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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G33/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 2 de octubre de 2003 Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99- EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Administra-ción Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría General de laRepública, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y elMinistro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 18033 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65 /G61/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 200-2003-EF Lima, 30 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, Mission Possible de Deerfield Beach, Florida, Estados Unidos de América, ha efectuado una donacióna favor de la Asociación Las Manos de Dios consistenteen diversos bienes; Que, el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas eImpuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decre-to Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarángravadas con el Impuesto General a las Ventas, la im-portación o transferencia de bienes que se efectúe atítulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias delSector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im-puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo alConsumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normasmodificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de regula- rización, en nombre del Gobierno Peruano, la dona-ción efectuada por Mission Possible de Deerfield Bea-ch, Florida, Estados Unidos de América, a favor de laAsociación Las Manos de Dios consistente en 06kits de abrazaderas para fijación de cable a la torre,LDF7-50A y otros bienes con un valor aproximadode US$ 233 969,00 (Doscientos Treinta y Tres MilNovecientos Sesenta y Nueve y 00/100 Dólares deEstados Unidos de América), según Certificado deDonación y Carta, ambos sin fecha y la ResoluciónMinisterial Nº 022-2003-MTC/09 de fecha 8 de enerode 2003 modificada por la Resolución Ministerial Nº109-2003-MTC/09 de fecha 13 de febrero de 2003del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ycon un peso aproximado de 2 768 kgs., según GuíaAérea Nº DAC 1704 09299452 de Fritz Brasil Transp.Internacionais Ltda. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inci-so k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de laLey del Impuesto General a las Ventas e ImpuestoSelectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolu- ción Suprema a la Superintendencia Nacional de Admi-nistración Tributaria -SUNAT- y a la Contraloría Ge- neral de la República, dentro de los plazos estable-cidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores, elMinistro de Economía y Finanzas y el Ministro de Trans-portes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 18034 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G61/G66/G65/G63/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G47/G56/G20/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G2D /G73/G61/G73/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G20/G6C/G61/G20/G46/G75/G6E/G64/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G49/G62/G65/G72/G6F/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 201-2003-EF Lima, 30 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, no está gravada con el Impuesto General a las Ventas la transferencia o importación de bienes y la pres-tación de servicios debidamente autorizada medianteResolución Suprema, vinculadas a sus fines propios efec-tuadas por las instituciones culturales que se encuentrenconstituidas como fundaciones o asociaciones que nodistribuyan renta, según el inciso c) del Artículo 18º y elinciso b) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de laLey del Impuesto a la Renta, aprobado por el DecretoSupremo Nº 054-99-EF; Que, el Decreto Supremo Nº 075-97-EF establece los procedimientos y requisitos que deben cumplir lasinstituciones culturales a fin de obtener la autorizaciónpara la inafectación del Impuesto General a las Ventas; Que, asimismo la institución solicitante ha cumplido con adjuntar la documentación a que se refiere el consi-derando precedente; De conformidad con lo dispuesto por el segundo pá- rrafo del inciso g) del Artículo 2º del Texto Único Ordena-do de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Im-puesto Selectivo al Consumo, aprobado por el DecretoSupremo Nº 055-99-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase la inafectación del Impuesto General a las Ventas a la Fundación Universitaria Ibero-americana por las operaciones que a continuación sedetallan: a) Servicios Culturales conforme lo señala el artículo 6º del Estatuto de la Fundación Universitaria Iberoame-ricana. - El desarrollo de programas interuniversitarios en- tre universidades de Iberoamérica, así como la poten-ciación de las relaciones entre las mismas, mediante lautilización de las tecnologías de la información y comuni-cación. - Fomentar la participación de empresas y otras entidades en actividades de formación continua, exten-sión tecnológica y elaboración de proyectos de coope-ración internacional.