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PÆg. 241735 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de marzo de 2003 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 094-2003-EM/DM Lima, 24 de febrero del 2003VISTO: El Expediente Nº 22058297, sobre imposi- ción de la servidumbre de electroducto para la línea detransmisión de 138 kV SE Socabaya - SE Cerro Verde, y la solicitud de transferencia presentada por Red de Ener- gía del Perú S.A. (REP); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 014-96- EM de fecha 15 de marzo de 1996, se otorgó a favor de Empresa de Transmisión Eléctrica del Sur S.A.(ETESUR), concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la línea de transmisión de 138 kV SE Socabaya - SECerro Verde, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 082-96; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 325-98-EM/ VME de fecha 6 de julio de 1998, se impuso la servidum- bre de electroducto para la línea de transmisión de 138 kV SE Socabaya - SE Cerro Verde, conforme al inciso b)del artículo 110º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Con- cesiones Eléctricas, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, mediante Resolución Suprema Nº 003-2003- EM de fecha 28 de enero de 2003, la concesión defini- tiva mencionada en el primer considerando de la pre-sente Resolución fue transferida a favor de Red de Energía del Perú S.A., en razón del Contrato de Ce- sión de Posición Contractual suscrito el 5 de setiem-bre de 2002 entre ETESUR y REP, en virtud del cual la primera cede a favor de la segunda su posición contractual frente al Estado en los derechos y obli-gaciones derivadas del Contrato de Concesión Nº 082-96; Que, de acuerdo con los artículos 1035º y 1036º del Código Civil, concordados con el artículo 111º de la Ley de Concesiones Eléctricas, y los artículos 216º y siguientes de su Reglamento aprobado por el De-creto Supremo Nº 009-93-EM, la servidumbre eléc- trica es un derecho que se constituye en beneficio de la concesión definitiva de la cual es inseparable,sólo puede transmitirse con ella y subsiste mientras ella se encuentre vigente; Que, en virtud de la transferencia referida en el tercer considerando de la presente Resolución, la titular adquirió todos los derechos y obligaciones in- herentes a la concesión definitiva, entre los cualesestá la servidumbre de electroducto cuya transferen- cia a su favor ha solicitado formalizar mediante la correspondiente Resolución Ministerial, de acuerdocon el artículo 111º de la Ley de Concesiones Eléctri- cas, por lo que resulta procedente la transferencia solicitada; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la titular ha cumplido con los requi- sitos exigidos en la normatividad legal vigente, ha emiti-do el Informe Nº 044-2003-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Tener a Red de Energía del Perú S.A. como titular de la servidumbre de electroducto para la línea de trasmisión de 138 kV SE Socabaya SE CerroVerde, a que se refiere la Resolución Ministerial Nº 325- 98-EM/VME del 6 de julio de 1998. Artículo 2º.- Red de Energía del Perú S.A., ejercerá los derechos y obligaciones inherentes a la servidumbre de electroducto de acuerdo con la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y la Resolución Ministerial Nº325-98-EM/VME. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 03795MINCETUR Autorizan a procuradora iniciar accio- nes judiciales a servidores del MINCE- TUR por presunta comisión de delitos de corrupción de funcionarios y deconcusión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 110-2003-MINCETUR/DM Lima, 26 de marzo de 2003 CONSIDERANDO:Vistos, el Memorándum Nº 141-2002-MINCETUR/O- GAI y el Informe Especial Nº 016-2002-02-0053, de laOficina General de Auditoría Interna; CONSIDERANDO:Que la Oficina General de Auditoría Interna ha lleva- do a cabo el "Examen Especial para investigar presun-tas irregularidades en la realización del Concurso Públi- co para la contratación del servicio de seguridad y vigi- lancia, convocado en el año 2002 por el MITINCI y elMINCETUR"; Que, el referido Examen Especial comprendió la in- vestigación de los hechos que se desprenden de lasgrabaciones contenidas en cuatro microcassettes de audio y las imágenes grabadas en un video, de las cua- les se aprecia que don Miguel Gerardo Quevedo Rodrí-guez, servidor del Ministerio de Comercio Exterior y Tu- rismo - MINCETUR, actualmente desempeñando el car- go de Subdirector de Archivo Central de la Oficina deTrámite Documentario de la Dirección General de Administración, se habría reunido por lo menos en cua- tro oportunidades con el Gerente General de la empresaMas Seguridad SRL y su Asesor, ofreciéndoles aseso- ramiento en su participación como postor en el Concur- so Público que el MINCETUR debía llevar a cabo para lacontratación del servicio de seguridad y vigilancia, ofre- ciéndose a contactarlos con don Juan Francisco Reino- so Vásquez, a fin de que en su calidad de Auditor-Veedordel proceso de selección los apoye y defienda a la em- presa, contacto que llegó a realizar como se expresará más adelante; asimismo, recibió una suma de dinero encalidad de "préstamo"; y por último, solicitó al empresa- rio que se les recompense a él y al Auditor con el 5% del monto de lo adjudicado; Que, a su vez, don Juan Francisco Reinoso Vás- quez, servidor del MINCETUR, desempeñando el cargo de Subdirector de la Oficina de Control Administrativo dela Oficina General de Auditoría Interna, según se des- prende igualmente de los microcassettes y de las imá- genes grabadas antes mencionadas, habría asistido ala última de las reuniones sostenidas por don Miguel Gerardo Quevedo Rodríguez con los representantes de Mas Seguridad SRL, comprometiendo en efecto suapoyo a la empresa durante el proceso de selección, aceptando que se le recompense con el 5% del monto de lo adjudicado, llegando a mencionar inclusive la nece-sidad de que se le garantice de alguna forma este pago; Que, tales situaciones constituyen indicios razona- bles de comisión de delitos de Corrupción de Funciona-rios y de Concusión, por parte de dichos servidores, tipificados en el Código Penal; Que, la Oficina General de Auditoría Interna ha reco- mendado se otorgue autorización a la Procuradora Pú- blica a cargo de los asuntos judiciales del MINCETUR, para que inicie las acciones legales correspondientes,por la presunta responsabilidad penal de los servidores antes mencionados; De conformidad con el Decreto Ley Nº 17537, modifi- cado por Decreto Ley Nº 17667 y Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Comer- cio Exterior y Turismo, para que en nombre y represen-