Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2003 (28/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de marzo de 2003

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- MORDAZA
Unidad Organica :
N° DE ORD. DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS

SECRETARIA GENERAL

ANO

2003
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO Reconsideracion SECRETARIO GENERAL Apelacion MINISTRO

DERECHO DE PAGO

CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD APROEVALUACION DONDE SE INICIA QUE APRUEBA BACION POSI- NEGA EL TRAMITE EL TRAMITE AUTOTIVO TIVO MATICA 7 dias (*) TRAMITE DOCUMENTARIO SECRETARIO GENERAL

01

ACCESO A INFORMACION QUE POSEAN O PRODUZCAN LAS DEPENDENCIAS DE LA SEDE CENTRAL DEL MINISTERIO DE EDUCACION. Base Legal: D.S.Nº 018-2001-PCM Ley Nº 27806 Ley Nº 27927

- Solicitud dirigida al Secretario General del Ministerio de Educacion - MORDAZA simple del Documento de Identidad. - Recibo de pago por reproduccion de la Informacion: a. Fotocopia Tamano A-4 (por unidad). b. Fotocopia Tamano A-3 (por unidad). c. Disquete ( por unidad ). d. CD ( por unidad ). e. Video (por minuto) (**).

0.00004 UIT 0.00006 UIT 0.0005 UIT 0.0025 UIT 0.00004 UIT

(*) La informacion sera entregada en un plazo no mayor de 7 dias utiles contados a partir de la notificacion de aprobacion de la solicitud. (**) Los estudiantes y maestros estan exonerados del pago de derecho de tramite.

Unidad Organica :

DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA DIRECCION DE EDUCACION DE MORDAZA DIRECCION DE EDUCACION DEL CALLAO UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS

ANO

2003

N° DE ORD.

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO

CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD APROEVALUACION DONDE SE INICIA QUE APRUEBA BACION POSI- NEGA EL TRAMITE EL TRAMITE AUTOTIVO TIVO MATICA 7 dias (*) TRAMITE DOCUMENTARIO DIRECTOR DE EDUCACION DIRECTOR DE USE DIRECTOR REGIONAL

AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO Reconsideracion DIRECTOR DE EDUCACION DIRECTOR DE USE DIRECTOR REGIONAL DIRECTOR DE UGE Apelacion AUTORIDAD ADMINISTRATIVA SUPERIOR

01

ACCESO A INFORMACION QUE - Solicitud dirigida al Director Regional / POSEAN O PRODUZCAN LAS Director de UGE / Director de Educacion / DEPENDENCIAS DE LOS ORGADirector de USE segun corresponda. NOS INTERMEDIOS DEL SECTOR EDUCACION - MORDAZA simple del Documento de Identidad. Base Legal: D.S.Nº 018-2001-PCM - Recibo de pago por reproduccion de la inLey Nº 27806 formacion: Ley Nº 27927 a. Fotocopia Tamano A-4 (por unidad) b. Fotocopia Tamano A-3 (por unidad) c. Disquete ( por unidad ) d. CD ( por unidad ) e. Video (por minuto) (**)

0.00004 UIT 0.00006 UIT 0.0005 UIT 0.0025 UIT 0.00004 UIT

DIRECTOR DE UGE

(*) La informacion sera entregada en un plazo no mayor de 7 dias utiles contados a partir de la notificacion de aprobacion de la solicitud. (**) Los estudiantes y maestros estan exonerados del pago de derecho de tramite.

06055

Autorizan donacion a favor del Instituto Tecnologico Superior Parroquial "Nuestra Senora de Montserrat"
RESOLUCION SUPREMA Nº 012-2003-ED MORDAZA, 27 de marzo de 2003 Visto el Oficio Nº 050-de I.S.P.N.S.M.-2003, de fecha 15 de enero del 2003, cursado por el Promotor y Director del Instituto Tecnologico Superior Parroquial "Nuestra Senora de Montserrat", solicitando la donacion de equipos de computo; CONSIDERANDO: Que en atencion al documento de visto, por Memorandum Nº 019-2003-VMGI-ME el Viceministro de Gestion Institucional solicito se disponga la realizacion de los tramites necesarios, a fin de formalizar la donacion y entrega de diez (10) equipos de computo, un (1) switch y materiales de cableado de red de data y cableado electrico, adquiridos por el Proyecto Huascaran del Ministerio de Educacion, a favor del Instituto Tecnologico Superior Parroquial "Nuestra Senora de Montserrat";

Que mediante Informe Nº 019-2003-ME/SG-OA-UAACP, del 13 de febrero del 2003, el Area de Control Patrimonial opina a favor de la procedencia de la donacion, siempre que el referido Instituto se encuentre considerado como beneficiario del Proyecto Huascaran, conforme a sus fines y objetivos; Que el Informe Nº 002-2003-P-HUASCARAN, del Director Ejecutivo del Proyecto Huascaran, establece que el citado Instituto puede ser considerado como beneficiario de dicho Proyecto, teniendo en cuenta que con el acceso a las Tecnologias de la Informacion y la Comunicacion se apoyara el MORDAZA de ensenanza-aprendizaje en dicho Instituto, permitiendo que sus alumnos y docentes tengan acceso a mejor educacion y mejores herramientas de ensenanza, lo que se condice con los objetivos del Proyecto Huascaran; Que el articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 804, MORDAZA sobre disposiciones referidas a las donaciones de bienes efectuadas por las entidades del Sector Publico, establece que la donacion de bienes entre entidades del Sector Publico y estas al Sector No Publico se autorizara mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro del Sector al que corresponda la entidad donante; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 804, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED;

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