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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2003 (28/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 241734 NORMAS LEGALES Lima, viernes 28 de marzo de 2003 Aprueban el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones de la Unidad deServicios Educativos N” 04 UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS 04 ÁREA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA - ABASTECIMIENTO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 00363 Comas, 30 de enero de 2003 Visto, el presente Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones del Estado de la Unidad de Servicios Educa- tivos Nº 04, elaborado por el Área de Gestión Adminis- trativa, el mismo que especifica los planeamientos, pro-gramas, estrategias y metas a seguir por el Área de Gestión Administrativa para el Año Fiscal 2003. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 12-86-ED se crean las Unidades de Servicios Educativos, como Ór- ganos Desconcentrados del Ministerio de Educación, en reemplazo de las Direcciones Zonales de Educacióny Supervisiones Educativas. Que, mediante D.S. Nº 004-96-ED, delimitan el ámbi- to jurisdiccional de los Órganos Desconcentrados deEducación de Lima y Callao. Asimismo, es necesario contar con el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estadocorrespondiente al Años Fiscal 2003, instrumento de Gestión Administrativa que contribuirá a prever los bienes, servicios y obras que se requerirán du-rante el ejercicio presupuestal y el monto del presu- puesto requerido. De conformidad con el Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, y sus artículos 5º, 6º, 7º, 8º y 9º - Nuevo Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, y en uso a las facultades conferidas conD.S. Nº 005-2001-ED, el Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones de Educación de Lima y Callao y de las Unidades de Servicios Educativos, apro-bado por R.M. Nº 114-2001-ED. SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR, el Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del Estado de la Unidad de Servi-cios Educativos Nº 04, el mismo que consta de (74) páginas y forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- DISPONER, que las correspondientes Áreas y/o Equipos Técnicos de la Unidad de Servicios Educativos Nº 04, implementen los mecanismos necesa- rios, a fin de asegurar la adecuada aplicación y difusióndel Pan Anual de Adquisiciones y Contrataciones Ejerci- cio Presupuestal 2003. Artículo 3º.- ENCARGAR, a los Jefes de las diferentes Áreas el estricto cumplimiento y difusión de la presente. Regístrese y comuníquese.MARÍA VICTORIA MADRID MENDOZA Directora del Programa Sectorial II 05964 ENERGÍA Y MINAS Disponen tener a Red de Energía del Perœ S.A. como titular de servidumbres de electroducto y de trÆnsito a que serefieren las RR.MM. N”s. 183 y 325-98-EM/VME RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 093-2003-EM/DM Lima, 24 de febrero del 2003VISTO: El Expediente Nº 22033396, sobre imposi- ción de las servidumbres de electroducto y de tránsito para custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones de la línea de transmisión de 138 kV SETintaya - SE Juliaca, y la solicitud de transferencia pre- sentada por Red de Energía del Perú S.A. (REP); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 011-96-EM de fecha 1 de marzo de 1996, se otorgó a favor de Empresa de Transmisión Eléctrica del Sur S.A. (ETE- SUR), concesión definitiva para desarrollar la actividadde transmisión de energía eléctrica en la línea de transmi- sión de 138 kV SE Tintaya - SE Juliaca, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 081-96; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 183-98-EM/ VME de fecha 7 de abril de 1998, se impuso las servi- dumbres de electroducto y de tránsito para custodia,conservación y reparación de las obras e instalaciones de la línea de transmisión de 138 kV SE Tintaya - SE Juliaca conforme al inciso b) del artículo 110º del Decre-to Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009- 93-EM; Que, mediante Resolución Suprema Nº 045-2002- EM de fecha 15 de noviembre de 2002, la concesión definitiva mencionada en el primer considerando dela presente Resolución fue transferida a favor de Red de Energía del Perú S.A., en razón del Contrato de Cesión de Posición Contractual suscrito el 5 de se-tiembre de 2002 entre ETESUR y REP, en virtud del cual la primera cede a favor de la segunda su posi- ción contractual frente al Estado en los derechos yobligaciones derivadas del Contrato de Concesión Nº 081-96; Que, de acuerdo con los artículos 1035º y 1036º del Código Civil, concordados con el artículo 111º de la Ley de Concesiones Eléctricas, y los artículos 216º y siguientes de su Reglamento aprobado por el De-creto Supremo Nº 009-93-EM, la servidumbre eléc- trica es un derecho que se constituye en beneficio de la concesión definitiva de la cual es inseparable,sólo puede transmitirse con ella y subsiste mientras ella se encuentre vigente; Que, en virtud de la transferencia referida en el ter- cer considerando de la presente Resolución, la titular adquirió todos los derechos y obligaciones inherentes a la concesión definitiva, entre los cuales están las servi-dumbres de electroducto y de tránsito para custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones, cuya transferencia a su favor ha solicitado formalizarmediante la correspondiente Resolución Ministerial, de acuerdo con el artículo 111º de la Ley de Concesiones Eléctricas, por lo que resulta procedente la transferen-cia solicitada; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la titular ha cumplido con los requi-sitos exigidos en la normatividad legal vigente, ha emiti- do el Informe Nº 043-2003-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Tener a Red de Energía del Perú S.A. como titular de las servidumbres de electroduc-to y de tránsito para custodia, conservación y repa- ración de las obras e instalaciones de la línea de transmisión de 138 kV SE Tintaya - SE Juliaca, a quese refiere la Resolución Ministerial Nº 183-98-EM/ VME del 7 de abril de 1998. Artículo 2º.- Red de Energía del Perú S.A., ejercerá los derechos y obligaciones inherentes a las servidum- bres de electroducto y de tránsito para custodia, conser- vación y reparación de las obras e instalaciones, deacuerdo con la Ley de Concesiones Eléctricas, su Regla- mento y la Resolución Ministerial Nº 183-98-EM/VME. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 03794