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PÆg. 244132 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de mayo de 2003 cia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de losservidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otrasentidades, la autorización de viaje se otorgará por ResoluciónMinisterial del respectivo Sector, debiendo publicarse dichasresoluciones en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad alviaje, con excepción de las autorizaciones de viaje que noirroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aproba- do por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14ºestablece que los inspectores debidamente identificados aque refiere la Ley son competentes, según su especialidad,para verificar las capacidades exigidas a los titulares de lasautorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins-pección Nº 577-2003-MTC/12.04 señalando que el Ins-pector Carlos Nicanor Bordo Calisto, realizará chequeos ensimulador de vuelo del equipo Citation V al personal aero-náutico propuesto por la empresa Southern Perú CopperCorporation, en la ciudad de Long Beach, Estados Unidosde América, durante los días 20 al 22 de mayo de 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil paraque, en cumplimiento de las funciones que le asigna la LeyNº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeosen simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Ins-pección Nº 577-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Nicanor Bordo Calisto, Inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, a la ciudad de Long Beach, Estados Unidos de Amé-rica, durante los días 20 al 22 de mayo de 2003, para losfines a que se contrae la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo alsiguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector men-cionado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministe-rial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes deefectuado el viaje, deberá presentar un informe detalladodescribiendo las acciones realizadas y los resultados obte-nidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 09131 Autorizan viaje de inspector de la Dirección General de AeronÆutica Ci- vil para participar en seminario que se realizarÆ en EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 355-2003-MTC/02 Lima, 13 de mayo de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del Sector quecorresponda, la cual será publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, a través de carta del 11 de marzo del 2003, la Federal Aviation Administration del Departamento de Trans-portes de los Estados Unidos de América informa que,durante los días 21 y 22 de mayo del 2003, se desarrollaráel seminario "Third Annual Runway Safety Summit", en laciudad de Miami, Estados Unidos de América; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil como Autoridad Aeronáutica Civil, de acuerdo con la Ley Nº27261, según los términos de su Memorándum Nº 0248-2003-MTC/12, informa que los temas a tratar en el indicadoseminario permitirán adquirir experiencia en los procedi-mientos y métodos requeridos para la seguridad en el mo-vimiento de aeronaves, lo que es necesario para el ade-cuado cumplimiento de las funciones que desempeñansus inspectores, razón por la que ha considerado necesa-ria la participación en dicho seminario del señor Guido Fer-nández Lañas, inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil; Que, el viaje del mencionado inspector será financiado dentro del marco del Acuerdo de Gestión de Servicios PER/01/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comuni-caciones y la Organización de Aviación Civil Internacional -OACI, organismo técnico de las Naciones Unidas, en ob-servancia de la Tercera Disposición Complementaria de laLey Nº 27261, conforme a la Autorización de Misión Nº016-04-2003; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Guido Fernán- dez Lañas, inspector de la Dirección General de Aeronáu-tica Civil, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América,del 20 al 22 de mayo del 2003, para los fines a que secontrae la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución serán financiados por el Acuerdode Gestión de Servicios PER/01/801, conforme a los térmi-nos de la Autorización de Misión Nº 016-04-2003. Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de losquince (15) días calendario siguientes de efectuado el via-je, el inspector mencionado en el artículo 1º deberá pre-sentar un informe detallado describiendo las acciones rea-lizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autoriza-do. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otor- ga derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 09129 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Sancionan con destitución a Juez de Paz No Letrado de Primera Nominaciónde Chilca, provincia de Caæete INVESTIGACIÓN Nº 93-2001-CAÑETE Lima, veinticinco de abril del dos mil tres. VISTO: el expediente que contiene la Investigación número noventitrés guión dos mil uno guión Cañete, segui-da contra don Pedro Nolazco Resurrección Gutiérrez, por