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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2003 (15/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 95

PÆg. 244169 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de mayo de 2003 Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel del subrasante, será necesa-rio efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, es- carificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20m., mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Den-sidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m. de espesor, com- pactados, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesocon diámetro máximo de 11/2” , finos y ligantes, en pro- porciones adecuadas. La mezcla y compactación se efec- tuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenidode humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un ín- dice C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa yuniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfálticade 2” de espesor. Superficie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superficie de basecon asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f’c=175 kg/ cm2. de 0.10 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad ydebidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. y el acabado con la mezcla de cemento- arena fina, en proporción de 1:2 de un(1) centímetro de espesor, bruñado cada 1.00 metro y con juntas cada cinco metros. Los radios de los abanicos en las esquinas serán de 6.00 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en contacto con jardines, se construirá un sardinel de concre- to de dimensiones 0.15 m. x 0.45 m. mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vere-da, de tal manera de que cuando se ejecuten reparacio- nes no se comprometa al sardinel; la calidad de concreto será de f’c=175 kg/cm². Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierra de chacra, compactada y nivelada, con árboles cada 12.00 ml. en pozas de concreto. Artículo Cuarto.- DISPONER que quede como carga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, la obligación de la propietaria de cancelar el déficit deAporte para el Ministerio de Educación, que será redimi- do en dinero antes de la Recepción de Obras y en con- secuencia queda como garantía la Mz. “B”, materia de lapresente Resolución. En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC,artículo 29º, el déficit de Aporte para el Ministerio de Educación de 303.65 m² deberá ser cancelado en dicho Ministerio. Artículo Quinto.- DISPONER que ALTAIR Inmobiliaria & Construcción S.A.C. cumpla con efectuar la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en elplazo de cinco días útiles contados a partir del día siguien- te de notificado; sufragando los gastos a que hubiere lu- gar. Artículo Sexto.- REMITIR los presentes actuados ad- ministrativos en copia certificada a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana deLima, para su verificación de acuerdo a ley. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Dirección de Desa- rrollo Urbano a través de la Subdirección de Obras Priva-das el cumplimiento de los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 09120PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANDAMARCA Autorizan adquisición de maquinaria pesada mediante proceso de adjudica- ción de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2003-MDA Andamarca, 28 de abril del 2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANDAMARCA VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo, el Informe Nº 003- 2003-DM/MDA de fecha 24-04-03 de la Dirección Municipal y el Informe Técnico Nº 004-2003-MDA-DDUR de la División de Desarrollo Urbano y Rural sobre la actual situación de las víasde acceso y comunicación hacia los diferentes anexos deldistrito y la necesidad de contar con maquinaria pesada; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado establece que las Municipalidades son los órganosde Gobierno Local y como tales tienen autonomía econó-mica en los asuntos de su competencia; Que el artículo de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades señala que éstas representan al vecin-dario, promueven la adecuada prestación de los serviciospúblicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y eldesarrollo integral y armónico dentro de su jurisdicción; Que, de acuerdo a lo anotado en el artículo 62º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades, corres- ponde a las Municipalidades, según el caso, planificar, eje-cutar e impulsar a través de los organismos competentes elconjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciudada-no el ambiente adecuado para la satisfacción de sus nece-sidades vitales, de vivienda, salubridad, abastecimiento, educación, recreación, transportes y comunicaciones; Que, las Comunidades y Anexos del distrito perjudica- dos por los desastres naturales ocurridos... han hecho lle-gar al Concejo Municipal sus necesidades respecto a lanecesidad de mejorar las vías de acceso, así como la aper-tura de trochas carrozables por cuanto a la fecha resulta muy ínfima la atención brindada debido a la ausencia de maquinaria pesada en las zonas; Que, los diferentes Anexos del distrito de Andamarca se encuentran aislados por las torrenciales lluvias aconte-cidas como consecuencia de la influencia del Fenómenodel Niño, habiendo arrasado puentes carrozables y peato- nales, caminos de herradura, sembríos, viviendas y otros, razones por las cuales ha sido declarado en Emergenciapor Defensa Nacional Regional - Junín; Que, la carencia de maquinaria pesada en las zonas perjudicadas impide brindar a las Comunidades y Anexoslas vías de acceso que les permitan trasladar sus productos agrícolas, además del traslado normal de sus habitantes, debido a la accidentada geografía del distrito, en donde lapoblación mayoritaria pertenece a este sector productivo; Que, el literal c) del artículo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM - Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado prevé la exoneración de los procesos de Licitación Pública o Adjudicación Directa según sea el caso, de las adquisiciones y contrataciones quesean declarados en situación de emergencia o de urgencia,declaradas de conformidad con dicha Norma Legal, las queen virtud del artículo 20º de la misma norma se realizaránmediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, de otro lado la norma antes citada en su artículo 20º establece las formalidades de los procedimientos nosujetos a Licitación Pública, Concurso Público o Adjudi-cación Directa, siendo para el caso de las Municipalidadesla aprobación de la exoneración mediante un Acuerdo deConcejo Municipal;