ministerial Nº 576-2002-EF/43 de fecha 30 de diciembre de 2002 y Resolución Ministerial Nº 021-2003-EF/43 de fecha 20 de enero de 2003, respecti- vamente; Que, asimismo la Oficina General de Administración llevó a cabo acciones relacionadas con la asignación presupuestal específica de los gastos operativos, apertu-ra de cuentas, entre otros, con el fin de confirmar la disponibilidad presupuestal para financiar la contrata- ción del servicio de Cobertura de Seguros de Daños Personales y Patrimoniales. Esto ha generado que elplazo para la autorización del proceso de selección y la designación del Comité Especial se retrase no siendo posible que al 31 de marzo del presente año se completetodo el proceso de selección y se suscriba una nueva póliza de seguros producto del concurso público; Que, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias y su Reglamentoaprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias, el Ministerio de Economía y Fi- nanzas mediante Resolución Ministerial Nº 083-2003-EF/43 de fecha 28 de febrero de 2003 autorizó el Con- curso Público Nº 001-2003-EF/43 para la contratación del Servicio de Cobertura de Seguros de Daños Perso-nales y Patrimoniales, designando el Comité Especial; Que, en tanto se lleve a cabo el proceso de selec- ción, se otorgue la Buena Pro y éste quede firmeadministrativamente, transcurrirá un tiempo que traerá consigo la ausencia del citado servicio, período en el cual el Ministerio de Economía y Finanzas podría vercomprometida en forma directa e inminente la continui- dad de los servicios esenciales que tiene a su cargo, ante la eventualidad de que sus instalaciones sufrandaños de consideración, ocurran accidentes donde se vieran involucrados vehículos a su servicio o si los ser- vidores que manejan fondos sufrieran la pérdida de di-nero por situaciones ajenas a su voluntad; Que, en tal sentido es indispensable asegurar la conti- nuidad del servicio de Cobertura de Seguros de DañosPersonales y Patrimoniales para el Ministerio de Econo- mía y Finanzas; Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias señala que se considera situación de ur-gencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio, compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esen-ciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, asimismo el numeral 2) del artículo 108º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM y normas modificatorias, refiere que la situa- ción de urgencia debe entenderse como una medidatemporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio deque se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, de acuerdo con el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, están exonerados de los pro- cesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudi-cación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de urgencia, declaradas de conformidad a la referida Ley; Que, el artículo 20º de la citada norma establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas del pro- ceso de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudi-cación Directa, se realizarán mediante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía y se aprobarán me- diante Resolución del Titular del Pliego; Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración mediante Memorando Nº 212-2003-EF/ 43.60, informa que se cuenta con el financiamiento ne-cesario para llevar a cabo el indicado proceso de selec- ción; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº012-2001-PCM y normas modificatorias y el Reglamen- to aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia, la contratación del Servicio de Cobertura de Seguros de Daños Personales y Patrimoniales del Ministerio