Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2003 (15/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2003

un titulo registrado y uno que no lo esta, y, por ende, entre los que ostentan un derecho de propiedad con las prerrogativas que la Constitucion aspira y aquellos que no, y considerando que parte importante de las razones por las que se suscitan tales distancias se debe a que no todos tienen el poder adquisitivo para acceder al registro, entonces es deber del Estado instaurar las condiciones para despejar los obstaculos que generan tal desigualdad de oportunidades. Tal ha sido el proposito de la disposicion cuestionada. En tal sentido, el legislador ha partido de una presuncion meridianamente objetiva: mientras mayor sea el precio del inmueble que se busca inscribir, se presume que mayor es el poder adquisitivo de la persona titular del mismo, y viceversa, mientras menor sea el precio, menor sera la capacidad adquisitiva de quien se desea inscribir. Por estos fundamentos, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitucion Politica del Peru y su Ley Organica, MORDAZA Declarando INFUNDADA la demanda de inconstitucionalidad contra el MORDAZA parrafo del articulo 7º de la Ley Nº 27755. Dispone la notificacion a las partes, su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y la devolucion de los actuados. SS. MORDAZA ORLANDINI BARDELLI LARTIRIGOYEN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REVOREDO MARSANO MORDAZA MORDAZA MORDAZA TOMA 09056

De conformidad a lo dispuesto por el Articulo 59º inciso c) del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 y, del Articulo 4º numeral 3) y Articulo 7º numeral 22) del Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion de los proveedores, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado sancionados durante el mes de abril: 1. ELECTROINGENIERIA PERU S.A., Suspension de tres (3) meses en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y a contratar con el Estado, por MORDAZA de documentos falsos o declaracion jurada con informacion inexacta, segun Resolucion Nº 344/2003-TC-S1 de 3.4.03, que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 2. EURACOM, Suspension de nueve (9) meses en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentos falsos o declaraciones juradas con informacion inexacta, segun Resolucion Nº 352/2003.TC-S1 de 7.4.03 que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 3. REPRESENTACIONES ATLANTA S.A., Suspension de cuatro (4) meses en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentacion falsa, por cuanto el contratista entrego a la entidad productos en cuyo envase se adultero la fecha de vigencia de los mismos; segun Resolucion Nº 353/2003.TC-S2 de 7.4.03 que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 4. TECNOLOGIA EMERGENTE S.A.C., Suspension de un (1) ano en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentacion falsa o declaraciones juradas con informacion inexacta; segun Resolucion Nº 354/2003.TC-S2 de 7.4.03, que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion.. 5. PROIME CONTRATISTAS GENERALES S.A., Suspension de tres (3) meses en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentos falsos o declaraciones juradas con informacion inexacta, segun Resolucion Nº 360/ 2003.TC-S2 de 7.4.03, que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 6. M Y C IMPORT EXPORT S.R.L., Suspension de seis (6) meses en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por incumplimiento de obligaciones contractuales, segun Resolucion Nº 363/ 2003.TC-S2 de 7.4.03, que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 7. ELECTRICIDAD Y QUIMICA S.R.LTDA., Suspension de tres (3) meses en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por presentar documentacion falsa; segun Resolucion Nº 365/2003.TC-S2 de 7.4.03, que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 8. ASOCIACION CIVIL MODULOS DE SERVICIO ILO, Suspension de dieciocho (18) meses en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por incumplimiento de obligaciones derivadas del Contrato; segun Resolucion Nº 368/2003.TC-S1 de 9.4.03, que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 9. A & M INFOPLANNING S.A. O INFOPLANNING CONSULTING GROUP S.A. (IPCG S.A.), Suspension de un (1) ano en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no suscribir injustificadamente el contrato, segun Resolucion Nº 375/2003.TC-S2 de 11.4.03 que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 10. V & H REPRESENTACIONES S.A.C., Suspension de un (1) ano en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por presentar documentacion falsa, segun Resolucion Nº 377/2003.TCS2 de 11.4.03 que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su notificacion. 11. DIRECCION ESPECIAL DE VIGILANCIA Y CONTROL EMPRESARIAL SERVICIOS GENERALES DEVICEM S.R.L., Suspension de un (1) ano en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentacion falsa, segun Resolucion Nº 390/2003.TC-S1 de 23.4.03. 12. COMPANIA ESPECIAL DE SEGURIDAD Y SERVICIOS MULTIPLES S.C.R.L. "EMRESA", Suspension de

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Relacion de proveedores, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en el mes de MORDAZA
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO

RESOLUCION Nº 129-2003-CONSUCODE/PRE
MORDAZA MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2003 VISTO: El Memorandum Nº 206-2003-RNC del Gerente de Registros, referido a la publicacion del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se establece la obligatoriedad de publicarse en el Diario Oficial El Peruano la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el Articulo 216º del Reglamento de la Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, publicara mensualmente la relacion de proveedores, postores o contratistas que hayan sido sancionados en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Registros respecto de los proveedores, postores o contratistas sancionados, comunicados a dicha Gerencia por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del CONSUCODE durante el mes de abril; y,

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