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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (14/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 31

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G35/G30/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de noviembre de 2003 Estructural Programático de Descentralización y Com- petitividad al Directorio del Banco Internacional de Re-construcción y Fomento (BIRF). Artículo Segundo.- Extender los Plenos Poderes co- rrespondientes al Ministro en el Servicio Diplomático de laRepública, Néstor Popolizio Bardales, funcionario de la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 21228 /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G2D /G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G41/G63/G61/G64/G65/G6D/G69/G61/G20/G44/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA /G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G4C/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1001-2003-RE Lima, 13 de noviembre de 2003 Vista la necesidad de convocar a Concurso Público de Admisión a la Academia Diplomática del Perú para el AñoLectivo 2004; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 28091, del 17 de octubre de 2003, Ley del Servicio Diplomático de laRepública, que en su Artículo 64º determina que la Acade-mia Diplomática del Perú es el centro de formación profe-sional en relaciones internacionales, diplomacia y gestión pública externa, de los aspirantes y miembros del servicio diplomático; Que conforme al Artículo 65º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y al ReglamentoOrgánico de la Academia Diplomática del Perú, aprobadopor Decreto Supremo Nº 013/RE, de 5 de octubre de 1984, la Academia Diplomática del Perú es el centro de estudios superiores y de formación profesional del Ministerio deRelaciones Exteriores, con autonomía académica y admi-nistrativa, dentro de los límites señalados por su reglamento,que tiene por finalidad la formación de los aspirantes alServicio Diplomático de la República y el permanente per- feccionamiento de sus miembros; Que según el Artículo 67º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, para postular a laAcademia Diplomática del Perú, se requiere haber obteni-do el grado académico de bachiller universitario. El Regla-mento Orgánico de la Academia Diplomática del Perú fija los demás requisitos de ingreso; Que mediante Decretos Supremos Nº 16-89-RE, del 13 de noviembre de 1989; Nº 01-94-RE, del 24 de enero de1994; Nº 045-97-RE, del 15 de diciembre de 1997, y Nº 16-2001-RE, del 27 de febrero de 2001, se modificó el Regla-mento Orgánico de la Academia Diplomática, establecién- dose los demás requisitos que deberán reunir los candida- tos al concurso de admisión, así como los beneficios yderechos de los aspirantes; Que la selección de los aspirantes al Servicio Diplomá- tico de la República es responsabilidad de la AcademiaDiplomática del Perú; Teniendo en cuenta las necesidades de personal previs- tas para el Servicio Diplomático de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a Concurso Público de Admisión a la Academia Diplomática del Perú para el AñoLectivo 2004. Artículo Segundo.- Fijar hasta un máximo de doce (12) las plazas vacantes para el Primer Año del Ciclo deFormación Profesional de la Academia Diplomática del Perú. Artículo Tercero.- El ingreso a la Academia Diplomáti- ca del Perú será por estricto orden de méritos y dentro delnúmero de vacantes señaladas. Artículo Cuarto.- La Dirección de la Academia Diplo- mática del Perú podrá contar con el apoyo y colaboración de la Fundación Academia Diplomática del Perú que seannecesarios para lograr una mejor organización del proce-so de admisión correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 21179 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G69/GF3/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G2D /G63/G6C/G75/G69/G64/G6F/G20/G6E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G44/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G63/G6E/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1004-2003-RE Lima, 13 de noviembre de 2003 Vista la Resolución Ministerial Nº 0879-RE, de 7 de octubre de 2003, que da por concluido el nombramientodel Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Juan Germán Koster Koster como Director Regional de la Oficina Descentralizada del Ministerio de Relaciones Ex-teriores en la ciudad de Tacna, a partir de la fecha; Considerando que por necesidades del servicio se requiere que el Consejero Juan Germán Koster Kosterpermanezca en su cargo hasta el 6 de noviembre de 2003; De conformidad con el artículo 1º de la Resolución Mi- nisterial Nº 0579-2002-RE, de 4 de junio de 2002, modifi-cado por el artículo 10 de la Resolución Ministerial Nº 1142-2002-RE, de 1 de noviembre de 2002; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el artículo primero de la Resolución Ministerial Nº 0879-RE, de 7 de octubre de 2003,en los términos siguientes: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del Consejero en el Servicio Diplomático de la República, JuanGermán Koster Koster como Director Regional de la OficinaDescentralizada del Ministerio de Relaciones Exteriores enla ciudad de Tacna, a partir del 7 de noviembre de 2003. Artículo Segundo.- Dejar subsistente en todo lo de- más la Resolución Ministerial Nº 0879-RE, de 7 de octubrede 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 21180 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G61/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G2D /G74/G69/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G2D/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G61/G6C/G20/G49/G49/G52/G53/G41/G20/G79/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G67/G65/G6E/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G56/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1009-2003-RE Lima, 13 de noviembre de 2003