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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2003 (15/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 92

PÆg. 244166 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de mayo de 2003 do con D.S. Nº 012-2001-PCM y artículo 115º de su Regla- mento aprobado con D.S. Nº 013-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. JAVIER BARAYBAR G. DE LA FUENTE Secretario General Permanente 09018 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Amplían alcances de ordenanza relati- va al pago del impuesto predial y arbi-trios municipales ORDENANZA Nº 167-MDEA El Agustino, 26 de abril de 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO.VISTO.- En sesión ordinaria del 26 de abril del 2003, el pedido del regidor Sr. Federico Mallma Ramos, respecto a la ampliación de los alcances de la Ordenanza Nº 163-MDEA; CONSIDERANDO: Que, el artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, establece que el impuesto predialdebe cancelarse al contado hasta el último día hábil defebrero de cada año, salvo prórroga y en forma fracciona-da hasta en cuatro cuotas trimestrales; Que, con Ordenanza Nº 161-MDEA del 10-2-2003, se aprueba la ordenanza marco del régimen tributario, así como los importes de los arbitrios de limpieza pública, par-ques y jardines públicos y serenazgo, para el ejercicio 2003,habiéndose establecido en el artículo 5º de la citada, lasfechas de vencimiento del pago de cuotas; Que, de igual manera señala en su artículo 4º, un be- neficio de descuento del 15% sobre el importe total de los arbitrios para los contribuyentes que optaran por la cance-lación de los seis bimestres al contado; Que, con Ordenanza Nº 163-MDEA se amplió el plazo para los pagos de la primera cuota o el pago al contado delimpuesto predial período 2003, de los arbitrios municipales de los meses de enero y febrero del 2003 y el beneficio para acogerse al descuento del 15%, sobre el monto de ladeuda insoluta de los arbitrios municipales, por pago ade-lantado, hasta el 31 de marzo del año en curso; Que, con el fin de coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y com- prenderlos dentro de los beneficios otorgados, es necesa- rio ampliar los beneficios otorgados; Por tanto, estando a lo expuesto, en uso de las atribu- ciones que le confiere el artículo 110º de la Ley Nº 23853- Orgánica de Municipalidades, por voto unánime con dis-pensa de lectura y aprobación de acta, aprobó la siguien- te: ORDENANZA Artículo Primero.- Ampliar en todos sus extremos los alcances de la Ordenanza Nº 163-MDEA, hasta el 31 demayo del 2003. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Rentas, de Ejecutoría Coactiva y a la Unidad de Informática de esta comuna, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Póngase en conocimiento con la pre- sente Ordenanza a las diversas Oficinas de esta Municipa-lidad para los fines consiguientes. POR TANTO: Mando, se registre, comunique, publique y cumpla. VICTOR M. SALCEDO RÍOS Alcalde 09039Prorrogan plazo de beneficio tributa- rio extraordinario otorgado mediante laOrdenanza N” 160-MDEA ORDENANZA Nº 168-MDEA El Agustino, 26 de abril de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO.- En Sesión Ordinaria de Concejo del 26 de abril del 2003 el pedido del regidor señor Federico Mallma Ra-mos, referente a la prórroga del Beneficio Tributario Ex- traordinario otorgado con Ordenanza Nº 160-MDEA, para los contribuyentes en general del distrito de El Agustino; CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Nº 160-MDEA del 10 de febrero del 2003 el Concejo Municipal otorga el beneficio tributario extraordinario, por concepto de impuesto predial, arbitriosmunicipales períodos 1994 a 2002, así como de las multas administrativas; la misma que fue ampliada con Ordenan- zas Nºs. 164 y 166-MDEA; Que, subsistiendo los motivos por los cuales se expidió esta norma legal y existiendo un gran número de contri- buyentes que no pueden cumplir con el pago de sus obli-gaciones tributarias, por la difícil situación económica por la que se vine atravesando, se hace necesario continuar brindando el máximo de las facilidades para lograr el obje-tivo, cual es la cancelación de las deudas pendientes, y por consiguiente indispensable ampliar los efectos de la Ordenanza antes aludida; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, artículo 41º del TUO -Código Tributario- D.S. Nº 135-99-EF, Ley Orgánicade Municipalidades Nº 23853, y la opinión favorable de la Dirección Municipal, por votación unánime y con dispensa de aprobación de acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Prorrogar en todos sus extremos, el bene- ficio tributario extraordinario otorgado mediante Ordenan- za Nº 160-MDEA, hasta el 31 de mayo del 2003. Artículo 2º.- Las Direcciones de Rentas, la de Ejecu- toría Coactiva y la Unidad de Informática de esta Municipa- lidad quedan encargados del cumplimiento estricto de lapresente Ordenanza, siendo de responsabilidad de la Uni- dad de Imagen Institucional la difusión respectiva, y de la Secretaría General del Concejo, la publicación de estanorma legal en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. VÍCTOR M. SALCEDO RÍOS Alcalde 09040 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Disponen el embanderamiento del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2003-MSB-A San Borja, 13 de mayo de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 23604 se crea el distrito de San Borja en la provincia y departamento de Lima;