Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2003 (15/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Modifican resolucion que autorizo viaje de profesional de ESSALUD a Espana, en comision de servicio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 096-2003-TR
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2003 VISTO: El Oficio Nº 230-PE-ESSALUD-2003; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 069-2003TR se autorizo el viaje en comision de servicios de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Gerencia de Asuntos Administrativos de la Oficina de Asuntos Juridicos del Seguro Social de Salud (ESSALUD), a la MORDAZA de MORDAZA, Espana, del 17 al 23 de MORDAZA del 2003 con motivo de participar en la primera ronda de negociaciones del Convenio de Seguridad Social a celebrarse entre el Reino de Espana y la Republica del Peru; Que, las negociaciones originalmente previstas para los dias 21 y 22 de MORDAZA del 2003 se extendieron hasta el dia 23 de MORDAZA inclusive, segun el documento de orden del dia fijado para la reunion negociadora del proyecto de Convenio de Seguridad Social a celebrarse entre el Reino de Espana y la Republica del Peru, lo que origino que el retorno de la citada profesional a la MORDAZA de MORDAZA se produjera el dia 24 de MORDAZA, motivo por el cual resulta necesario ampliar, en un dia, la duracion de la comision de servicios autorizada segun el considerando anterior; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; y, el literal d) del Articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar los Articulos 1º y 2º de la Resolucion Ministerial Nº 069-2003-TR, cuyo tenor literal es el siguiente: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en comision de servicio de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Gerencia de Asuntos Administrativos de la Oficina de Asuntos Juridicos del Seguro Social de Salud (ESSALUD), a la MORDAZA de MORDAZA - Espana, del 17 al 24 de MORDAZA de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion seran asumidos por el Seguro Social de Salud - ESSALUD de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC : US $ : US $ : US $ 1,290.00 1,560.00 28.00

El Informe Nº 084-2003-OA-OASA e Informe Nº 308.2003MTPE/OAJ/OAAL que en conjunto constituyen el informe tecnico - legal que dispone el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en virtud del cual se sustenta tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion de servicios personalisimos; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que senala que las contrataciones de servicios personalisimos que correspondan a Licitaciones, Concurso o Adjudicacion Directa se encuentran exonerados de los indicados procesos de seleccion, procediendo su contratacion mediante una adjudicacion de menor cuantia conforme a lo establecido por el articulo 20º de dicha Ley; Que, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 125-2002-PCM, establece las condiciones que deben reunir la contratacion para poder acceder a la causal de exoneracion por servicios personalisimos, senalandose que esta referida a los contratos de ocasion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisitos esencial a la persona del locador, ya que por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio estableciendo el tramite y procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas; Que, los articulos 105º y 116º del referido Reglamento establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones o adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion MORDAZA aludidos precisando que, una vez, aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que, habiendo sido designado el doctor MORDAZA MORDAZA Faura MORDAZA como Procurador Adjunto Ad Hoc para que asuma la representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado, en todo MORDAZA judicial que se promueva con motivo de la tramitacion y solucion de la negociacion colectiva en construccion civil, contenida en el Expediente Administrativo Nº 120-2001-DRTPSL-DPSCSDNC, es necesario su contratacion en el MORDAZA de las disposiciones que deben observar todas las entidades del Sector Publico para todos los contratos que esten destinados a obtener bienes y servicios para el cumplimiento de las funciones del Estado; Que, mediante los informes de vistos se exponen la justificacion tecnica y legal para la contratacion de los servicios especializados mediante la exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion, sustentado en las caracteristicas inherentes de la profesionalidad, especialidad y reconocida trayectoria profesional y academica en materia laboral del doctor MORDAZA MORDAZA Faura Bermudez; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que las exoneraciones previstas en el articulo 19º de la MORDAZA en mencion se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, mediante Oficio Nº 622-2002-TR/OPP, la Oficina de Planificacion y Presupuesto informa favorablemente que existe la disponibilidad presupuestal para atender la contratacion de la que se trata la presente resolucion; Que, mediante los informes de vistos la Oficina de Asesoria Juridica y de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion, exponen la justificacion tecnica y legal para la contratacion de los servicios especializados mediante la exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion, cumpliendose asi con lo estipulado en el articulo 113º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Con las visaciones de los Directores Generales de las Oficinas de Administracion y de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del articulo 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 09075

Autorizan contratar servicios de profesional mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 099-2003-TR
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2003

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