Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2003 (12/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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Categoria O:
MORDAZA DE LUZ Cantidad 1o2 2(1) minimo 2(1) minimo igual a las direccionales 2(1) minimo 2(1) minimo 2(1) minimo 4 minimo (2 por lado)

NORMAS LEGALES
CATEGORIA O Color MORDAZA MORDAZA o Naranja MORDAZA, Naranja o MORDAZA Igual a las direccionales MORDAZA MORDAZA, MORDAZA o Naranja MORDAZA MORDAZA o Naranja Delantera, MORDAZA, Naranja o MORDAZA posterior MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA delantera, MORDAZA posterior MORDAZA Amarilla o Naranja MORDAZA

MORDAZA, MORDAZA 12 de octubre de 2003

Luz de retroceso Luz direccional lateral Luz direccional posterior Senal de emergencia Luz de freno Luz de posicion delantera Luz de posicion posterior Luz de posicion lateral

Ubicacion Posterior Lateral Posterior cerca de los extremos igual a las direccionales Posterior Delantera cerca de los extremos Posterior cerca de los extremos Laterales, uniformemente distribuidas Que ilumine la placa Posterior 2 delanteras y 2 posteriores, lo mas alto que permita el vehiculo Posterior En el lateral, uniformemente distribuidas Delanteros

Obligatoriedad Obligatorio (2) Opcional Obligatorio Obligatorio Obligatorio Opcional Obligatorio Obligatorio (3)

POTENCIA MINIMA (W)(5) 21 5 21 21 21 5 5 5

Luz posterior de placa Luz neblinera posterior Luz perimetrica

1o2 1o2 4 minimo

Obligatorio Opcional Obligatorio (4)

5 21 5

Reflectores posteriores Reflectores laterales Reflectores delanteros

2(1) minimo 2(1) minimo 2

Obligatorio Opcional Opcional (6)

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(1). Solo en numeros pares. (2). Debe ser accionado por la palanca de cambios en posicion de marcha atras. (3). Unicamente para vehiculos cuya longitud supera los 3m. Por cada 3m adicionales debe colocarse una luz adicional por lado, pueden ser dispositivos combinados o agrupados. (4). Es obligatorio en vehiculos de mas de 2,10 m de ancho y/o 3m de alto. (5). Exigible en defecto de indicacion expresa del fabricante. (6). Es obligatorio para los vehiculos de las categorias O3 y O4.

2. SISTEMA DE FRENOS De acuerdo a su categoria, los vehiculos sujetos al ambito de aplicacion del presente Reglamento deben contar con los dispositivos senalados en el siguiente cuadro:
Categoria Servicio (4) Estacionamiento Emergen- Auxiliar (1) Automatico cia en caso de MORDAZA No aplica Opcional No aplica No aplica No aplica Opcional No aplica No aplica No aplica Opcional Activador de Freno de Remolque No aplica No aplica No aplica No aplica

3. NEUMATICOS Los vehiculos deben estar equipados con neumaticos de las dimensiones y caracteristicas previstas por el fabricante del vehiculo. En ningun caso se permitiran neumaticos que sobresalgan del borde lateral del vehiculo, que MORDAZA contacto con el guardafango o algun elemento de la suspension, o que afecten el radio de giro Los neumaticos de los vehiculos deben presentar, durante toda su utilizacion en el SNTT, una profundidad minima en las ranuras principales situadas en la MORDAZA central de la banda de rodamiento, tal como se presenta en la tabla siguiente.
Categorias L M1, M2, N1, N2, O1 y O2 M3, N3, O3 y O4 Profundidad (mm.) 0.8 1.6 2.0

L 1 y L3

Obligatorio

No aplica Opcional

L2, L4 y Obligatorio L5 M1 M2 M3 N1 N2 N3 O1 O2 O3 O4

Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio

Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio (2) Obligatorio Obligatorio Obligatorio Opcional Obligatorio Obligatorio Obligatorio Opcional No aplica Opcional No aplica Obligatorio (2)
(2)

Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional No aplica No aplica No aplica No aplica

Opcional (3)

Los neumaticos deben estar grabados por moldeo, en forma legible e indeleble y como minimo en uno de los lados de la carcasa, con las inscripciones que se consignan a continuacion: 1. MORDAZA o nombre del fabricante 2. MORDAZA de fabricacion 3. Medida del neumatico 4. Capacidad de carga del neumatico 5. Letra R, si es de fabricacion radial 6. Indice para la velocidad MORDAZA admisible Los neumaticos, nuevos o recauchados, no deben presentar ampollas, deformaciones anormales, roturas u otros signos que evidencien el despegue de alguna MORDAZA o de la banda de rodamiento. Asi mismo, no deben de presentar refuerzos internos al descubierto, grietas o senales de rotura o dislocacion de la carcasa. Los vehiculos de las categorias M3 y N3 no podran tener neumaticos recauchados en las ruedas direccionales.

Obligatorio Obligatorio Obligatorio

Obligatorio Obligatorio (3) Obligatorio Obligatorio (3) Obligatorio No aplica

Obligatorio Obligatorio Obligatorio No aplica Obligatorio Obligatorio Obligatorio No aplica

(1). Los frenos auxiliares pueden ser: freno de escape, motor o retardador (2). Unicamente para los vehiculos acondicionados para halar remolques o semirremolques con sistema de frenos neumaticos. (3). Siempre que no cuente con sistema de frenos neumatico. (4). Debe actuar en cada uno de los extremos de los ejes .

El conductor, desde su posicion, debe tener acceso a los accionamientos de los diferentes sistemas de frenos, a excepcion del freno automatico en caso de MORDAZA y activador de freno de remolque automatico.

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