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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2003 (15/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 74

PÆg. 244148 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de mayo de 2003 perjuicio de la que sea declarada en la resolución recaída sobre los recursos impugnativos; Que, en tal virtud, correspondería declarar de oficio la nulidad de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0299S00811 hasta la Etapa de Evaluación de Propuestas, respecto de los ítems en los que el postor IQ Farma S.A. presentópropuestas técnicas y éstas fueron admitidas; Que, del Factor de Evaluación consignado en el literal b) del numeral 1 del Anexo 11 de las Bases de la Adjudica-ción Directa Selectiva Nº 0299S00811, resulta necesario precisar que la aplicación de sanciones derivadas de las infracciones a la normativa sanitaria, es competencia únicay exclusiva de la DIGEMID, tal como se aprecia en el artícu-lo 1º del Decreto Supremo Nº 010-97-SA, en donde sedispone que es la DIGEMID el órgano encargado a nivelnacional de suspender y cancelar el registro sanitario de los productos farmacéuticos y de realizar el control y vigi- lancia sanitaria de los mismos; Que, considerando que la desaprobación del laborato- rio fabricante y la suspensión y/o cancelación del registrosanitario son competencia de la DIGEMID y toda vez que lainhabilitación de un postor es consecuencia de la aplica- ción de una sanción impuesta por el Tribunal de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, en las Bases de laAdjudicación Directa Selectiva Nº 0299S00811 no se de-bió hacer referencia, en el literal b) del numeral 1 del Anexo11, a la desaprobación del laboratorio fabricante y la inha-bilitación del titular del Registro Sanitario, razón por la cual las mencionadas Bases han incurrido en causal de nulidad según lo establecido en el anteriormente señalado artículo57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, la misma que resulta ser ante-rior al error en la calificación de las propuesta técnicas delpostor IQ Farma S.A.; Que, en tal sentido, corresponde declarar la nulidad del citado proceso de selección, respecto de los ítems Nºs. 02,03, 05 y 06 desde la Etapa de Integración de Bases,inclusive, previa eliminación del literal b) del numeral 1 delAnexo 11 de las respectivas Bases; Que, de acuerdo con el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el Presidente Ejecutivo es la más alta autoridad ejecutivade EsSalud y titular del Pliego Presupuestal; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 47º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, la más alta autoridad de la Entidad puede disponer la evaluación del adecuado desempeño de los miembros del Comité Especial y servidores que participa-ron en el mencionado proceso de selección, con la finalidadde deslindar las responsabilidades a que hubiere lugar; Que, conforme a lo señalado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el Oficio Nº 1194/2001/GTN/MON) del 9 de noviembre del 2001, corresponde en forma exclusiva al Titular del Pliego la fa-cultad prevista en el artículo 26º del Reglamento de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. DECLARAR de oficio la nulidad de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0299S00811, "Adquisición de Medica-mentos", respecto de los ítems Nºs. 02, 03, 05 y 06; y enconsecuencia, sin efecto el Otorgamiento de la Buena Pro de dichos ítems, debiéndose retrotraer el proceso, respec- to del mismo a la Etapa de Integración de Bases, teniendoen cuenta lo expuesto en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. 2. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición. 3. ENCARGAR al Órgano de Auditoría Interna la eva- luación del adecuado desempeño de los miembros delComité Especial de la Adjudicación Directa Selectiva Nº0299S00811. 4. DISPONER que la Secretaría General notifique la presente Resolución al Comité Especial de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0299S00811, a la Gerencia Central deLogística y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo 09088Aprueban inclusión y exclusión de di- versos procesos de selección en el PlanAnual de Adquisiciones y Contratacio-nes del ejercicio presupuestal 2003 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 242-GG-ESSALUD-2003 Lima, 7 de mayo del 2003 VISTAS: La Carta Nº 2334-GCL-ESSALUD-2003, mediante la cual la Gerencia Central de Logística solicita la modifica-ción del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones dela Entidad para el ejercicio presupuestal del 2003; la CartaNº 072-GDA-ESSALUD-2003, mediante la cual la Geren-cia de División de Aseguramiento adjunta el listado deprocesos de selección para su inclusión en el Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad para elejercicio presupuestal del 2003; y, la Carta Nº 2133-OAJ-ESSALUD-2003, de la Oficina de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, el 15 de marzo del 2001, entró en vigencia el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Su-premo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, aprobado me-diante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado señala quecada entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones, el mismo que debe prever los bienes, ser-vicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presu-puestal y el monto del presupuesto requerido; Que, de acuerdo a lo regulado en el artículo 7º del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podráser modificado de conformidad con la asignación presupues-tal o en caso de reprogramaciones de metas propuestas; Que, el artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado establece que las lici-taciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones di-rectas no contenidas en el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones deberán ser aprobadas por el Titular delPliego o la máxima autoridad administrativa según corres-ponda para su inclusión en el mismo; Que, el artículo 9º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD, establece que elGerente General es el funcionario que ocupa el más altocargo administrativo de ESSALUD; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 036- GG-ESSALUD-2003, se aprobó el Plan Anual de Adquisi-ciones y Contrataciones de ESSALUD correspondiente alejercicio presupuestal del 2003; Que, diversas circunstancias -como el surgimiento de reque- rimientos, limitaciones presupuestales, urgencia en la adquisi-ción de bienes y contratación de servicios- conllevan a la nece-sidad de modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata-ciones de ESSALUD para el ejercicio presupuestal del 2003; Que, en tal sentido son necesarias las inclusiones y exclusiones de procesos de selección al Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones de ESSALUD para el ejer-cicio presupuestal del 2003, de acuerdo al detalle de larelación del anexo adjunto; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. APROBAR la inclusión y exclusión de los procesos de selección que se detallan en el Anexo de la presente Resolu-ción, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones deESSALUD correspondiente al ejercicio presupuestal del 2003. 2. DISPONER que la Secretaria General informe de la presente Resolución al Consejo Superior de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comi-sión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROM-PYME, dando cuenta al CONSUCODE dentro del plazoestablecido por la ley. 3. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) díassiguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SOTELO BAMBAREN Gerente General (e)