Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2003 (15/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2003

PROYECTO

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Reglamento del Registro Publico Nacional de Organizaciones Politicas
TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DE LA NATURALEZA Y DEFINICIONES Articulo 1º: El MORDAZA Nacional de Elecciones, a traves de la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas, organiza, mantiene, custodia y actualiza de manera permanente el Registro de Organizaciones Politicas, en estricto cumplimiento de las normas vigentes que regulan el sistema electoral y el de partidos politicos. Articulo 2º: El objetivo del Registro es fortalecer el desarrollo del sistema de partidos y garantizar la participacion directa de las distintas clases de organizaciones politicas en los procesos electorales; facilitar y velar por los derechos de participacion politica y de control en los asuntos publicos de los ciudadanos; asi como permitir el reemplazo de las autoridades nacionales, regionales y locales ante la vacancia o revocatoria de sus cargos a traves del registro permanente de las mismas. Articulo 3º: Para los efectos del presente Reglamento, debera tenerse en cuenta las siguientes definiciones basicas: Organizacion politica: Es aquella institucion constituida e integrada por personas naturales, que a traves de la actividad politica, dentro y fuera de periodos electorales, formula propuestas o programas frente a la realidad social, contribuyendo a la formacion de la voluntad ciudadana y la manifestacion de esta a traves de los procesos electorales. El termino de organizacion politica comprende a los partidos politicos, a las alianzas politicas y/o electorales formadas entre ellos, y a las agrupaciones independientes constituidas para un MORDAZA electoral determinado, segun las normas que las regulen. MORDAZA electoral: Es aquel MORDAZA democratico organizado, dirigido y supervisado por autoridad electoral, donde se materializa y garantiza el derecho de votacion de los ciudadanos de manera libre, secreta y directa, asi como la participacion competitiva y transparente de las organizaciones politicas. El termino MORDAZA electoral comprende los procesos de eleccion nacional, regional y local, en los cuales se elige por votacion popular representantes o autoridades politicas determinadas. Periodo electoral: Es aquel lapso comprendido entre la convocatoria oficial de un MORDAZA electoral determinado y la proclamacion oficial de los resultados. Sistema electoral: Es el conjunto de procedimientos necesarios para la realizacion de un MORDAZA electoral, desde la administracion electoral en su conjunto, cubriendo la forma de candidatura y de votacion, hasta la transformacion de votos en resultados electorales.1 Sistema de partidos: Se entiende el conjunto de las relaciones, actividades, derechos y obligaciones de las organizaciones politicas, dentro como fuera de periodos electorales, reguladas por ley.2 Candidato: Es aquel ciudadano patrocinado por una organizacion politica que postula a algun cargo politico a traves de un determinado MORDAZA de eleccion. Autoridad: Es aquella autoridad politica electa mediante votacion popular en cualquiera de los procesos electorales regulados por ley y que ha sido debidamente proclamada. Articulo 4º: Constituye base legal del presente Reglamento, los articulos 31º y 35º del Capitulo III De los Derechos Politicos y de los Deberes, del Titulo I De la Persona y de la Sociedad, y el articulo 178º del Capitulo XIII Del Sistema Electoral, del Titulo IV De la Estructura del Estado, de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, la Ley de Elecciones Regionales Nº 27683, la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, la Ley Nº 26533 que precisa funciones de los organos electorales, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MORDAZA Nacional de Elecciones aprobado por Resolucion Nº 6582002-JNE; los principios registrales y las demas normas en materia electoral y politica que MORDAZA aplicables.

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Para esta definicion se ha tomado en cuenta lo sostenido en la actualidad por MORDAZA Nohlen sobre el sentido del termino sistema electoral, distinguiendo dos conceptos: uno amplio y otro restringido. "El amplio engloba todo el MORDAZA electoral desde la administracion de las elecciones hasta el contecioso electoral. El concepto restringido se refiere solo a la manera como se expresan las preferencias politicas del ciudadano en forma de MORDAZA y al mecanismo de como estos votos se transforman en escanos o en resultados electorales". Sistemas electorales: Diez diferenciaciones y una recomendacion, en la revista Elecciones, Nº 1, noviembre 2002, Pag. 11. MORDAZA, Oficina Nacional de Procesos Electorales. En el presente Reglamento, se utiliza el concepto amplio al guardar correspondencia con el regimen electoral previsto en la Constitucion Politica de 1993, y desarrollado por la legislacion electoral peruana. Se ha tomado en cuenta el concepto politico del sistema de partidos, que es el resenado, por ejemplo, en el Diccionario Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos: "Se entiende por sistema de partidos el conjunto de partidos en un determinado Estado y los elementos que caracterizan su estructura: cantidad de partidos, las relaciones entre si, tanto respecto a la magnitud de ellos como a sus fuerzas relacionales y en tercer lugar, las ubicaciones respectivas, ideologicas y estrategicas, como elementos para determinar las formas de interaccion; las relaciones con el medio circundante, con la base social y el sistema politico". Centro de Asesoria y Promocion Electoral, Costa Rica, 2000, Pag. 1150.

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