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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (12/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 49

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G32/G39/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 12 de octubre de 2003 El redibujado en los neumáticos sólo está permitido en los vehículos de las categorías M3, N3 y O4 siempre y cuando estos neumáticos consignen la inscripción “Regroovable”, “PUN” o el siguiente símbolo: 4. FÓRMULA RODANTE Los vehículos de las categorías L, M y N sujetos al ámbito de aplicación del presente Reglamento deben cumplir con las siguientes características en lo referente a fórmula rodante: