Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2003 (02/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, jueves 2 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT- y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 18033

nistracion Tributaria -SUNAT- y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18034

Aceptan donacion efectuada a favor de asociacion
RESOLUCION SUPREMA Nº 200-2003-EF MORDAZA, 30 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, Mission Possible de Deerfield Beach, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, ha efectuado una donacion a favor de la Asociacion Las Manos de MORDAZA consistente en diversos bienes; Que, el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en via de regularizacion, en nombre del Gobierno Peruano, la donacion efectuada por Mission Possible de Deerfield Beach, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, a favor de la Asociacion Las Manos de MORDAZA consistente en 06 kits de abrazaderas para fijacion de cable a la MORDAZA, LDF7-50A y otros bienes con un valor aproximado de US$ 233 969,00 (Doscientos Treinta y Tres Mil Novecientos Sesenta y Nueve y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America), segun Certificado de Donacion y Carta, ambos sin fecha y la Resolucion Ministerial Nº 022-2003-MTC/09 de fecha 8 de enero de 2003 modificada por la Resolucion Ministerial Nº 109-2003-MTC/09 de fecha 13 de febrero de 2003 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y con un peso aproximado de 2 768 kgs., segun Guia Aerea Nº DAC 1704 09299452 de MORDAZA Brasil Transp. Internacionais Ltda. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Admi-

Autorizan inafectacion del IGV a diversas operaciones que realiza la Fundacion Universitaria Iberoamericana
RESOLUCION SUPREMA Nº 201-2003-EF MORDAZA, 30 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, no esta gravada con el Impuesto General a las Ventas la transferencia o importacion de bienes y la prestacion de servicios debidamente autorizada mediante Resolucion Suprema, vinculadas a sus fines propios efectuadas por las instituciones culturales que se encuentren constituidas como fundaciones o asociaciones que no distribuyan renta, segun el inciso c) del Articulo 18º y el inciso b) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF; Que, el Decreto Supremo Nº 075-97-EF establece los procedimientos y requisitos que deben cumplir las instituciones culturales a fin de obtener la autorizacion para la inafectacion del Impuesto General a las Ventas; Que, asimismo la institucion solicitante ha cumplido con adjuntar la documentacion a que se refiere el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto por el MORDAZA parrafo del inciso g) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizase la inafectacion del Impuesto General a las Ventas a la Fundacion Universitaria Iberoamericana por las operaciones que a continuacion se detallan: a) Servicios Culturales conforme lo senala el articulo 6º del Estatuto de la Fundacion Universitaria Iberoamericana. - El desarrollo de programas interuniversitarios entre universidades de Iberoamerica, asi como la potenciacion de las relaciones entre las mismas, mediante la utilizacion de las tecnologias de la informacion y comunicacion. - Fomentar la participacion de empresas y otras entidades en actividades de formacion continua, extension tecnologica y elaboracion de proyectos de cooperacion internacional.

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