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PÆg. 244129 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de mayo de 2003 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Modifican resolución que autorizó viaje de profesional de ESSALUD aEspaæa, en comisión de servicio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 096-2003-TR Lima, 8 de mayo de 2003 VISTO: El Oficio Nº 230-PE-ESSALUD-2003; y,CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 069-2003- TR se autorizó el viaje en comisión de servicios de la seño-rita ANA CELIA SALAZAR SALAZAR, profesional de laGerencia de Asuntos Administrativos de la Oficina de Asun-tos Jurídicos del Seguro Social de Salud (ESSALUD), a laciudad de Madrid, España, del 17 al 23 de abril del 2003con motivo de participar en la primera ronda de negociacio-nes del Convenio de Seguridad Social a celebrarse entreel Reino de España y la República del Perú; Que, las negociaciones originalmente previstas para los días 21 y 22 de abril del 2003 se extendieron hastael día 23 de abril inclusive, según el documento de or-den del día fijado para la reunión negociadora del pro-yecto de Convenio de Seguridad Social a celebrarseentre el Reino de España y la República del Perú, lo queoriginó que el retorno de la citada profesional a la ciudadde Lima se produjera el día 24 de abril, motivo por el cualresulta necesario ampliar, en un día, la duración de lacomisión de servicios autorizada según el considerandoanterior; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de fun-cionarios y servidores públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, el literal d) del Artículo 12º del Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo aprobado por Resolución MinisterialNº 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modificar los Artículos 1º y 2º de la Resolución Ministerial Nº 069-2003-TR, cuyo tenor literal esel siguiente: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servicio de la señorita ANA CELIA SALAZAR SALAZAR, profesio-nal de la Gerencia de Asuntos Administrativos de la Oficinade Asuntos Jurídicos del Seguro Social de Salud (ESSA-LUD), a la ciudad de Madrid - España, del 17 al 24 de abrilde 2003, para los fines expuestos en la parte considerativade la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán asumidos por el Seguro So-cial de Salud - ESSALUD de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 1,290.00 Viáticos : US $ 1,560.00 Tarifa CORPAC : US $ 28.00 Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 09075 Autorizan contratar servicios de profe- sional mediante proceso de adjudica-ción de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 099-2003-TR Lima, 9 de mayo de 2003VISTOS: El Informe Nº 084-2003-OA-OASA e Informe Nº 308.- 2003MTPE/OAJ/OAAL que en conjunto constituyen el in-forme técnico - legal que dispone el artículo 113º del Re-glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM,en virtud del cual se sustenta técnica y legalmente la exo-neración del proceso de selección correspondiente para lacontratación de servicios personalísimos; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre-to Supremo Nº 012-2001-PCM, que señala que las contra-taciones de servicios personalísimos que correspondan aLicitaciones, Concurso o Adjudicación Directa se encuen-tran exonerados de los indicados procesos de selección,procediendo su contratación mediante una adjudicaciónde menor cuantía conforme a lo establecido por el artículo20º de dicha Ley; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por DecretoSupremo Nº 125-2002-PCM, establece las condiciones quedeben reunir la contratación para poder acceder a la cau-sal de exoneración por servicios personalísimos, señalán-dose que está referida a los contratos de ocasión de servi-cios celebrados con personas naturales o jurídicas cuandopara dicha contratación se haya tenido en cuenta comorequisitos esencial a la persona del locador, ya que por suscaracterísticas inherentes, particulares o especiales o porsu determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficioestableciendo el trámite y procedimiento para las adquisi-ciones y contrataciones exoneradas; Que, los artículos 105º y 116º del referido Reglamento establecen los procedimientos a que deben someterse lascontrataciones o adquisiciones exoneradas de los proce-sos de selección antes aludidos precisando que, una vez,aprobada la exoneración, la contratación deberá realizarsemediante acciones inmediatas sobre la base de la obten-ción de una cotización que cumpla los requisitos estableci-dos en las Bases, debiendo indicarse en la resolución exo-neratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo lacontratación; Que, habiendo sido designado el doctor Manuel Do- mingo Faura Bermúdez como Procurador Adjunto Ad Hocpara que asuma la representación y defensa de los dere-chos e intereses del Estado, en todo proceso judicial quese promueva con motivo de la tramitación y solución de lanegociación colectiva en construcción civil, contenida en elExpediente Administrativo Nº 120-2001-DRTPSL-DPSC-SDNC, es necesario su contratación en el marco de lasdisposiciones que deben observar todas las entidades delSector Público para todos los contratos que estén destina-dos a obtener bienes y servicios para el cumplimiento delas funciones del Estado; Que, mediante los informes de vistos se exponen la justificación técnica y legal para la contratación de los ser-vicios especializados mediante la exoneración del respec-tivo proceso de selección, sustentado en las característi-cas inherentes de la profesionalidad, especialidad y reco-nocida trayectoria profesional y académica en materia la-boral del doctor Manuel Domingo Faura Bermúdez; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, disponeque las exoneraciones previstas en el artículo 19º de lanorma en mención se aprobarán mediante Resolución delTitular del Pliego de la Entidad; Que, mediante Oficio Nº 622-2002-TR/OPP, la Oficina de Planificación y Presupuesto informa favorablemente queexiste la disponibilidad presupuestal para atender la con-tratación de la que se trata la presente resolución; Que, mediante los informes de vistos la Oficina de Ase- soría Jurídica y de la Oficina de Abastecimiento de la Ofici-na General de Administración, exponen la justificación téc-nica y legal para la contratación de los servicios especiali-zados mediante la exoneración del respectivo proceso deselección, cumpliéndose así con lo estipulado en el artícu-lo 113º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Con las visaciones de los Directores Generales de las Oficinas de Administración y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por