Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2003 (28/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de marzo de 2003

De conformidad con lo establecido en el articulo 5º de la Ley Nº 27594 y articulo 4 del Decreto Ley Nº 26126, Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores CONASEV; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tasayco al cargo de miembro del Directorio de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Nombrar a la doctora MORDAZA MORDAZA San MORDAZA como miembro del Directorio de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social encargada de la cartera de Economia y Finanzas 06078

Disponen contratar servicio de cobertura de seguros de danos personales y patrimoniales mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 119-2003-EF/43 MORDAZA, 27 de marzo de 2003 Vistos: los Informes Nºs. 069-2003-EF/43.50 y 341-2003-EF/60, de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente, que sustentan la configuracion de la situacion de urgencia prevista en el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, asi como la consiguiente exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico para la Contratacion del Servicio de Cobertura de Seguros de Danos Personales y Patrimoniales para el Ministerio de Economia y Finanzas, el mismo que debera ser realizado mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Economia y Finanzas suscribio una Poliza de Seguros para la Cobertura de Seguros de Danos Personales y Patrimoniales hasta el 31 de diciembre de 2002 y a efectos de seguir contando con el citado servicio realizo una contratacion complementaria hasta por un monto no mayor del 30% adicional, al monto total de la Poliza de Seguros original, cuyo plazo de vigencia vencera el 31 de marzo de 2003; Que, de acuerdo con las disposiciones legales presupuestarias adicionalmente a las relacionadas con las contrataciones y adquisiciones por parte del Estado, fue necesario concluir con la aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura y del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Economia y Finanzas vigentes para el presente ejercicio, los cuales fueron aprobados mediante Resolucion Ministerial Nº 576-2002-EF/43 de fecha 30 de diciembre de 2002 y Resolucion Ministerial Nº 0212003-EF/43 de fecha 20 de enero de 2003, respectivamente; Que, asimismo la Oficina General de Administracion llevo a cabo acciones relacionadas con la asignacion presupuestal especifica de los gastos operativos, apertu-

ra de cuentas, entre otros, con el fin de confirmar la disponibilidad presupuestal para financiar la contratacion del servicio de Cobertura de Seguros de Danos Personales y Patrimoniales. Esto ha generado que el plazo para la autorizacion del MORDAZA de seleccion y la designacion del Comite Especial se retrase no siendo posible que al 31 de marzo del presente ano se complete todo el MORDAZA de seleccion y se suscriba una nueva poliza de seguros producto del concurso publico; Que, de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias, el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial Nº 083-2003EF/43 de fecha 28 de febrero de 2003 autorizo el Concurso Publico Nº 001-2003-EF/43 para la contratacion del Servicio de Cobertura de Seguros de Danos Personales y Patrimoniales, designando el Comite Especial; Que, en tanto se lleve a cabo el MORDAZA de seleccion, se otorgue la Buena Pro y este quede firme administrativamente, transcurrira un tiempo que traera consigo la ausencia del citado servicio, periodo en el cual el Ministerio de Economia y Finanzas podria ver comprometida en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales que tiene a su cargo, ante la eventualidad de que sus instalaciones sufran danos de consideracion, ocurran accidentes donde se vieran involucrados vehiculos a su servicio o si los servidores que manejan fondos sufrieran la perdida de dinero por situaciones ajenas a su voluntad; Que, en tal sentido es indispensable asegurar la continuidad del servicio de Cobertura de Seguros de Danos Personales y Patrimoniales para el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio, compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, asimismo el numeral 2) del articulo 108º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM y normas modificatorias, refiere que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, de acuerdo con el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia, declaradas de conformidad a la referida Ley; Que, el articulo 20º de la citada MORDAZA establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, se realizaran mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego; Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administracion mediante Memorando Nº 212-2003-EF/ 43.60, informa que se cuenta con el financiamiento necesario para llevar a cabo el indicado MORDAZA de seleccion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias y el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia, la contratacion del Servicio de Cobertura de Seguros de Danos Personales y Patrimoniales del Ministerio

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