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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G35/G30/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de noviembre de 2003 Para poder intervenir en el Programa, las IFIs deberán coordinar su participación con el Fondo MIVIVIENDA. Paraestos efectos, son obligaciones de las IFIs: a) Captar el ahorro de los participantes en el Programa y/o calificar la capacidad crediticia de los Postulantes que hayan abierto su cuenta de ahorros para el Programa y requieran de crédito, extendiendo un compromiso de finan-ciamiento condicionado al otorgamiento del BFH. Dicho compromiso hace obligatoria la concesión del crédito, el mismo que podrá ser otorgado con las líneas de créditodel FMV. Excepcionalmente, las IFIS podrán solicitar al Fondo MIVIVIENDA no cumplir con este compromiso sólo en el caso de pérdida de capacidad de pago del GFB, debi-damente sustentando. De haber emitido el compromiso de financiamiento, otor- gar el crédito hasta por el monto aprobado en la califica-ción, de acuerdo a la solicitud de desembolso del GFB en el momento en que se concrete la operación crediticia. b) La IFI captadora del ahorro deberá informar al aho- rrista que, en caso este último retire su ahorro luego de haber sido designado GFB provisional o definitivo del BFH, perderá su derecho al BFH. c) Cuando corresponda, informar al Fondo MIVIVIEN- DA, con la frecuencia y formato que éste requiera, sobre el número de cuentas de ahorros abiertas para el Programa,compromisos de financiamiento y créditos otorgados, ga- rantizando la calidad y confiabilidad de la información pro- porcionada; d) Apoyar en la difusión del Programa; e) En caso de concluir su participación en el Programa, organizar el traslado de los ahorros y documentación detodos sus clientes a otra IFI, para lo cual recabará, por escrito, la decisión de cada postulante respecto de la IFI a la que desee trasladarse. Previo a dicho traslado, la IFIinformará al Fondo MIVIVIENDA sobre las cuentas de aho- rros que traslada y las IFIs a las que se trasladan. f) Las demás que sean establecidas por el FMV o el MVCS. Artículo 3º.- Promotores Son obligaciones de los promotores: a) Registrar sus proyectos en el Registro de Proyectos del Proyecto Techo Propio y cumplir con las obligaciones que ello implica. b) Ceñirse obligatoriamente y respetar íntegramente el Proyecto presentado para registro. El Comité Ejecutivo podrá autorizar modificaciones al Proyecto. c) Promocionar e informar veraz, oportuna y suficiente- mente respecto a las características de su proyecto a los postulantes interesados. d) Ejecutar el proyecto, siendo responsable de la cali- dad, características y puntualidad en la entrega de la vi- vienda u obra ofrecida. e) Informar al Fondo MIVIVIENDA, a solicitud de éste, respecto al avance y la culminación de las obras. f) Verificar las condiciones del terreno, aires, o vivienda en la que se realizará la obra. g) Las demás que sean establecidas por el MVCS. Artículo 4º.- Organización Postulante - (OP) Son obligaciones de la OP: a) Registrar el (los) proyecto(s), conjuntamente con el Promotor, en el Registro de Proyectos de Vivienda del Pro- yecto Techo Propio, de ser el caso. b) Organizar la Postulación Colectiva para sus asocia- dos. c) Difundir entre todos sus asociados la posibilidad de participar en la Postulación Colectiva. d) Acordar con sus asociados la composición del CAP y difundir dicha composición, de manera previa a la postu- lación. e) Designar un representante único ante el Fondo MI- VIVIENDA a fin de tramitar la Postulación Colectiva. f) Informar veraz, oportuna y suficientemente a los pos- tulantes respecto del estado de la postulación y de la eje- cución del proyecto, de ser el caso. g) Informar al Fondo MIVIVIENDA, respecto del grado de avance del Proyecto, cada vez que éste lo requiera. h) Cuando la Organización Postulante sea propietaria del terreno o de los aires independizados sobre los que seconstruirán las viviendas, deberá suscribir un documento mediante el cual la propiedad de los mismos será transferi-da a los Grupos Familiar Postulante que resulten benefi- ciarios definitivos. i) Supervisar directa o indirectamente la calidad y ca- racterísticas de las viviendas u obras ofrecidas. j) Las demás que sean establecidas por el FMV o el MVCS. CAPÍTULO III MODALIDADES DE POSTULACIÓN, APLICACIÓN Y VALOR DEL BFH Artículo 5º.- Modalidades de Postulación y Aplica- ción del Bono Familiar Habitacional Las modalidades para acceder al BFH son Postulación Individual y Postulación Colectiva. Ambas modalidades son excluyentes para un mismo Grupo Familiar Postulante. El Bono Familiar Habitacional podrá ser aplicado para la adquisición de una vivienda nueva, la construcción de una vivienda nueva en sitio propio (sea terreno o aires in-dependizados) o para Mejoramiento de Vivienda. Artículo 6º.- Del valor del Bono Familiar Habitacio- nal y el ahorro mínimo El monto del BFH y el ahorro mínimo requerido para postular al mismo dependerá de su modalidad de postula-ción y aplicación, de acuerdo al siguiente detalle: a) MODALIDAD: ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA Valor de la Vivienda V alor del BFH Ahorro Mínimo Viviendas cuyos valores están entre US$1,800.00 10% del valor US$ 8,001.00 y US$ 12,000.00 de la vivienda Viviendas cuyos valores están entre US$3,600.00 10% del valor US$ 4,000.00 y US$ 8,000.00 de la vivienda Viviendas cuyos valores son menores No podrá exceder 10% del valorde US$ 4,000.00 del 90% del valor de la vivienda de la vivienda b) MODALIDAD: CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO Valor de la Vivienda Valor del BFH Ahorr o Mínimo Viviendas cuyos valores están entre US$1,400.00 5% del valor US$8,001.00 y US$12,000.00 de la vivienda Viviendas cuyo valor máximo es de US$2,800.00 5% del valor US$8,000.00 de la vivienda c) MODALIDAD: MEJORAMIENTO DE VIVIVENDA Valor de la Vivienda Valor del BFH Ahorr o Mínimo Viviendas cuyo v alor máximo es US$1,200.00 10% del presu- de US$8,000.00 puesto de Obra CAPÍTULO IV REQUISITOS DE POSTULACIÓN AL BFH Artículo 7º.- Requisitos Generales de Postulación al BFH Tendrá derecho a ser elegible para recibir el BFH el gru- po familiar, representado por su jefe(a) de familia, que: a) Dependiendo de la modalidad a la que se postule: a.1) En caso de Adquisición de Vivienda Nueva, no sea propietario de una vivienda ni de un terreno para vivienda. a.2) En caso de Construcción en Sitio Propio, no sea propietario de un terreno para vivienda o aires distintos deaquellos en los cuales se postula, ni de otra vivienda. El terreno a utilizar puede contar con obras de habilitación urbana o algún elemento estructural de carácter perma-nente, mientras no llegue a completar una habitación, sea ésta techada o no. a.3) En caso de Mejoramiento de Vivienda, no sea pro- pietario de vivienda distinta a aquella en la que se preten- de efectuar el mejoramiento, ni de otro terreno para vivien- da. Estos requisitos alcanzan individualmente tanto al Jefe de Familia como a todo miembro de su Grupo Familiar Pos- tulante; b) Perciba un IFMM que no sobrepase los topes esta- blecidos por el Programa, según se define en el artículo 1;