Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2003 (02/10/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, jueves 2 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 252385

JUSTICIA
Autorizan a procuradora iniciar acciones judiciales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 364-2003-JUS MORDAZA, 30 de setiembre de 2003 Visto el Oficio Nº 760-2003-JUS/PPMJ, de fecha 24 de MORDAZA de 2003, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, el Expediente Nº 0631 y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 760-2003/Z.R.Nº XII-JEF, de fecha 16 de MORDAZA del 2003, la Jefatura de la MORDAZA Registral XII- Sede MORDAZA, eleva a la Procuradora Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, el Informe Nº 129-2003-Z.R.Nº XII/OL, de fecha 16 de MORDAZA de 2003, de la Jefatura de la Oficina Legal, sobre Indicios de Comision de Delito y Acciones Legales, el mismo que mediante Oficio Nº 760-2003-JUS/PPMJ, de fecha 24 de MORDAZA de 2003, es derivado a la Oficina General de Asesoria Juridica, a efecto de que se expida la Resolucion Ministerial que autorice iniciar la accion penal contra las personas involucradas y contra los que resulten responsables por la presunta comision de delito contra la Fe Publica en las modalidades de falsificacion de documentos y falsedad ideologica, previstos y penados en los articulos 427º y 428º de nuestro ordenamiento penal sustantivo; Que, dicho informe esta relacionado a la solicitud de inscripcion del Titulo Nº 03012003507827, de fecha 24 de marzo de 2003, presentada por don MORDAZA MORDAZA Talavera Sumaria, ante el Registro de Propiedad Vehicular, la cual esta referida al Contrato de Compra-Venta del vehiculo de placa de rodaje Nº RH-9223, suscrito entre don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como vendedor, y de la otra parte, don MORDAZA MORDAZA Talavera Sumaria como comprador, por la suma de $ 7,500.00 (Siete Mil Quinientos y 00/100 Dolares Americanos), documento supuestamente certificado por el Notario Publico de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rivero, quien mediante Carta de fecha 5 de MORDAZA de 2003, manifiesta que la certificacion notarial de los documentos que se le remiten, no corresponden a su despacho notarial siendo totalmente falsificadas; Que, en ese sentido, existiendo suficientes indicios razonables de la comision de los delitos referidos y en virtud a los hechos que se desprenden del Informe Nº 129-2003-Z.R.Nº XII/OL, de fecha 16 de MORDAZA de 2003, consistentes en haber presentado ante el Registro de Propiedad Vehicular, un contrato privado de compra venta con firma y sellos falsos, y con el objeto de reunir las prueba de la realizacion del delito y las circunstancias en que se han realizado, corresponde recurrir a la via judicial para establecer la distinta participacion que hayan tenido el autor y otros en la ejecucion del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA Talavera Sumaria y

contra los que resulten responsables, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso a la Procuradora Publica mencionada, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 17977 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 365-2003-JUS MORDAZA, 30 de setiembre de 2003 Visto el Oficio Nº 1693-2003-JUS/PPMJ, de fecha 12 de setiembre de 2003, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 354-2003-Z.R.NºXII/OL de fecha 8 de setiembre de 2003, la Oficina Legal informa a la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº XII- Sede MORDAZA, respecto de la solicitud de inscripcion de Titulo Nº 03012003516703, presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ante el Registro de Bienes Muebles - Propiedad Vehicular, en la que se adjunta una acta de transferencia de bienes muebles registrales de fecha 17 de junio de 2003, referida a la compraventa del vehiculo de placa de rodaje AH-2915 por la suma de US$ 750.00 (Setecientos Cincuenta y 00/ 100 Dolares Americanos), suscrita entre don MORDAZA Gelerth MORDAZA MORDAZA como vendedor y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quilluya, como comprador; documento supuestamente certificado ante el Notario Publico de MORDAZA, Distrito Notarial de MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien mediante Oficio Nº 03-2003-/ NPL, de fecha 27 de agosto de 2003, manifiesta que en su Notaria no se ha suscrito ningun Acta Notarial de Transferencia de Vehiculo Usado desde el mes de marzo de 2003; Que, en consecuencia existen indicios razonables de la comision de delito contra la fe publica en la modalidad de falsificacion de documentos, siendo necesario autorizar a la Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia, a que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUILLUYA y los que resulten responsables, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 17978

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.