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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (14/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G35/G30/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de noviembre de 2003 la forma y oportunidades pactadas en las Cláusulas Adi- cionales del presente Contrato. CLÁUSULA NOVENA: Para efectos de la instalación del equipo satelital por parte de LA EMPRESA , EL AR- MADOR deberá poner a disposición de aquél, la embarca- ción descrita en la Cláusula Segunda, así como brindar las facilidades pertinentes para la realización de dicha instala-ción. CLÁUSULA DÉCIMA: LA EMPRESA sólo podrá ven- der a EL ARMADOR el equipo a instalarse a bordo de la embarcación pesquera descrita en la Cláusula Segunda, cuando cumpla con la totalidad de las siguientes condicio-nes: a) Que LA EMPRESA haya sido declarada apta para brindar el servicio del SISESAT mediante Resolución Mi- nisterial. b) Que el equipo base (transreceptor, GPS, batería y alarmas implementadas) a ofertarse a EL ARMADOR , sea el mismo que se consigna en el artículo 1º de la Resolu-ción Ministerial Nº 431-2003-PRODUCE y que no requieraser cambiado por otro para cumplir con la totalidad de las especificaciones técnicas mínimas citadas en el artículo 3º del Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital -SISESAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE. c) Que LA EMPRESA haya presentado a la Comi- sión constituida mediante Resolución Ministerial Nº 206- 2003-PRODUCE, una carta de compromiso obligándo- se a adicionar al equipo base mencionado en el literalprecedente, el terminal de datos y el panel solar antesdel término de vigencia del Marco Provisional para laimplementación del Sistema de Seguimiento Satelital,establecido mediante Decreto Supremo Nº 031-2003- PRODUCE. CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: EL ARMADOR se obliga a utilizar el equipo satelital instalado a bordo de suembarcación pesquera para sus necesidades particularesy de acuerdo al uso correcto para el que fue instalado. Queda terminantemente prohibido el subarrendamiento, el préstamo del equipo satelital, el retiro indebido, así comola modificación del mismo. CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: LA EMPRESA , por su parte, se obliga a ejecutar la prestación a su cargo, de acuerdo a las condiciones establecidas en el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 031-2003-PRODUCE. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: Si por causas no atribuibles a EL ARMADOR se deja de emitir los datos de localización y los valores de los demás parámetros sumi- nistrados por el equipo satelital, LA EMPRESA asumirá todos los gastos que implique la instalación de un nuevoequipo satelital. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: LA EMPRESA está obligada a emitir a nombre de EL ARMADOR el respectivo recibo o comprobante de pago por los servicios prestados. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: Ninguna de las dos partes será responsable de las consecuencias del in-cumplimiento y ejecución de sus obligaciones, o del re-traso de las mismas, cuando sea atribuible a caso fortui- to y fuerza mayor, según lo dispuesto en el artículo 1315º del Código Civil. Por consiguiente, las obligaciones que-dan inmediatamente suspendidas y el contrato podrá serresuelto de pleno derecho, si las partes no la adaptan decomún acuerdo a las nuevas circunstancias. Las canti-dades desembolsadas correspondientes a las prestacio- nes interrumpidas serán devueltas sin que haya lugar a demora de pago. GASTOS Y TRIBUTOS:CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: Todos los gastos que genere la celebración y ejecución del presente contrato serán de cuenta de LA EMPRESA .CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: Todos los tributos que se generen como consecuencia de la celebración y ejecu-ción de este contrato serán de cargo de LA EMPRESA . COMPETENCIA TERRITORIAL: CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: Las controversias que se generen con motivo de la celebración y ejecución deeste contrato, se someten a decisión arbitral. DOMICILIO: CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: Para la validez de to- das las comunicaciones y notificaciones a las partes, conmotivo de la ejecución de este contrato, ambas señalancomo sus respectivos domicilios los indicados en la parteintroductoria del presente documento. El cambio de domi-cilio de cualquiera de las partes surtirá efecto desde la fe- cha de comunicación de dicho cambio a la otra parte, por cualquier medio escrito. APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY:CLÁUSULA VIGÉSIMA: En lo no previsto por las par- tes en el presente contrato, ambas se someten a lo esta- blecido por las disposiciones del Código Civil y demás delsistema jurídico que resulten aplicables. CLÁUSULAS ADICIONALES CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA: LA EMPRESA podrá establecer Cláusulas Adicionales a las establecidasen el presente Contrato, siempre y cuando éstas no exce-dan ni contradigan las disposiciones establecidas en lasCláusulas Generales del mismo. En señal de conformidad las partes suscriben este do- cumento en la cuidad de Lima, a los …… días del mes de…… de 200… LA EMPRESA EL ARMADOR 21183 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G32/G34/G32/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D /G50/G52/G4F/G44/G55/G43/G45/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G68/GED/G62/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G74/G72/G61/G73/G6C/G61/G64/G6F/G20/G66/GED/G73/G69/G63/G6F/G6F/G20/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G65/G73/G2D/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G69/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 449-2003-PRODUCE Lima, 13 de noviembre del 2003 CONSIDERANDO:Que el artículo 6º del Decreto Ley Nº 25977, Ley Gene- ral de Pesca, establece que el Estado, dentro del marco regulador de la actividad pesquera, vela por la protección ypreservación del medio ambiente, exigiendo que se adop-ten medidas necesarias para prevenir, reducir y controlarlos daños o riesgos de contaminación o deterioro en elentorno marítimo, terrestre y atmosférico; Que el literal i) del numeral 76.2 del artículo 76º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PE, dispone suspendero limitar la admisión de solicitudes de cualquier activi-dad del sector pesquero por razones de ordenamiento yaprovechamiento responsable de los recursos pesque- ros o protección del medio ambiente, limitar el acceso a un recurso hidrobiológico mediante un determinado sis-tema de extracción o procesamiento y, en general, asu-mir las acciones requeridas para promover actividadesdestinadas a la protección del medio ambiente, la efi-ciencia pesquera y la conservación de los recursos hi- drobiológicos;