Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2003 (15/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2003

objetiva y en funcion de la naturaleza de las prestaciones a su cargo; Que el Estudio MORDAZA de Belaunde, Abogados, es una firma de abogados que por su reconocido prestigio y solvencia profesional satisface los requisitos de idoneidad exigidos; brinda asesoria en diversas areas del Derecho, tales como derecho constitucional, administrativo, bancario, civil, mercantil, tributario, procesal, etc., y prestara sus servicios bajo la conduccion directa del doctor MORDAZA de Belaunde MORDAZA de MORDAZA, abogado y catedratico de larga data que goza de reconocimiento por sus calidades personales y profesionales, quien por su conocimiento en materias afines al Banco y su amplia experiencia en la prestacion de servicios de asesoria como los que este requiere, hacen que el referido Estudio sea merecedor de la confianza de este Directorio; Mediante Resolucion de Directorio Nº 002-2002 de 10 de enero de 2002, se exonero del MORDAZA de concurso publico la contratacion con el mencionado Estudio de abogados para que brinde asesoria a la Alta Direccion del Banco. En dicha oportunidad, tambien se tuvo en consideracion que los servicios serian brindados por dicho Estudio a traves del doctor MORDAZA de Belaunde MORDAZA de MORDAZA, circunstancia particular e inherente que lo distingue de los demas; Que transcurrido el periodo de esa contratacion, ha quedado demostrada la profesionalidad del servicio prestado, al haber sido brindado en forma satisfactoria. Por tal motivo, resulta necesario que el Banco contrate nuevamente al mismo Estudio Juridico en base a la confianza desarrollada por el Directorio; Que en el presente caso se cumplen con las exigencias contenidas en el articulo 113º del citado Reglamento para la exoneracion del concurso publico, la que debe ser aprobada por el Directorio, por ser la mas alta autoridad institucional; De conformidad con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado se establece que las contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizaran mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia y deberan ser aprobadas mediante resolucion del titular del pliego de la entidad, la cual debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA de MORDAZA, junto con el informe que la sustenta, debera remitirse a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que la convocatoria a un concurso publico para contratar el indicado servicio legal podria conllevar la difusion de informacion relacionada con temas respecto de los cuales se debe guardar estricta confidencialidad, en virtud de lo que establece el articulo 50 del estatuto del Banco; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de concurso publico, por tratarse de un servicio personalisimo, la contratacion del Estudio Juridico MORDAZA de Belaunde, Abogados, para que preste asesoria a la Alta Direccion del Banco Central de Reserva del Peru, a traves del doctor MORDAZA de Belaunde MORDAZA de Romana. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que contrate los servicios de asesoria juridica del Estudio MORDAZA de Belaunde Abogados, por el lapso de un ano, por un valor referencial mensual de S/. 17 500,00, sin incluir impuestos, mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia y con cargo a los recursos de la Institucion, lo que suma un total anual de S/. 210 000,00. Articulo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Contraloria General de la Republica. MORDAZA WEBB DUARTE Presidente 09127

VISTA, la Hoja de Recomendacion Nº 008-2003-CG/PL de la Gerencia de Planificacion de la Gerencia Central de Desarrollo, sobre modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 345­2002­ CG de fecha 30 de diciembre de 2002 se modifico la Estructura Organica de la Contraloria General de la Republica aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 015-2002CG con la finalidad de incorporar las disposiciones establecidas en la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; Que, por Resolucion de Contraloria Nº 055­2003­CG de fecha 28 de febrero de 2003 se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General de la Republica; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 114-2003CG, se aprobo el Reglamento de los Organos de Control Institucional, el cual establece el funcionamiento de dichos organos en las Entidades sujetas al Sistema Nacional de Control; asi como su relacion funcional y administrativa con la Contraloria General de la Republica; Que, la Gerencia de Planificacion mediante la Hoja de Recomendacion Nº 008-2003-CG/PL propone la modificacion del articulo 83º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General de la Republica, en lo concerniente a la Gerencia de Organos de Control Institucional, con el fin de incorporarle las funciones derivadas del Reglamento de los Organos de Control Institucional, descrito en el considerando precedente; En uso de las atribuciones conferidas por los incisos a) y l) del articulo 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar los incisos b), d) y g) e incorporar el inciso o) al articulo 83º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General de la Republica, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 0552003-CG, cuyo texto en anexo forma parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Tecnologias y Sistemas de Informacion publique en la pagina Web de la Institucion, el texto de la modificatoria del articulo 83º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General de la Republica, aprobada en el articulo primero de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica ANEXO "Articulo 83º.- Son funciones de la Gerencia de Organos de Control Institucional las siguientes: (...) b) Desarrollar los procesos de seleccion para la designacion; asi como proponer las encargaturas, la rotacion y separacion definitiva de los Jefes de los Organos de Control Institucional con sujecion a lo establecido en el Reglamento de los Organos de Control Institucional. d) Formular y proponer lineamientos y procedimientos que regulen el funcionamiento, el fortalecimiento y la supervision a los Organos de Control Institucional. g) Evaluar las solicitudes de sancion o separacion definitiva de los Jefes de los Organos de Control Institucional, proponiendo la aplicacion de sanciones segun la gravedad de la falta y las normas laborales aplicables en su caso. o) Resolver los casos de conflicto de competencias entre los Organos de Control Institucional, sectoriales, regionales o locales." 09064

CONTRALORIA GENERAL
Modifican el articulo 83º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Contraloria General
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 152-2003-CG
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2003

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