Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2003 (18/10/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, sabado 18 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 253399

§3.2. El MORDAZA de jerarquia piramidal de las normas 5. La normatividad sistemica requiere necesariamente que se establezca una jerarquia piramidal de las normas que la conforman. Al respecto el articulo 51º de la Constitucion, recogiendo dicho MORDAZA, declara: "La Constitucion prevalece sobre toda normal legal; la ley, sobre las normas de inferior jerarquia, y asi sucesivamente. La publicidad es esencial para la vigencia de toda MORDAZA del Estado". Con ello se postula una prelacion normativa con arreglo a la cual, las normas se diversifican en una pluralidad de categorias que se escalonan en consideracion a su rango jerarquico. Dicha estructuracion se debe a un escalonamiento sucesivo tanto en la produccion como en la aplicacion de las normas juridicas. Esta jerarquia se fundamenta en el MORDAZA de subordinacion escalonada. Asi, la MORDAZA inferior encuentra en la superior la razon de su validez: y, ademas, obtiene ese rasgo siempre que hubiese sido creada por el organo competente y mediante el procedimiento previamente establecido en la MORDAZA superior. Como senala MORDAZA MORDAZA Segado [ El sistema Constitucional Espanol, Madrid: Dykinson, 1992], la piramide juridica "(...) implica la existencia de una diversidad de normas entre las que se establece una jerarquizacion, de conformidad con la cual una MORDAZA situada en un rango inferior no puede oponerse a otra de superior rango. Ello, a su vez, implica que el ordenamiento adopte una estructura jerarquizada, en cuya cuspide obviamente se situa la Constitucion". Un sistema juridico no esta constituido por normas yuxtapuestas y coordinadas, sino por normas jerarquicas y superpuestas. Ello presupone una MORDAZA correlacion entre la fuente de la que emana una MORDAZA, la forma que esta ha de adoptar y la fuerza juridica de la misma. El precepto que regula la produccion normativa es, prima facie, una MORDAZA superior; mientras que la producida conforme a esa regulacion es una la MORDAZA inferior. En toda estructura jerarquica existen tres tipos de normas, a saber, las productoras, las ejecutoras y las ejecutoras-productoras: - Las normas productoras, en un sentido amplio, son las que revelan la expresion y ejercicio de un poder legislativo (originario o derivado), por el que se promueve y condiciona la expedicion de otras normas, a las cuales se les asigna una jerarquia inferior. Es el caso de la Constitucion y de buena parte de las leyes. - Las normas ejecutoras son aquellas que dan cumplimiento a lo dispuesto o establecido en una MORDAZA productora. Tal el caso de las resoluciones. - Las normas ejecutoras-productoras son aquellas que realizan MORDAZA tareas simultaneamente. Tal es el caso de una buena parte de las leyes y los decretos. La produccion de normas deja MORDAZA del inseparable binomio poder-deber. El poder del legislador consiste en la facultad de crear, modificar, abrogar, ­etc.­, normas dentro de un Estado, siempre que se respeten las reglas de elaboracion. Este poder se manifiesta descendentemente en cinco planos: poder constitucional, poder legislativo ordinario, poder reglamentario, poder jurisdiccional y poder negocial o de declaracion de voluntad. El deber de legislar consiste en la atribucion de dictar normas que permitan hacer cumplir, respetar o ejecutar los alcances de otras de mayor jerarquia. Este deber ascendentemente se manifiesta en cuatro planos: - Deber negocial o de declaracion de voluntad, dentro del MORDAZA de la Constitucion y demas normas de caracter publico. - Deber de aplicar la ley y cenirse a esta para resolver los conflictos de caracter judicial o administrativo. - Deber de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas. - Deber de legislar dentro del contexto senalado por la Constitucion.

Debe advertirse que si bien todo ordenamiento tiene forma piramidal, no todos tienen el mismo numero de categorias y grados. §3.3. Los principios constituyentes de la estructura jerarquica de las normas 6. El orden juridico no es un sistema de preceptos situados en un mismo plano y ordenados equivalentemente, sino una construccion escalonada de diversos estratos o categorias normativas. Esta disposicion estratificada es producto del uso de una pluralidad de principios que, en algunos casos, pueden determinar la ubicacion de una MORDAZA dentro de una categoria normativa, o su prelacion al interior de la misma.

a) MORDAZA de constitucionalidad
Las normas constitucionales poseen supremacia sobre cualesquiera otras del sistema, por lo que cuando estas se les oponen formal o materialmente, se preferira aplicar las primeras. Como acota MORDAZA MORDAZA Pelayo: «Todo deriva de la Constitucion y todo ha de legitimarse por su concordancia directa o indirecta con la Constitucion».

b) MORDAZA de legalidad
Es una regla que exige sujecion a la ley y a aquellas normas de similar jerarquia. En tal virtud, condiciona la validez de las normas de inferior rango. Tal supremacia esta prevista en el articulo 51º de la Constitucion, que dispone que despues del texto fundamental, la ley prevalece sobre toda otra MORDAZA de inferior jerarquia.

c) MORDAZA de subordinacion subsidiaria
Establece la prelacion normativa descendente despues de la ley y contiene a los decretos, las resoluciones y las normas de interes de parte. Esta disposicion normativa se encuentra contemplada en el ya citado articulo 51º de la Constitucion y en el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, conocido con el nomen juris de Ley del Poder Ejecutivo. d) MORDAZA de jerarquia funcional en el organo legislativo Expresa que a falta de una asignacion especifica de competencia, prima la MORDAZA producida por el funcionario u organo funcional de rango superior. Se aplica preferentemente al interior de un organismo publico. Este MORDAZA se deduce logicamente de la estructura de jerarquia funcional operante en cada organismo publico. Asi, en el Gobierno Central, se deberan tener en cuenta las normas generales previstas en los articulos 37º y siguientes del Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo-, ademas de lo dispuesto por otras leyes. 7. Ahora bien, la piramide juridica nacional debe comprenderse a la luz de dos criterios rectores: las categorias y los grados. Las categorias son expresion de un genero normativo que ostenta una cualificacion formal y una condicion preferente determinada por la Constitucion o por sus normas reglamentarias. Ellas provienen de una especie normativa; es decir, aluden a un conjunto de normas de contenido y valor semejante o analogo. En nuestro ordenamiento, la primera categoria se encuentra ocupada por las normas constitucionales y las normas con rango constitucional; la MORDAZA esta conformada por la ley y normas con rango de ley; la tercera esta constituida por los decretos y normas de naturaleza ejecutiva; la cuarta por las resoluciones; y la MORDAZA por las normas con interes de parte. Estas ultimas incluyen las decisiones del Estado surgidas a peticion de los particulares, o actos de estos sin intervencion estatal, que generen derechos y deberes de caracter personal. Desde esta perspectiva, las acciones de inconstitucionalidad operan contra las normas contenidas en la MORDAZA categoria; es decir, contra las leyes y normas con rango de ley, donde se incluye a las leyes organicas, las leyes

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.