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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G35/G30/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de noviembre de 2003 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G48/G65/G6C/G69/G6E/G6B/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E /G50/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G76/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G43/G6F/G2D/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G2D/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G41/GE9/G72/G65/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 239-2003-MTC/12 Lima, 23 de octubre del 2003 Vista la solicitud de la empresa HELINKA S.A.C., sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial: TransporteAéreo Especial; CONSIDERANDO:Que, según los términos del Memorándum Nº 0506- 2003-MTC/12.AL, emitido por la Asesora Legal de la Di-rección General de Aeronáutica Civil; Memorando Nº 1968- 2003-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aérea; se considera pertinente atender lo solicitado, al ha-ber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Regla- mento; y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado,tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la vali- dez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación de los principios de celeridad y sim- plificación administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/oaeródromos privados podrán ser utilizadas previa autori- zación de sus respectivos propietarios; Que, en aplicación del Artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil es com- petente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendoel presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposi- ciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa HELINKA S.A.C., Permiso de Operación de Aviación Comercial - Transporte Aéreo Especial, por el plazo de cuatro (4) años contados apartir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, sujeto a las si- guientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial - Transporte Aéreo Especial. ÁMBITO DEL SERVICIO:- Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Bell 206. ZONAS DE OPERA CIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTOS: AMAZONAS, CAJAMARCA Y LAMBAYEQUE - Jaén (Shumba), Ciro Alegría, Chachapoyas, Galilea, Rodríguez de Mendoza, Nuevo El Valor, Chiclayo. DEPARTAMENTOS: APURÍMAC, CUSCO Y MADRE DE DIOS - Quincemil, Las Malvinas, Cusco, Puerto Maldonado, Iberia, Andahuaylas, Mazuco, Huaypetúe, Nuevo Mundo. DEPARTAMENTO: SAN MARTÍN - Rioja, Juanjuí, Moyobamba, Tarapoto, Saposoa (Pona).DEPARTAMENTO: UCAYALI - Atalaya, Pucallpa Nuevo, Breu, Puerto Esperanza, San Marcos, Sepahua, Yarinacocha. DEPARTAMENTO: LORETO - Iquitos, Yurimaguas, Andoas, Corrientes (Trompeteros), Caballococha, Bellavista, Contamana, Buncuyo, Colonia Angamos, Requena, El Estrecho, Orellana. DEPARTAMENTOS: JUNÍN, HUÁNUCO Y PASCO - Mazamari/Manuel Prado, Jauja, Tingo María, Huánu- co Nuevo. DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa, Atico, Caravelí, Chala, Chivay, Vítor/San Isi- dro. DEPARTAMENTOS: TUMBES Y PIURA - Piura, Tumbes, Talara. DEPARTAMENTO: LA LIBERTAD - Pacasmayo, Trujillo, Urpay. DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote, Huascarán/Anta. DEPARTAMENTOS: ICA Y AYACUCHO - Ayacucho, Nasca, Pisco. DEPARTAMENTO: LIMA - Aeropuerto Internacional "Jorge Chávez". BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chávez". SUBBASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Ayacucho. - Aeropuerto de Cusco. - Aeropuerto de Nasca.- Aeropuerto de Chimbote. - Aeropuerto de Pisco. Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la empresa HELINKA S.A.C. deben estar provistas de sus corres- pondientes Certificados de Matrícula vigentes, expedidos-de ser el caso- por el Registro Público de Aeronaves de la Oficina Registral de Lima y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados porla Dirección General de Aeronáutica Civil; y, de la Póliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aérea. Artículo 3º.- La empresa HELINKA S.A.C. está obliga- da a presentar a la Dirección General de Aeronáutica Civil, los datos estadísticos e informes que correspondan a suactividad aérea, de acuerdo a los procedimientos que es- tablece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 4º.- La empresa HELINKA S.A.C. está obliga- da a establecer un Sistema de Radiocomunicación entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente infor- mación del tráfico aéreo que realizan sus aeronaves. Artículo 5º.- La empresa HELINKA S.A.C. empleará en su servicio, personal aeronáutico que cuente con su respectiva licencia y certificación de aptitud, expedidos oconvalidados por la Dirección General de Aeronáutica Ci- vil. Artículo 6º.- La empresa HELINKA S.A.C. podrá hacer uso de las instalaciones de helipuertos, aeropuertos y/o aeródromos privados consignados en la presente resolu- ción, previa autorización de sus propietarios. Artículo 7º.- Las aeronaves de la empresa HELINKA S.A.C. podrán operar en las rutas, helipuertos, aeropuer- tos y/o aeródromos, cuyas alturas y longitudes de pistaestén comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Artículo 8º.- El presente Permiso de Operación será revocado de inmediato en forma automática, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolución; o pierda alguna de las capacida-des legal, técnica o económico-financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Regla- mento; o renuncie, se suspenda o se revoque su