Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2003 (12/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, MORDAZA 12 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES
Figura III.1

Pag. 252973

Categorias M y N:
MORDAZA DE LUZ Cantidad 2o4 2o4 2o4 1o2 2(1) minimo 2(1) minimo 2(1) minimo Igual a las direccionales 2(1) minimo 1 2(1) minimo 2(1) minimo 4 minimo (2 por lado) CATEGORIAS M Y N Color MORDAZA o MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA o Naranja MORDAZA, Naranja o MORDAZA MORDAZA o Naranja Igual a las direccionales MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA o Naranja MORDAZA MORDAZA o Naranja Delantera, MORDAZA, Naranja o MORDAZA posterior MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA delantera, MORDAZA posterior Blanco(11) MORDAZA MORDAZA o Naranja Delantera, MORDAZA, Naranja o MORDAZA posterior Ubicacion Delantera Delantera Delantera Posterior Delantera Posterior cerca de los extremos Lateral Igual a las direccionales Posterior Posterior Delantera cerca de los extremos Posterior cerca de los extremos Laterales Obligatoriedad Obligatorio Obligatorio Opcional (6) Obligatorio (2) Obligatorio Obligatorio Opcional Obligatorio Obligatorio Opcional (9) Obligatorio Obligatorio Obligatorio (3) POTENCIA MINIMA (W) (7) 40 45 55 21 21 21 5 21 21 21 5 5 5

Luz baja (8) Luz alta (8) Luz alta adicional (8) (10) Luz de retroceso Luz direccional delantera Luz direccional posterior Luz direccional lateral Senal de emergencia Luz de freno Tercera luz de freno Luz de posicion delantera Luz de posicion posterior Luz de posicion lateral

Luz de placa posterior Luz neblinera delantera (8)(10) Luz neblinera posterior Luz perimetrica

1o2 2(1) minimo 1o2 4 minimo

Luz de alumbrado interior Reflectores posteriores Reflectores laterales

1 minimo 2(1) minimo 2(1) minimo

Que ilumine la placa Delantera Posterior 2 delanteras y 2 posteriores Lo mas alto que permita el vehiculo En el habitaculo Posterior En el lateral, uniformemente distribuidas

Obligatorio Opcional (4) Opcional Obligatorio (5)

5 55 21 5

Obligatorio Obligatorio Opcional

3 -----

(1) Solo en numeros pares. (2) Debe ser accionado por la palanca de cambios en posicion de marcha atras. (3) Unicamente para vehiculos cuya longitud supera los 6m. Por cada 3m adicionales debe colocarse una luz adicional por lado, pueden ser dispositivos combinados o agrupados. (4) Debe ser accionada en forma conjunta con las luces bajas o de posicion. (5) Es obligatorio en vehiculos de mas de 2,10 m de ancho y/o 3m de alto. (6) Debe ser accionada en forma conjunta con las luces altas. (7) Exigible en defecto de indicacion expresa del fabricante. (8) La suma de las luces bajas, altas, altas adicionales y neblineras delanteras no podra exceder 8 por vehiculo. Cantidades mayores son aceptables para el uso fuera del SNTT, debiendo permanecer cubiertas durante el MORDAZA dentro del SNTT. (9) Obligatoria para los vehiculos de la categoria M1 que se incorporen al SNTT a partir del 1º de enero del 2005. (10) Deben ubicarse a una altura no superior a la de las luces altas para el MORDAZA en el SNTT. Otras ubicaciones son aceptables para el uso fuera del SNTT, debiendo permanecer cubiertas durante el MORDAZA dentro del SNTT. (11) Las luces interiores de los vehiculos no deben ser de MORDAZA distintos al MORDAZA y en ningun caso podran ser intermitentes, centellantes o estroboscopicas

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